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Claves del nuevo acuerdo salarial de Empleados de Comercio

21 marzo, 2016 Por Ignacio 35 comentarios

El acuerdo establece un 20% a partir de abril, más 2000 pesos no remunerativos a pagarse en dos cuotas de $1.000 en Abril y Junio.

Con fecha 17  de marzo de 2016, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la  Unión de Entidades Comerciales Argentinas COMERCIALES ARGENTINAS (UDECA) y Confederación Argentina de la Media Empresa (CAME), y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) acordaron un incremento salarial para los empleados de comercio bajo el CCT 130/7.

El acuerdo establece incrementar en un 20% las escalas vigentes de las remuneraciones básicas, a abonarse a partir de abril. Además se pagará una suma no remunerativa fija de $2000 en dos cuotas de 1.000 pesos cada una, en los meses de abril y junio.

Para acceder al texto completo del Convenio, haga click aquí
INCREMENTO SALARIAL DEL 20%
Se pactó un 20 % salarial a partir del mes de abril, por el término de 6 meses, sobre las escalas vigentes de las remuneraciones básicas del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 correspondientes para cada categoría.

SUMA NO REMUNERATIVA
Las partes acuerdan otorgar, por única vez, una gratificación extraordinaria y excepcional de carácter no remunerativo, de $ 2.000.  Asimismo, dicha gratificación no será tenida en cuenta como base de cálculo para cualquier rubro o concepto salarial cualquiera sea su modalidad de cálculo o devengamiento, o indemnizatorio.
Dicha gratificación se liquidará bajo la denominación ―Gratificación Extraordinaria Acuerdo 2016‖, o similar, y se abonará en dos cuotas iguales:

  • $ 1.000 que se pagarán del 1º al 7 de abril de 2016 
  • $ 1.000 que se pagarán del 1° a 7 del junio de 2016.

Carácter proporcional: Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida,legal o convencional, esta gratificación será proporcional a la jornada laboral cumplida.

Condición para cobrar la gratificación: Será condición para la percepción de esta gratificación, que el trabajador incluido tenga relación laboral vigente al tiempo del pago de cada cuota. (abril y junio de 2016).
ADICIONALES DE CONVENIO
El incremento del 20% a partir de Abril se
aplicará también sobre los adicionales de convenio:
  • Vidrieristas
  • Cajeros
  • Choferes y Ayudantes de Choferes
ADICIONAL CAJEROS
El adicional especial previsto en el art. 18 del AcuerdoColectivo2011, se
establece en $ 7.132,32 anuales a partir del mes de abril
2016. 

Dicho adicional corresponde a:
Cajeras/os que se desempeñen en empresas de cadenas de supermercados, hipermercados, autoservicios de comestibles y supermercados mayoristas; autoservicios de materiales de construcción que además comercialicen pinturas, herramientas, artículos de ferretería, materiales para electricidad.

Solo quedarán alcanzadas por la obligación establecida en el acápite precedente aquellas empresas allí nominadas, cuya facturación anual sea mayor a la establecida para la mediana empresa de comercio por el art. 1 de la Res. S.P. y M.E. y D.R. 21/10 o aquella que en el futuro la reemplace.

CLÁUSULA DE ABSORCIÓN 
Además se estableció una amplia cláusula de absorción de los aumentos que las empresas hubieren otorgado a cuenta del nuevo convenio: podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores a partir del 1º de octubre de 2015 y los que hubieren sido abonados a cuenta de los aumentos que determine el nuevo acuerdo colectivo, cualquiera sea la denominación utilizada

APORTE OSECAC $100
Se implementa, a partir de abril un aporte solidario de $100 mensuales a cargo de los trabajadores del CCT 130/75 que estén afiliados a OSECAC.  No corresponde realizar el aporte a empleados que hayan optado por otra obra social o una empresa de medicina pre-paga.
VIGENCIA 
El presente Acuerdo Colectivo tendrá vigencia desde el 1° de abril de 2016 hasta el 31 de marzo de 2017, sin perjuicio del compromiso asumido por las partes, de reunirse en el mes de septiembre de 2016, a efectos de convenir los montos respectivos que tendrán vigencia desde octubre de 2016.


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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Acuerdo Salarial 2016, FAECYS, Paritarias 2016

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. JalG dice

    29 abril, 2016 a las 2:57 pm

    Gente si mi escala esta por encima de la que estipula el acuerdo igual mi sueldo bruto debe aumentar en 20%?

    Responder
  3. Anónimo dice

    26 abril, 2016 a las 5:12 am

    te doy varias respuesta. a ver que si coincidimos , muy bien lo tuyo por estudiar excelente un ejemplo,.Pero ustedes cuantas vacaciones al año tienen 2 si hay paro o mal tiempo los que viven mas de 8 kilómetros pueden faltar a al colegio siendo privado o estatal .las jornada docentes . domingo y sábado no trabajan. y los feriados

    Responder
  4. Anónimo dice

    24 marzo, 2016 a las 7:31 pm

    Aca lo injusto es que un docente gane menos que un empleado de comercio, sin desmerecer su trabajo el cual es muy importante.

    Responder
    • Anónimo dice

      19 abril, 2016 a las 7:13 pm

      Depende qué docente y qué empleado de comercio, hay docentes que deberían dedicarse a otro oficio (contador, abogado, o a trabajadar como administrativo/a) ya que dejan mucho que desear.

      Responder
  5. Anónimo dice

    24 marzo, 2016 a las 11:16 am

    Hola, el aporte solidario de$70 que se paga a OSECAC.lo pagan todos?o solo los afiliados a la obra social?

    Responder
  6. Anónimo dice

    24 marzo, 2016 a las 9:29 am

    jajajaaj todo el mundo quejandose y peor yo q no cobro ni la mitad que ustedes y trabajo 9 hs diarias y en negro……:/

    Responder
    • Anónimo dice

      7 junio, 2016 a las 7:16 pm

      Busca otro trabajo

      Responder
  7. patricia irene Blasco dice

    24 marzo, 2016 a las 1:37 am

    Si nos descuentan cien mmás y en quilmes es un desastre las prestaciones de osea.

    Responder
  8. Anónimo dice

    22 marzo, 2016 a las 2:54 am

    Buenas Noches! Una consulta, el aumento se debe cobrar en abril o en mayo con el sueldo de abril?

    Responder
  9. Rebeca Arotcharen dice

    22 marzo, 2016 a las 2:39 am

    Los 1000 por única vez es para los de jornada completa y media jornada por igual?

    Responder
  10. Anónimo dice

    22 marzo, 2016 a las 12:05 am

    Hola obra social el empleador paga por 8 hs aunque trabajes media jornada me imagino que por eso te deben descontar el total

    Responder
  11. Anónimo dice

    21 marzo, 2016 a las 6:35 pm

    Te consulto por el acuerdo de la rama turismo, ya que el año pasado se firmo 4 meses después y las empresas se agarran de que no esta firmado para no pagar el aumento.

    Responder
    • Ignacio dice

      22 marzo, 2016 a las 3:00 am

      todavía no comenzó la paritaria de turismo

      Responder
    • Anónimo dice

      7 junio, 2016 a las 3:10 pm

      ya esta homologado el acuerdo de turismo de 2016??? gracias

      Responder
  12. Anónimo dice

    21 marzo, 2016 a las 4:22 pm

    Ya de entrada es injusto que nos den 20% de aumento y nos aumenten la " CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA" en un 45%. Ahí te das cuenta que saben que el 20% es una vergüenza. Porque sino no hubiesen duplicado el porcentaje. La hubiesen incrementado en un 20%. Todos vendidos. Vamos a ver en octubre con que vienen.
    Estamos totalmente atrasados en cuanto a los aumentos.

    Responder
  13. Unknown dice

    21 marzo, 2016 a las 3:21 pm

    Ya está homologado?

    Responder
  14. Anónimo dice

    21 marzo, 2016 a las 1:50 pm

    No es injusto porque aun trabajando media jornada el aporte a obra social va completo.

    Responder
  15. Anónimo dice

    21 marzo, 2016 a las 1:29 pm

    Hola, esta homologado?
    gracias

    Responder
  16. Anónimo dice

    21 marzo, 2016 a las 12:12 pm

    Los $100 de Osecac para jornada completa, en el caso de media jornada es proporcional también…? Me parece injusto que lo que trabajan jornada reducida paguen los mismo que los de jornada completa.

    Responder
    • Anónimo dice

      21 marzo, 2016 a las 2:00 pm

      El pago no es proporcional, de la misma forma que el aporte del 3% no lo es. Parten de la idea de que no es justo que pague menos el empleado a tiempo parcial cuando se atiende en igualdad de condiciones que el empleado a tiempo completo.

      Responder
    • German Bandi dice

      21 marzo, 2016 a las 3:37 pm

      Yo creo que no es proporcional, por el hecho de que para la obra social se toma jornada completa para el calculo, por mas que trabajen medio dia

      Responder
    • Anónimo dice

      21 marzo, 2016 a las 10:22 pm

      Estoy totalmente de acuerdo con lo que decís. Si el no remunerativo es proporcional también debería serlo el aporte a OSECAC.

      Gracias por la info. Saludos

      Responder
    • Ilgordo dice

      22 marzo, 2016 a las 12:01 am

      te descuentan 100 pesos igual

      Responder
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