• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

RG 3905 AFIP IVA. Impuesto a las Ganancias. Regímenes de retención y percepción

12 julio, 2016 Por Ignacio Deja un comentario

Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 3905
Impuesto al Valor Agregado. Impuesto a las Ganancias. Regímenes de retención y percepción. Resoluciones Generales Nros. 2.300, 2.408, 2.459, 2.849, 2.955, 3.164 y 3.594, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma modificatoria.

Bs. As., 11/07/2016
VISTO las Resoluciones Generales Nros. 2.300, 2.408, 2.459, 2.849, 2.955, 3.164 y 3.594, sus respectivas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las citadas normas se establecieron diversos regímenes de retención y de percepción respecto de distintas actividades económicas.
Que atendiendo a razones de administración tributaria y en virtud del análisis realizado, resulta aconsejable adecuar los importes previstos en las mencionadas normas, a efectos que ellos recuperen su condición de parámetros representativos de las situaciones que caracterizan.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y Técnico Legal Impositiva, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:

CAPÍTULO A – RÉGIMEN DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO APLICABLE A LAS OPERACIONES DE COMERCIALIZACIÓN DE GRANOS

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese en el Artículo 71 de la Resolución General N° 2.300, sus modificatorias y complementarias, la expresión “…DOSCIENTOS PESOS ($ 200.-)…”, por la expresión “…DOS MIL PESOS ($ 2.000.-)…”.
CAPÍTULO B – RÉGIMEN GENERAL DE PERCEPCIÓN POR VENTAS DE COSAS MUEBLES, LOCACIONES Y PRESTACIONES QUE SE REALICEN CON SUJETOS QUE REVISTAN EL CARÁCTER DE RESPONSABLES INSCRIPTOS EN EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

ARTÍCULO 2° — Sustitúyese en el Artículo 3° de la Resolución General N° 2.408 y su modificación, la expresión “…VEINTIUNO CON TREINTA PESOS ($ 21,30.-)…”, por la expresión “…SESENTA PESOS ($ 60.-)…”.

CAPÍTULO C – RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO POR VENTAS DE COSAS MUEBLES, LOCACIONES Y PRESTACIONES GRAVADAS QUE SE CANCELEN MEDIANTE LA ENTREGA DE GRANOS NO DESTINADOS A LA SIEMBRA Y LEGUMBRES SECAS

ARTÍCULO 3° — Sustitúyese en el Artículo 5° de la Resolución General N° 2.459 la expresión “…CINCUENTA PESOS ($ 50.-)…”, por la expresión “…CIENTO CINCUENTA PESOS ($ 150.-)…”.
CAPÍTULO D – RÉGIMEN DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS APLICABLE A LAS OPERACIONES DE COMPRAVENTA DE DETERMINADOS MATERIALES A RECICLAR

ARTÍCULO 4° — Modifícase la Resolución General N° 2.849 y su modificación, en la forma que se indica seguidamente:
1. Sustitúyese en el primer párrafo del Artículo 42, la expresión “…DOCE MIL PESOS ($ 12.000.-)…”, por la expresión “…VEINTICINCO MIL PESOS ($ 25.000.-)…”.
2. Sustitúyese en el quinto párrafo del Artículo 42 la expresión “…CINCUENTA PESOS ($ 50.-)…”, por la expresión “…CIENTO CINCUENTA PESOS ($ 150.-)…”.
CAPÍTULO E – RÉGIMEN ESPECIAL DE INGRESO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO APLICABLE A LAS OPERACIONES DE VENTA DE COSAS MUEBLES NUEVAS, LOCACIONES Y PRESTACIONES DE OBRAS Y/O SERVICIOS CONCERTADAS Y/O PERFECCIONADAS ELECTRÓNICAMENTE A TRAVÉS DE “PORTALES VIRTUALES”

ARTÍCULO 5° — Modifícase la Resolución General N° 2.955, en la forma que se indica a continuación:
1. Sustitúyese en el punto 2. del inciso c) del Artículo 3° la expresión “…VEINTE MIL PESOS ($ 20.000.-).”, por la expresión “…CUARENTA MIL PESOS ($ 40.000.-).”.
2. Sustitúyese en el segundo párrafo del Artículo 5° la expresión “…VEINTE MIL PESOS ($ 20.000.-)…”, por la expresión “…CUARENTA MIL PESOS ($ 40.000.-)…”.
3. Sustitúyese en el Artículo 11 la expresión “…CIENTO VEINTE PESOS ($ 120.-)…”, por la expresión “…DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 250.-)…”.
CAPÍTULO F – RÉGIMEN DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO APLICABLE A LAS OPERACIONES REALIZADAS POR LAS EMPRESAS DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, DE INVESTIGACIÓN Y/O SEGURIDAD, Y DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS

ARTÍCULO 6° — Modifícase la Resolución General N° 3.164, en la forma que se indica a continuación:
1. Sustitúyese en el Artículo 13 la expresión “…OCHO MIL PESOS ($ 8.000.-).”, por la expresión “…DIECISIETE MIL PESOS ($ 17.000.-).”.
2. Sustitúyese en el Artículo 14 la expresión “…OCHO MIL PESOS ($ 8.000.-).”, por la expresión “…DIECISIETE MIL PESOS ($ 17.000.-).”.
CAPÍTULO G – RÉGIMEN DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS APLICABLE A LAS OPERACIONES DEL SECTOR PESQUERO MARÍTIMO

ARTÍCULO 7° — Modifícase la Resolución General N° 3.594 y su complementaria, en la forma que se indica a continuación:
1. Sustitúyese en el primer párrafo del Artículo 41 la expresión “…DOCE MIL PESOS ($ 12.000.-)…”, por la expresión “…VEINTE MIL PESOS ($ 20.000.-)…”.
2. Sustitúyese en el tercer párrafo del Artículo 41 la expresión “…CINCUENTA PESOS ($ 50.-)…” por la expresión “…OCHENTA PESOS ($ 80.-)…”.
CAPÍTULO H – DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 8° — Las disposiciones establecidas por esta resolución general entrarán en vigencia el día 1 de julio de 2016.
ARTÍCULO 9° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto Abad.
Fecha de publicación 12/07/2016

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (79) Aguinaldo - SAC (110) ANSeS (522) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (246) Autónomos (122) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (218) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (398) FATSA (77) Ganancias (420) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (83) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (535) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (210) Resoluciones (493) Sanidad (94) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (127) UOM (218) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d