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Rigen los nuevos valores para el aporte de la obra social de Servicio Doméstico

1 febrero, 2011 Por Ignacio 5 comentarios

El monto destinado al Sistema Nacional del Seguro de Salud pasa de $46,75 a $60 para el devengado de enero.

Ya se encuentra vigente el nuevo valor del aporte a la obra social para empleadas domésticas que pasó de $46,75 a $60. La medida se dio a conocer mediante la  Resolución Conjunta 883/2010 del Ministerio de Economía y 2293/2010 del Ministerio de Salud

Se recuerda también que mediante la la RG N° 2958, la AFIP aprobó nuevos volantes de pago Formularios N° 102/B y 575/B para el ingreso de las obligaciones mensuales del régimen de servicio doméstico. Pero, como e mencionado F. 102/B todavía no fue modificado, se debe confeccionar un F. 575 por la diferencia.

Por lo cual tendría que abonar $ 81,75 con el F. 102/B y la diferencia de $13,75 de obra social con el F. 575/B consignando los siguientes códigos:

  • Impuesto: 302
  • Concepto: 895
  • Subconcepto: 895
De $60 es también el valor por cada familiar que se sume a la cobertura de salud, que hasta ahora costaba $ 39. 
Los nuevos montos rigen para las obligaciones correspondientes a enero de 2011 con vencimiento en febrero 2011.
No habrá variación, en cambio, para la contribución al sistema jubilatorio. Así, el total de las cargas sociales pasará de $81,75 mensuales a $95.

Formularios
Formulario 102/B
Formulario 575/B
Instructivo para compñletar el F 102/b
Instructivo para compñletar el F 575/b

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Obras Sociales, Servicio Doméstico

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    4 febrero, 2011 a las 2:47 am

    Ignacio: el primer mes que anote a mi empleada abone el mes 09 del 2010 el 1ro de octubre, despues por error en noviembre abone mes 11 del 2010, es decir que al confundirme en el pago no pague el mes 10. como hago para abonarlo? Que formulario debo usar y como calculo los intereses del mismo??
    Como debido a la confusion segui pagando el mes corriente en lugar de a mes vencido ya pague enero en enero del 2011 por lo tanto debo pagar la diferencia que aclarabas vos arriba de $13.25 en el formulario 575/B. Entonces este mes no abono febrero y lo pago en marzo o genero algun problema? Donde puedo consultar si tengo deuda y de cuanto es debido a este error? Muchas gracias y espero tu respuesta

    Responder
  3. Anónimo dice

    2 febrero, 2011 a las 1:39 pm

    en que categoria debo incluir a mi empleada que trabaja de 9 a 12 y de 16 a 20 hs.de lunes a viernes. Pcia. de Córdoba.Y cual es el sueldo que debo abonar. Disculpa las molestias y gracias. Ana

    Responder
  4. MARIA dice

    1 febrero, 2011 a las 5:47 pm

    Ignacio: en que categoria deberia incluir a mi empleada domestica que trabaja de lunes a sabados 4 hs diarias? debe ir en la quinta categoria?cual seria el sueldo que deberia pagarle?

    Responder
  5. Ignacio dice

    1 febrero, 2011 a las 3:24 pm

    Gracias María, si, parece que hay bastante personal de vacaciones en la AFIP y todavía no han modificado el formulario.
    saludos

    Responder
  6. Anónimo dice

    1 febrero, 2011 a las 12:51 pm

    Ignacio:
    Veo que el F102/B aún no fue cambiado (a propósito qué le modificaron al viejo F102?) y todavía dice $81,75; pero estuve asesorando abonar el importe actualizado, los $95 directamente en el mismo F102/B.
    Saludos y gracias por toda la información.
    MariaC

    Responder

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