Desde julio de 2020 entra en vigencia de las modificaciones para la emisión de estos comprobantes. RG 4540
Finalmente, desde el día 1 de julio de 2020 entraron en vigencia de las modificaciones sobre las notas de crédito y débito dispuestas por la Resolución General 4540 de AFIP.
Sólo los sujetos que emitieron los comprobantes por las operaciones originarias podrán emitir las notas de crédito y/o débito en concepto de descuentos, bonificaciones, quitas, devoluciones, rescisiones, intereses, etc., siempre que se encuentren relacionadas a una o más facturas o documentos equivalentes emitidos previamente. Y deberá cumplir con los requisitos y las formalidades exigidos para los comprobantes emitidos por las operaciones originarias.
Las notas de crédito y/o débito serán emitidas únicamente al mismo receptor de los comprobantes originales para modificar las facturas o documentos equivalentes generados con anterioridad, consignándose el número de las facturas o documentos equivalentes asociados o el período al cual ajustan, referenciando los datos comerciales consignados o vinculados a los comprobantes originales, de corresponder (artículos comercializados, notas de pedido, órdenes de compra u otro documento no fiscal de ajuste emitido entre las partes, etc.).
Ajuste vinculado a diferencias de precio y/o cantidad
Cuando la nota de débito o crédito se emita por un ajuste vinculado a diferencias de precio y/o cantidad entre lo pautado por las partes, la nota deberá identificar individualmente a la factura o documento equivalente que ajusta, referenciando asimismo, los datos comerciales consignados o vinculados a los comprobantes originales conforme lo indicado en el párrafo anterior.
Y deberán emitirse dentro de los 15 días corridos desde que surja el hecho o situación que requiera su documentación mediante los comprobantes.
Las micro, pequeña o mediana empresa alcanzada por el Régimen de “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”, deberán cumplir con estas condiciones cuando deba emitir un comprobante de ajuste sobre una factura o documento equivalente emitido con anterioridad a la implementación del citado régimen.
No se podrá emitir nota de débito por cheques rechazados.
Hay contribuyentes que para ajustar las operaciones que realizan con sus proveedores, emiten su propia nota de crédito y/o débito, corrigiendo así a la factura o comprobante recibido.
Ahora, según la AFIP, esta operatoria trae como consecuencia la duplicidad de comprobantes respaldatorios de una misma operación, para evitar una distorsión de la información se establecen condiciones para la emisión de las notas de crédito y/o débito, conforme a lo previsto a los regímenes de facturación.
La medida originalmente comenzaba a regir desde octubre de 2019, pero tuvo sucesivas prórrogas.
Mas información: Resolución General N° 4540
Estimado, buenos días, por error en lugar de hacer una NOTA DE CREDITO ELECTRONICA MIPYME hice una NOTA DE DEBITO ELECTRONICA MIPYME , para anular una factura.
Podrá decirme cómo puedo anular la NOTA de DEBITO?
Desde ya muchas gracias, saludo cordialmente.
Inés
Debes realizar una nota de credito relacionada con la nota de debito que emitiste. Saludos
Pero como volves a poner en cartera el cheque que te vino rechazado tanto de un depósito bancario como cuando lo entregas a un proveedor para cancelar cuenta corriente ????
Mi criterio con respecto a los cheques rechazados es que un cheque rechazado no implica una nueva operación ni una novación de la deuda. Es decir que si un cliente canceló una factura con un cheque que fue rechazado porque no tenia fondos por ejemplo, ese cheque no constituye un medio de pago válido (semejante a un billete falso), es decir que vuelve a la factura con el derecho de ser cobrada en su totalidad nuevamente, es decir, el cheque rechazado no produce una novación de la deuda, sino que el cliente sigue debiendo la factura original. Por lo tanto, si para la recepción de ese cheque, que fue rechazado luego, se llevó a cabo un recibo oficial (comprobante interno de la empresa del sector de finanzas, donde se detalla todos los datos del cheque que ingresó a la cartera y el detalle de la factura que cancela) y que le fuera acreditado al cliente en su cuenta corriente de gestión comercial con aplicación de pago administrativo a la factura; para devolvérselo al cliente por su rechazo, se deberá hacer una orden de pago oficial (comprobante interno de la empresa del sector de finanzas, donde se detalla todos los datos de los valores que salen con detalle de la factura que se libera de su aplicación primera) para quitarlo de la cartera de valores (que ingresó desde el banco por su rechazo). No hay novación de deuda y el cliente sigue debiendo la factura original, y no la nueva ND que muchos hacen. Ese método nunca tuvo sentido administrativo, aun antes que la AFIP aclare este tema. Quienes exigen la realización de una ND para recibir un cheque rechazado para tener un comprobante oficial como dicen, entonces deberían haber exigido también una Nota de Crédito sin iva cuando entregaron el cheque. Eso no tiene ningún sentido. Los cheques rechazados se deben devolver con una una orden de pago oficial, debitándosela en la cuenta corriente de gestión del cliente, con aplicación sobre el recibo generado a su recepción, liberando a la factura de la aplicación primera. Esto no quita que el tenedor del cheque rechazado pueda ir en contra del emisor del cheque, por las ventajas que otorga un cheque al ser un titulo ejecutivo y no la factura adeudada, que solo da derecho a un juicio ordinario.-
Excelente tu respuesta, que sanciones hay (si las hay) en caso de recibir ND por cheques rechazados y emitir NC o ND … Gracias!
Buenas tardes, en el caso de las ND por cheques rechazados, si se empieza a utilizar ND internas a utilizar tiene que tener autorización de AFIP en el caso que se quiera imprimir un talonario? Para poder tener documentación de respaldo. Gracias. Saludos,
Hola! en caso de realizar una NC mal, y querer hacer una ND para cancelarla, no permite aplicarla.. que se puede hacer? gracias
Si, es la única forma
buenas tardes
consulta
cuando pago una nota de debito pro cheque rechaado, se debe aplicar retencion de gcia?
aparte de si se emite o no ahora N/D por ch/ rechaz
muchas gracias
Hola, estuve viendo que al consignar en una nd el cheque rechazado, el sistema de Afip computa ese importe como venta y por lo tanto duplicando importes.
RESPUESTA DE AFIP:
Le informamos queel artículo 1° de la RG 1415/03 no contempla el rechazo de cheques, por lo que el contribuyente no se encuentra obligado por dicha norma a emitir comprobante alguno a fin de respaldar dicha operación (el rechazo bancario del instrumento de pago). Asimismo, dicha situación no se encuentra alcanzada por la Ley 20631 (T.O. 1997).
Por otra parte, el reintegro de gastos (entre otros,bancarios) por dicha operación sí deberá ser documentado y se encuentra alcanzado por la Ley del Impuesto al Valor Agregado, por lo que, en caso de tratarse de un contribuyente responsable inscripto, dicho comprobanteincluiráel IVA en cuestión (discriminado o no, según corresponda).Eneste caso le informamos querespectivas notas de crédito y/o débito deberán emitirse dentro de los 15 días corridos desde que surja el hecho o situación que requiera su documentación mediante los citados comprobantes.
Cabe aclarar que, la primera operación, en caso de documentarse, deberá ser expuesta en el aplicativo del Impuesto al Valor Agregado como una operación NO GRAVADA, en tanto la operación planteada en el párrafo anterior deberá exponerse a los fines de determinar el Débito Fiscal correspondiente.
Podrá consultar la normativa citada en “Biblioteca Electrónica” ingresando en nuestra página Web:www.afip.gob.ar. Adicionalmente, podrá consultar la misma en “Infoleg” accediendo a través del siguiente link:http://www.infoleg.gob.ar/
D.L.
Muchisimas gracias!!
Yo tengo el caso de un cliente que emite ND por gastos que realiza por cuenta y orden del cliente. Pago de formularios por ejemplo.
Se puede emitir ND en este caso?
obtuviste respuestas? tengo el mismo caso
El rechazo de un cheque, como lo documentamos ahora? Se puede hacer un débito interno, pero el cliente pide un comprobante formal y no algo interno de la empresa. Qué me aconsejan hacer? muchas gracias
Con un documento interno
Hola Ignacio buen dia, debido a que tengo un caso puntual de ND emitidas el 03/07/2020 en concepto de cheques rechazados estuve leyendo la RG y no logro encontrar el art donde habla puntualmente de que no se pueden emitar ND por cheques rechazados; me indicarias cual es ? o si hay algun anexo?. Gracias!
Lo mismo estaba viendo, hay algún anexo o articulo especifico que hable del tema ND sobre cheques rechazados?
hay un dialogo entre afip y el consejo caba que menciona lo que dice ignacio.. no se puede ajustar pagos.
lo mismo me pregunto yo… donde especifica que NO se pueden emitir debitos x cheq rechazado?
https://www.consejo.org.ar/storage/attachments/Espacio-de-Dialogo-AFIP-Profesionales-06-RMcYghZJjt.pdf
Pero los clientes como repònen un cheque con un dcumneto NO fiscal?