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Se triplicará el monto de las indemnizaciones de accidentes de trabajo

23 agosto, 2009 Por Ignacio 1 comentario

Ante la imposibilidad de alcanzar un consenso con empresarios y sindicalistas para reformular en forma integral el sistema que en varios de sus artículos fue tachado de inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia, el gobierno mediante un decreto triplicará el monto de las indemnizaciones por accidentes laborales y ampliará la lista de enfermedades profesionales que deberán ser cubiertas por las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART).

El ministro de Trabajo, Carlos Tomada, entregó ayer a empresarios y sindicalistas un borrador del decreto que contempla elevar de $ 180.000 a $ 540.000 el tope indemnizatorio por accidente y aumentar, en la misma proporción, los montos de las prestaciones por suma única, que pasarán de $ 30.000 a $ 90.000 en los casos de incapacidad grave; de $ 40.000 a $ 120.000 cuando se trata de incapacidad total; y de $ 50.000 a $ 150.000 en los casos de fallecimiento del trabajador siniestrado.

Obviamente, los sectores mas duros de las cámaras empresarias, es decir todos, encabezadas por la Unión Industrial Argentina (UIA), y las aseguradoras, sostienen que esos cambios no resuelven la cuestión de fondo que generó el incremento de la litigiosidad del sistema e insisten con la pretensión de que se fije la denominada “opción excluyente” que forzaría al trabajador a elegir entre cobrar la indemnización del sistema o iniciar la demanda judicial.

“El aumento de las indemnizaciones no resuelve el problema de la industria del juicio. Hace falta una ley que cubra los aspectos que hay que cubrir que son la opción y el nó cúmulo, un decreto no sirve para eso”, advirtió el abogado de la UIA, Daniel Funes de Rioja.

En cambio desde el sector sindical se han mostrado a favor de este decreto que triplicaria las indemnizaciones. Sin embargo, los cambios no serían suficientes para corregir la normativa y dejarla en línea con la palabra dada por la Corte Suprema de Justicia, que consideró inconstitucionales varios artículos de la ley 24.557, vigente desde julio de 1996.

Otros posibles cambios

Además de las indemnizaciones y la ampliación del listado de enfermedades, se planea el pago bancarizado de las indemnizaciones temporarias (ILT), la creación de un registro de servicios de salud y de contratos de las aseguradoras y aspectos técnicos vinculados al funcionamiento de las comisiones médicas, el fondo fiduciario del sistema, la situación de empresas críticas, entre otras cuestiones.

Fuente: El Cronista

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Empleados, Noticias

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    10 septiembre, 2010 a las 9:38 pm

    yo me corte el dedo pulgar de la mano derecha me operaron y me lo implantaron en este momento estoy esperando la evolucion quiero saber la art cuanto me tiene que dar de indemnizacion

    Responder

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