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Reducción de Cargas Sociales: procedimiento para quienes realizaron altas antes de la prórroga

13 febrero, 2013 Por Ignacio 23 comentarios

Quienes realizaron nuevas alta entre el 1° de febrero y la publicación del decreto 125, deberán modificar el alta y rectificar el 931 en caso de haberla presentado.

Mediante el decreto 125/2013  publicado el 6 de febrero de 2013 en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo prorrogó hasta fin de año la vigencia de la reducción de hasta la mitad de las contribuciones patronales, en caso de la iniciación de una relación laboral o de la regularización de un vínculo preexistente.

Debido a la demora en la publicación, la nuevas alta realizadas desde el 1° de enero hasta la publicación del decreto, o mejor dicho hasta que la AFIP active el código 201 en Mi Simplificación, no pudieron gozar del beneficio.
En tal sentido, aquellos empleadores que hubieren dado de alta trabajadores entre el 1 de enero de 2013 y la fecha de publicación del Decreto mencionado sin hacer uso del beneficio de reducción de contribuciones, deberán:
– modificar las altas en Mi Simplificación II consignando los códigos de modalidad de contratación correspondientes al régimen.

– en caso de haber presentado la Declaración Jurada F. 931 del mes de Enero de 2013, deberá rectificarla.

Se recuerda la vigencia de la Resolución General N° 3093/2011 relacionada con rectificativas en menos de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la Seguridad Social, en la que para la aprobación de las mismas es necesario que la obligación esté en su totalidad cancelada y se presente una Multinota dentro de los 2 días hábiles posteriores al envío por transferencia electrónica de la declaración jurada rectificativa fundamentando las razones que dieron origen a las mismas y solicitando la convalidación de los saldos a favor que resulten de dicha presentación.

Modalidad de contratación a utilizar para “Mi Simplificación” y Formulario 931
Código Descripción
201 Puesto nuevo artículo 16, ley 26476 – beneficio primeros doce meses
202 Puesto nuevo artículo 16, ley 26476 Trabajador discapacitado artículo 34, ley 24147 – beneficio primeros doce meses
203 Puesto nuevo artículo 16, ley 26476. Trabajador discapacitado artículo 87, ley 24013 -beneficio primeros doce meses-
204 Puesto nuevo artículo 16, ley 26476 meses 13 a 24 – beneficio segundo año
205 Puesto nuevo artículo 16, ley 26476. Trabajador discapacitado artículo 34, ley 24147 meses 13 a 24 -beneficio segundo año-
206 Puesto nuevo artículo 16, ley 26476. Trabajador discapacitado artículo 87, ley 24013 meses 13 a 24 -beneficio segundo año-

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Contribuciones Patronales, Mi Simplificación II

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    28 septiembre, 2014 a las 2:36 am

    Misma inquietud. Alguien pudo resolverlo?

    Responder
  3. Anónimo dice

    7 mayo, 2014 a las 6:40 pm

    Tengo la misma duda que Karina, alguién pudo resolverlo?
    gracias!

    Responder
    • Anónimo dice

      28 septiembre, 2014 a las 3:01 am

      Haciendo la DJ online ("Declaración en línea"), teniendo el código 201 el sistema automáticamente después de pasado el 1er año comienza a tomar una reducción del 25% (en vez del 50% que toma los 1ros 12 meses). Al menos eso me ocurrió a mí.
      JP

      Responder
  4. Anónimo dice

    2 mayo, 2014 a las 3:01 pm

    Buenos dias Ignacio:
    Tengo la misma consulta que Karina Lulich, no puedo modificar al codigo 204 porque no en "Mi simplificacion" no aparece esta opcion. El empleado empieza su segundo año de antigüedad bajo este beneficio.

    Desde ya muchas gracias.

    Sergio Lopez

    Responder
  5. Karina Lulich dice

    29 abril, 2014 a las 12:58 pm

    hola Ignacio te hago una consulta. Veo que esto se ha prorrogado hasta diciembre de 2014. El tema es que tengo un empleado que ya cumplio el año con la reduccion y cuando quiero cambiar al còdigo 204 (por el segundo año) en "su declaracion" me dice que debo cambiar el mismo desde "mi simplificacion". Pero en mi simplificacion no figura este còdigo, sòlo sale el 201. Còmo puedo hacer para que el sistema me calcule la reducciòn del segundo año?
    gracias

    Responder
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