La Resolución RENATRE 84/2025 fijó un aumento acumulado del 9,89% en los topes de la prestación por desempleo para trabajadores rurales, que se aplicará en dos etapas entre septiembre y octubre.
El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), creado por la Ley 25.191, administra el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo que protege a los trabajadores rurales en situación de desempleo.
Su financiamiento proviene de un aporte mensual del 1,5% sobre las remuneraciones, que los empleadores rurales deben ingresar.
En junio de 2025, la Resolución RENATRE 64/25 había establecido los montos de la prestación entre $136.500 (mínimo) y $273.000 (máximo).
Incremento acumulado del 9,89%
Con la nueva Resolución 84/2025, publicada en el Boletín Oficial el 22 de agosto de 2025, el Directorio del RENATRE aprobó un aumento escalonado en dos tramos:
- Desde septiembre 2025
- Prestación mínima: $143.500
- Prestación máxima: $287.000
(equivale a un incremento del 5,13%)
- Desde octubre 2025
- Prestación mínima: $150.000
- Prestación máxima: $300.000
(se suma un 4,53% acumulativo)
De esta manera, los beneficiarios alcanzan una mejora total del 9,89% respecto de los valores vigentes hasta agosto.
Beneficiarios
La actualización impacta en todos los trabajadores rurales registrados en el RENATRE que se encuentren desempleados y perciban la prestación.
El monto de la prestación varía según la última remuneración percibida, pero siempre dentro de los límites mínimos y máximos fijados.
Obligaciones para empleadores
- El aporte del 1,5% sobre las remuneraciones se mantiene sin cambios.
- Los empleadores deben seguir declarando y abonando dicho concepto junto con las cargas sociales correspondientes.



Con respecto al RENATRE, tengo empleados bao el sindicato de viveristas, estoy obligada como empleador a estar inscripto en RENATRE???