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Se homologó el acuerdo salarial de Encargados de Edificio

1 junio, 2016 Por Ignacio 10 comentarios

EL MINISTERIO DE TRABAJO HOMOLOGÓ EL ACUERDO SALARIAL DE ENCARGADOS DE EDIFICIO CCT 589/10. SE ACORDÓ UNA ASIGNACIÓN REMUNERATIVA PARA MARZO, ABRIL Y MAYO DE 2016. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/6/2016

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación homologó el acuerdo paritario alcanzado por la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH) a través de la Resolución SS.R.L N° 334, del 31/05/2016, para todos los trabajadores y trabajadoras comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 589/10, Texto Ordenado 2016.

El acuerdo establece  tres sumas fijas remunerativas no acumulativasde $1800 para marzo y abril, $2000 para el mes de mayo y un 25% de aumento desde el 1 de junio a noviembre de 2016 para todos los ítems de la escala salarial de septiembre de 2015.

Este nuevo acuerdo paritario se suma a los beneficios ya obtenidos por el gremio, como la Resolución S.T. 1934/15 que determina que en la segunda cuota del aguinaldo de cada año los trabajadores de edificios perciban una suma adicional equivalente al 20% de la remuneración básica del trabajador según su categoría.

También se otorgua asueto a los trabajadores y trabajadoras de edificios para los días 24 y 31 de diciembre de cada año sin descuento en los salarios, por la Resolución del Ministerio de Trabajo ST 22/14.

Asimismo, el CCT establece que, ante una situación de despido, si el trabajador no percibe indemnización en el plazo legal de 4 días hábiles, tendrá derecho a permanecer en la vivienda hasta 90 días de producido el mismo.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Encargados de Edicio, FATERYH, SUTERH

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Comentarios

  1. Anónimo dice

    13 marzo, 2017 a las 8:34 pm

    Bunas tardes, estamos teniendo una duda sobre el aguinaldo del encargad, se le puede sumar al aguinaldo las vacaciones como mejosr sueldo.

    Responder
  2. Verónica Viglierchio dice

    24 agosto, 2016 a las 12:03 am

    Buenas noches! A mi me pagaron las 3 sumas en el sueldo de mayo (cobré en junio). Para el aguinaldo tienen que tomarme ese sueldo como el mejor, que tiene los 5.600 ¿o cada suma corresponde a un mes en particular y entonces no sería mayo mi mejor sueldo? Te agradeceré respuesta. Saludos! Verónica

    Responder
  3. Clara Rodriguez dice

    3 junio, 2016 a las 7:02 pm

    Estas sumas hay que tenerlas en cuenta para el calculo de las horas extras?

    Responder
  4. Anónimo dice

    3 junio, 2016 a las 3:57 pm

    se sabe las formas de pago? si se puede abonar en cuotas? porque la persona para quien liquido no lo pagó porque no saltaba en la página oficial hasta hace pocos días y ahora no sabe si tiene que pagar los $5000 apróx. que se le juntaron, o lo puede pagar en varias veces, si alguien me puede ayudar, gracias!

    Responder
  5. ADRIANA CABALEYRO dice

    2 junio, 2016 a las 4:16 pm

    Hola! se aplica directo $5600 de remunerativo en Mayo, es así? Con los jornalizados como se calcularia, dividido 200? LLame al suterh todo el dia pero no atienden. Gracias!!

    Responder
  6. Anónimo dice

    2 junio, 2016 a las 11:34 am

    Como se liquidan las sumas remunerativas de marzo, abril y mayo a un trabajador de edificio jornalizado (no encargado) que trabaja 4hs semanales?

    Responder
  7. CAOIMPORT dice

    2 junio, 2016 a las 12:26 am

    Para un trabajador de media jornada el adicional remunerativo sería del 50%? Gracias!

    Responder
  8. Gaby Marquez dice

    1 junio, 2016 a las 7:01 pm

    buenas…en Junio se pagan las tres sumas no remunerativas mas el aumento?? es completa para todos o el personal jornalizado cobra proporcional?

    Responder
  9. Gaby Marquez dice

    1 junio, 2016 a las 7:00 pm

    En junio hay que pagarles las tres sumas no remunerativas mas el aumento?

    Responder
  10. Lara dice

    1 junio, 2016 a las 6:21 pm

    Buenas tardes!!
    Alguien sabe si esas sumas fijas son proporcionales al tiempo trabajado?? Gracias!!

    Responder

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