Resolución Normativa Nº 042/12
Regímenes especiales de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Artículo 452 de la Disposición Normativa Serie “B” N° 1/04 y modificatorias. Mecanismo de consulta de alícuota a aplicar por parte de los agentes
LA PLATA, 16 DE OCTUBRE DE 2012
Que por el expediente Nº 22700-19743/12, se propicia regular la publicación, a través de la página web de esta Agencia, de la información que podrán consultar los agentes de recaudación, a fin de determinar la alícuota de recaudación a aplicar a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos; y
Que en el Libro Primero, Titulo V, Capítulo IV, Sección Cinco, Partes Primera a Décima, de la Disposición Normativa Serie “B” N° 1/04 y modificatorias, se encuentran regulados determinados regímenes especiales de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
RESUELVE:
“A fin de determinar la alícuota de recaudación aplicable en cada caso, de acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior, en aquellos supuestos en los cuales las mismas varíen en función del monto de ingresos obtenidos por el contribuyente en el período fiscal inmediato anterior conforme lo establecido en cada Ley Impositiva, los agentes de recaudación podrán consultar dicha información a través de la nómina que esta Autoridad de Aplicación publicará a través de su sitio de internet (www.arba.gov.ar).
Para acceder a dicha información, los agentes de recaudación deberán ingresar en el sitio de internet mencionado, su CUIT y CIT correspondientes.
La información también podrá ser consultada por los sujetos pasibles de recaudación, a cuyo efecto deberán ingresar su CUIT y CIT”.
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