La Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares (CNTCP) publicó hoy la resolución 2/2026, donde se oficializa el aumento salarial para el personal de casas particulares, correspondiente a los meses de febrero y marzo de 2026, según el siguiente detalle:
- Febrero 2026: Aumento del 1,5% sobre los sueldos básicos vigentes en enero de 2026.
- Marzo 2026: Aumento del 1,5% sobre los sueldos básicos de febrero de 2026.
Escala Marzo 2026

Escala Febrero 2026

Asignación no remunerativa por única vez
Además, en los meses de febrero y marzo de 2026, se deberá abonar una suma no remunerativa por única vez, a cargo del empleador, de acuerdo a la siguiente escala de horas semanales trabajadas:
| Horas semanales | Monto (Febrero y Marzo) |
|---|---|
| 0 a 12 horas | $8.000,00 |
| 12 a 16 horas | $11.500,00 |
| Más de 16 horas y personal sin retiro | $20.000,00 |
Resolución 2/2026
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
RESOL-2026-2-APN-CNTCP#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-16207591- -APN-DGDTEYSS#MCH, la Ley N° 26.844, el Decreto N° 467 de fecha 1° de abril de 2014, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, Nº 8 de fecha 10 de diciembre de 2023, la Resolución N° 3 de fecha 5 de diciembre de 2025 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 3/2025 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, se fijaron a partir del 1° de noviembre y 1° de diciembre de 2025, respectivamente, las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844.
Que el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley Nº 26.844 asignan como una de las atribuciones de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES la de fijar las remuneraciones mínimas o recomposiciones salariales.
Que el artículo 68 de la Ley N° 26.844 establece que la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES tiene competencias a los fines de mejorar las condiciones laborales establecidas en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Que posteriormente, mediante Acta de Sesión Plenaria ordinaria de fecha 24 de febrero de 2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, las representaciones del sector trabajador, empleador y Público integrantes de la misma, coinciden en fijar los nuevos valores de las remuneraciones mínimas para el Personal en Casas Particulares, conforme lo acordado en los puntos del 1 y 2 de dicha Acta.
Qué, asimismo, en dicha sesión se acordó el pago de la suma no remunerativa la que adquirirá carácter remunerativo, incorporándose al salario, conforme las distintas categorías de acuerdo a lo pactado en el punto 3 del Acta precitada.
Que el titular de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha prestado conformidad al dictado de la presente medida.
Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA, del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha intervenido conforme sus competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley N° 26.844.
Por ello,
LA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Fijar un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas que será del UNO CON CINCO POR CIENTO (1,5%) a partir del mes de febrero de 2026, con base en los salarios mínimos conformados del mes de enero de 2026 conforme Resolución N° 3/2025 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, para todo el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, conforme las escalas salariales que lucen en el ANEXO I Nº IF-2026-20175621-APN-CNTCP#MCH, que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Fijar un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas que será del UNO CON CINCO POR CIENTO (1,5%) a partir del mes de marzo de 2026, con base en los salarios mínimos determinados en el ARTÍCULO 1°, para todo el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, conforme las escalas salariales que lucen en el ANEXO II N° IF-2026-20176310-APN-CNTCP#MCH, que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Otorgar una suma no remunerativa de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) para el personal que preste tareas dieciséis (16) o más horas semanales; de PESOS ONCE MIL QUINIENTOS ($11.500) para quien preste tareas entre doce (12) y menos de dieciséis (16) horas semanales y de PESOS OCHO MIL ($8000) para quien preste tareas menos de doce (12) horas semanales. Dichas sumas serán pagaderas conjuntamente con los salarios de los meses de febrero y marzo 2026.
ARTÍCULO 4º.- Las adecuaciones salariales dispuestas por esta Resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación.
ARTÍCULO 5°. – Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Sara Alicia Gatti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/03/2026 N° 14294/26 v. 12/03/2026
Fecha de publicación 12/03/2026



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