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Se acordó una gratificación extraordinaria por única vez de $4000 a abonarse durante la segunda quincena de agosto y un incremento no remunerativo del 9% a partir de noviembre
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron en el día de hoy un acuerdo complementario al celebrado en abril pasado para la paritaria 2021 de la actividad mercantil (CCT 130/75).
Gratificación de$4.000
Las partes pactaron una gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241), y de naturaleza excepcional, de $4000, que se abonará durante la segunda quincena del mes de agosto de 2021.
Incremento del 9%
Asimismo, acordaron un incremento salarial de 9% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de mayo de 2021.
El mencionado aumento de 9% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241) a partir del mes de noviembre de 2021.
Este incremento mantendrá su carácter no remunerativo hasta enero de 2022, momento en que se incorporará a los nuevos básicos de convenio por su valor nominal.
Es importante destacar que el incremento acordado no tiene impacto sobre los adicionales del CCT 130/75 mientras mantenga su condición de no remunerativo y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación, a saber: presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y ayudante de chofer.
Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.
Se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Vigencia
Lo pactado en este acuerdo complementario tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2022 y se ha mantenido el compromiso de las partes a reunirse en el mes de enero para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Prórroga acuerdos por suspensiones 223 bis
Simultáneamente, se acordó la prórroga en idénticos términos y condiciones, para los meses de julio a diciembre de 2021, ambos inclusive, del Convenio de emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad económica (Resol.515/20 MT y Cctes.)
Vanesaarguello dice
A ver si entedi, este mes nos van a dar ese bono de 4000 y en septiembre nada, vamos a cobrar lo mismo q en el julio, ya q si bien hay aumento en septiembre del 8 % esa liquidacion la cobrariamos en el mes de octubre, es asi? Alguien me saca la duda?y recien en diciembre cobrariamos el otro.9 % de noviembre?
Así es como dices
??? de mal en peor
Gracias Ignacio por la info!pregunta…los 4000 pesos son para mediados de agosto? O se refiere al sueldo de agosto o sea se cobra a mediados de septiembre?
Hola
Segunda quincena de agosto
Se sabe cuándo lo firmarían para los call centers?
esta hologado el acuerdo?
El acuerdo no aclara si es base de calculo de Obra social y aportes sindicales. Se sabe algo?
Cada negociacion que hace Cavalleri dan azco es un cara dura, que deje el lugar a alguien que realmente nos represente
Lo no renumerativo nunca lo pagan y los 4000 menos todos estos crapulas dicen estar en quiebra son todos un asco
Es una verguenza el aumentito para los empleados de comercio???
Es proporcional? Yo hago 24 hs por semana y siempre que dan algo de esto lo hacen proporcional,y ya veo que me a corresponder solo 2000?
así es, es proporcional
Y el 8% ade septiembre se cobra cobra en octubre?
Cavallieri terrible delincuente… Es típico sindicalista anuncia un bono de 4000 pesos como un gran logro. Asco dan…
Alguna novedad para los call Center ??
buenas el aumento del 8% de septiembre se mantiene no?
Los $ 4.000 llevarán descuento de Cuota Sindical y Faecys, y OSECAC para los empleados afiliados a OSECAC? (Descuentos que llevan siempre las ANR)
Esta misma duda tengo, debo realizar una liquidación final por jubilación y no puedo esperar a fin de mes para saber con certeza como operan estos $ 4000. Si alguien puede ayudarme, les agradezco.
Yo creo que no habría que pagar más la cuota sindical ni nada de Empleados de Comercio para que este representante que tienen los empleados de comercio se vaya . Es una vergüenza de dirigente. Yo no soy empleada soy empleadora y me da vergüenza que anuncien con bombos y platillos este aumento . Tendrian que tener dirigentes como el bancario o Moyano .
Dudoso tu comentario jaja, nose no estaria entendiendo, si estas del lado de los empleados o de tu lado egoista de ” empleadora “.
Por que si te molestara que sea un aumento de porqueria el quedan para los empleados! tranquilamente podrias vos de tu parte aumentar a tu gente! …nose si me explico jaja… pero bueno si estas enojada por el aumento y tenes que poner el dinero a tu gente! me alegra! total no perdes! aumentas tus productos como lo haces siempre y listo! y tu gente aunque sea no desvaloriza tanto su poder economico! igual por las dudas te lo digo, RATA!! besitos… lo que lograste ojala sea mucho! no fue gracias a vos, es gracias a tus empleados!
Muy desubicado tu comentario.
Qué comentario de pedorro el tuyo… Soy empleado, pero la idea es tirar todos para el mismo lado. Si no estás contento con tu trabajo acordate que existe la renuncia, es un derecho. Podes ser independiente y lograr todo lo que seguramente te mereces por tu capacidad!