• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

RG AFIP 2689/09: Nuevo versión del Aplicativo: "Devoluciones y/o transferencias V 3.0"

22 octubre, 2009 Por Ignacio 3 comentarios

Mediante la RG 2689/2009, la AFIP lanza la versión 3 “DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIASde aplicativo  nuevo aplicativo para ser utilizado por todos aquellos contribuyentes que deban solicitar la devolución de pagos o ingresos en exceso o la convalidación de sus créditos impositivos del impuesto al valor agregado para ser transferidos a terceros,.

El se encuentra disponible en el sitio web  de la AFIP http://www.afip.gob.ar.

Texto de la Resolución General 2689/2009

B.O. 22/10/09 – Resolucion General 2689 – AFIP – IMPUESTOS – PROCEDIMIENTO. NUEVA VERSIÓN DE PROGRAMA APLICATIVO: “DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS – V3.0”.

Devoluciones de pagos o ingresos en exceso a favor de contribuyentes y/o responsables. RG-2224-DGI. Convalidación de créditos en el impuesto al valor agregado a favor de contribuyentes y/o responsables, su transferencia y posterior utilización. RG-1466-AFIP.

Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 2689 Procedimiento. Devoluciones de pagos o ingresos en exceso a favor de contribuyentes y/o responsables. Resolución General Nº 2224 (DGI), sus modificatorias y complementarias. Convalidación de créditos en el impuesto al valor agregado a favor de contribuyentes y/o responsables, su transferencia y posterior utilización. Resolución General Nº 1466 y su modificatoria. Nueva versión del programa aplicativo. Bs. As., 16/10/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10072-152-2009 del Registro de esta Administración Federal,

y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 2224 (DGI), sus modificatorias y complementarias, estableció los requisitos, plazos y demás formalidades que deben observar los contribuyentes y/o responsables, a fin de solicitar la devolución de pagos o ingresos en exceso.

Que por su parte, la Resolución General Nº 1466 y su modificatoria, dispuso los requisitos, plazos y condiciones para efectuar la transferencia a terceros de saldos a favor de libre disponibilidad del impuesto al valor agregado.

Que a efectos de las respectivas solicitudes, los contribuyentes y/o responsables deben utilizar el programa aplicativo provisto por este Organismo denominado “DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS”.

Que a los fines de optimizar los procesos informáticos, resulta necesario habilitar una nueva versión del citado programa aplicativo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Fiscalización, de Servicios al Contribuyente y de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Los contribuyentes y/o responsables comprendidos en las disposiciones de las Resoluciones Generales Nº 2224 (DGI) y Nº 1466, sus respectivas modificatorias y complementarias, a los fines de solicitar la devolución de pagos o ingresos en exceso o la convalidación de sus créditos impositivos —del impuesto al valor agregado— para ser transferidos a terceros, deberán utilizar —exclusivamente— el programa aplicativo denominado “DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS – Versión 3.0”, el que se encuentra disponible en el sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar) y cuyas características, funciones y aspectos técnicos para su uso se especifican en el Anexo de esta resolución general.

Asimismo, dicho programa aplicativo deberá ser empleado para generar las declaraciones juradas rectificativas que correspondan a solicitudes presentadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente.

Art. 2º — Apruébanse el Anexo que forma parte de la presente y el programa aplicativo denominado “DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS – Versión 3.0”.

Art. 3º — Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— Ricardo Echegaray.

ANEXO RESOLUCION GENERAL Nº 2689 PROGRAMA APLICATIVO “DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS – Versión 3.0”

1. Definición general del sistema

La función principal del sistema es generar el formulario de declaración jurada F. 746 previsto como “Declaración Jurada Devoluciones y/o Transferencias” y la generación de archivos de presentación en formato encriptado en disquete de TRES PULGADAS Y MEDIA (3½”) HD.

El disquete será rotulado con indicación de apellido y nombres, denominación o razón social, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), fecha de presentación y carácter de la misma —original (O) o rectificativa (R)—.

2. Requerimientos de “hardware” y “software”

2.1. PC con Procesador de 500 Mhz o superior.

2.2. Memoria RAM mínima: 128 Mb.

2.3. Memoria RAM recomendable: 256 Mb o superior.

2.4. Disco rígido con un mínimo de 10 Mb (disponibles para la instalación).

2.5. “Windows 98” o superior o NT.

2.6. Instalación previa del “S.I.Ap. – Sistema Integrado de Aplicaciones Versión 3.1 Release 2”.

3. Metodología general para la confección de la declaración jurada

La confección del formulario de declaración jurada se efectúa cubriendo cada uno de los campos identificados en las respectivas pantallas.

En este sentido, se deberá registrar la información relativa a la conformación del crédito impositivo (retenciones o percepciones sufridas, pagos a cuenta o anticipos realizados, etc.) y a la evolución de su importe, las obligaciones impositivas y previsionales canceladas, adeudadas o con saldo a favor del solicitante, y a los pagos realizados o a las compensaciones solicitadas.

El sistema prevé un módulo de “Ayuda”, al cual se accede con la tecla de función F1 o a través de la barra de menú, que contiene indicaciones para facilitar el uso del programa aplicativo.

4. Modificaciones respecto de la versión anterior

– Pantalla “Datos del Contribuyente”:

Se incorporaron campos de ingreso que identifican la devolución y/o transferencia que se pretende presentar. Campos: “Solicitud de devolución/transferencia previa”, “Monto”, “Fecha”, y “Nueva solicitud de devolución/transferencia”.

– Pantalla “Detalle por Obligación”:

Se modificaron las validaciones de los campos que hacen referencia a la fecha de vencimiento de las obligaciones. Campos: “Fecha de Vencimiento” y “Fecha de Vencimiento Editada”.

– Pantalla “Totales por Impuestos”:

Se incorporaron validaciones y campos de ingreso para los casos de devoluciones originadas en un recurso de repetición. Campos: “Es origen de un Recurso de Repetición”, “Fecha de presentación del Recurso de Repetición” y “Fecha de aprobación del Recurso de Repetición”.

– Se actualizaron las tasas de los intereses resarcitorios y punitorios.

– Se ajustaron registros de la Tabla ICS.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Aplicativos, IVA

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Claudia dice

    28 enero, 2023 a las 7:25 pm

    Hola. Es la primera vez que hago una solicitud de devolución de saldo de libre disponibilidad del 2021. Logre generar el archivo desde el SIAP pero no me encuentra el documento generado cuando lo quiero enviar por DDJJ y Pagos. Tampoco me lo muestra desde Archivos de Windows. En esa maquina tengo Windows 7. Cómo lo puedo solucionar?, Desde ya muchas gracias!
    Saludos cordiales
    Claudia

    Responder
  3. Roxi Spinelli dice

    6 septiembre, 2016 a las 12:47 pm

    Hola! no logro resolver el error tipo 13 que supuestamente se corrige en configuracion regional. hasta lo lleve a dos tecnicos, y ni ellos. alguien me puede ayudar? tengo otra compu con windows 10 y tampoco logre hacerlo funcionar al aplicativo. gracias!

    Responder
  4. Anónimo dice

    23 junio, 2010 a las 9:59 pm

    Ayudita!! seguro que es algo obivio, pero ¿transferencias se refiere solo a terceros? tengo un pago en exceso (compense con un SLD, retenciones, una cuota de plan que despues se me cayo, anule la compensación y rectifique, pero en otros periodos me habia dado a pagar por lo cual tengo un SLD y un pago en exceso)y mi duda es si debo solicitar la devolución y pedir que se impute a una deuda o debo pedir la transferencia de ese saldo en exceso a el impuesto adeudado ¿se entiende?

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d