• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Servicio Doméstico: los detalles del pago de la suma de $25.000

31 agosto, 2023 Por Ignacio 25 comentarios

Se oficializó la medida mediante el Decreto 438/23 ¿Cómo y cuándo se paga la suma no remunerativa de $25.000 para el Servicio Doméstico?

Bono $25.000

Los detalles del Decreto 438/23

Finalmente, mediante el decreto 438/23, publicado ho5y en el Boletín Oficial, se oficializaron los detalles de la suma no remunerativa de $25.000 para el Personal de Servicio Doméstico.

Es suma no remunerativa, será abonada por empleadores en 2 cuotas de $12.500 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.

Los Detalles de la medida

Trabajadoras a jornada parcial

Cuando se trabaje menos horas que la jornada completa, la asignación se pagará de forma proporcional a la jornada trabajada.

Por ejemplo, si trabaja 20 horas semanales, el pago será de $5.208,33

12.500 / 48 x 20 = $5.208,33

Horas semanales1° Cuota 2° Cuota
48 a 32 $ 12.500,00 $ 12.500,00
31 $  8.072,92 $   8.072,92
30 $   7.812,50 $   7.812,50
29 $   7.552,08 $   7.552,08
28 $   7.291,67 $   7.291,67
27 $   7.031,25 $   7.031,25
26 $   6.770,83 $   6.770,83
25 $   6.510,42 $   6.510,42
24 $   6.250,00 $   6.250,00
23 $   5.989,58 $   5.989,58
22 $   5.729,17 $   5.729,17
21 $   5.468,75 $   5.468,75
20 $   5.208,33 $   5.208,33
19 $   4.947,92 $   4.947,92
18 $   4.687,50 $  4.687,50
17 $   4.427,08 $  4.427,08
16 $   4.166,67 $  4.166,67
15 $   3.906,25 $   3.906,25
14 $   3.645,83 $   3.645,83
13 $   3.385,42 $   3.385,42
12 $   3.125,00 $   3.125,00
11 $   2.864,58 $   2.864,58
10 $   2.604,17 $   2.604,17
9 $     2.343,75 $   2.343,75
8 $     2.083,33 $    2.083,33
7 $     1.822,92 $    1.822,92
6 $     1.562,50 $   1.562,50
5 $     1.302,08 $    1.302,08
4 $     1.041,67 $    1.041,67
3 $         781,25 $      781,25
2 $         520,83 $      520,83
1 $         260,42 $      260,42

Para más detalles del los cálculos ver “Servicio Doméstico: Cómo proporcionar bono de $25.000”

¿Quiénes cobrarán el monto completo?

a. $12,500 para aquellos que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en agosto de 2023, menores o iguales a $387,500.

b. La diferencia entre $400,000 y los salarios netos superiores a $387,500 correspondientes al devengado en agosto de 2023, para aquellos que perciben salarios netos mayores a $387,500 y menores a $400,000.

Se proporcionan los montos cuando la prestación de servicios de la trabajadora fuere inferior a la jornada completa de 48 horas semanales.

Compensación con paritarias

El bono de $25.000 podrá ser absorbido en concepto de aumentos salariales establecidos por la Comisión Nacional de Trabajadoras de Casas Particulares.

Reintegro del bono para empleadores

Los empleadores que paguen esta suma no remunerativa, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50 % de lo abonado, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • No fueren alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el Ejercicio Fiscal 2022 y
  • Que hayan percibido ingresos netos en el mes agosto de 2023 por un monto inferior a $1.500.000

El Ministerio de Trabajo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), establecerán el procedimiento para solicitar este reintegro. Pero sería similar al bono de fin de año.

Fecha de pago

Primera cuota devengado del mes de agosto 2023: dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del 1° de septiembre de 2023. (Hasta el 21/09/2023).
Segunda cuota devengado septiembre 2023: deberá ser abonada en los plazos legales, es decir:

  • Al personal mensualizado, dentro del cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario;
  • Al personal remunerado a jornal o por hora, al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Servicio Doméstico

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Ayelen dice

    13 septiembre, 2023 a las 2:02 am

    Hola, consulto…en los casos en que el empleado haya empezado a trabajar en septiembre, corresponde solo la segunda cuota del bono o ninguna de ellas ? Busque en el DNU si había algún requisito de antigüedad mínima pero no lo encontré.

    Responder
    • Ignacio dice

      13 septiembre, 2023 a las 9:13 am

      No, no corresponde

      Responder
  3. Fratantoni Diez y Asociados, Mercedes Bellocq dice

    12 septiembre, 2023 a las 10:22 am

    Buen día,
    que sucede si una empleada renuncia en septiembre, corresponde el pago de la segunda cuota?

    Responder
  4. Sandra dice

    8 septiembre, 2023 a las 1:05 pm

    Soy niñera estoy en blanco hace 3 años y no me pagaron el bono, porque me aumentaron por su cuenta el salario? Está bien no pagarlo?

    Responder
  5. Adriana dice

    6 septiembre, 2023 a las 11:29 am

    Buen dia. Corresponde el pago del Bono si la empelada esta con certificado medico todo el mes de Agosto y hasta el dia de hoy sigue con certificado.

    Responder
  6. Fernanda dice

    4 septiembre, 2023 a las 9:31 am

    Buen día Ignacio:
    Consulta: Al realizar el recibo de sueldo en AFIP de empleadas domésticas, el importe del bono. ¿ se agrega manualmente?, Por lo que veo no hay un ítem para el mismo. Gracias

    Responder
    • Camila dice

      5 septiembre, 2023 a las 10:43 am

      Hola Fernanda, conforme a tu pregunta y a otros períodos donde se incluían bonos en liquidaciones, yo he usado “OTROS” o “Gratificaciones” (en la solapa AgregarConceptos) y en “Observaciones” hacia el detalle.

      Responder
  7. BELEN dice

    3 septiembre, 2023 a las 10:45 am

    Consulta, lo aplicamos todos o tenemos que ver que provincias aceptan pagarlo?

    Responder
  8. Adelicia Pichun dice

    3 septiembre, 2023 a las 8:47 am

    Hola buen día ! Yo trabajo de empleada de queaseres doméstico trabajo 7 hs por día de lunes a viernes y ganó $160000: no llego a los $200000 No entiendo porque razón a nosotras las empanadas domésticas se les da un bono tan bajo y a otros que ganan más le dan $60.000 sabiendo que nosotras somos las que menos ganamos ,no solo el personal doméstico si no también el que trabaja en obras ,hoy por hoy $25000 no es nada mucho menos en dos cuotas ,alguien me la puede explicar porfavor??

    Responder
    • Martin dice

      5 septiembre, 2023 a las 3:04 pm

      Jodido si sos empanada.

      Responder
  9. Melina dice

    2 septiembre, 2023 a las 8:46 pm

    Consulta: en caso de que el empleado se da de baja al 31/8, se debe pagar solo 12.500 o los 25.000 completos en la liquidación final?

    Responder
  10. MANUEL dice

    2 septiembre, 2023 a las 8:11 am

    Igancio, buenos días. Surgen algunas consultas al respecto:
    Si se despidió a una Empleada domestica el 30 de agosto 2023 , jornada completa con retiro, cuanto se tiene que abonar ? 25000 o 12500 ?
    Y se compensa con el incremento de agosto con respecto a julio ? En definitiva cuanto quedaría lo del bono que hay que pagar 25000 , 12500 o algunos de estos montos restado el incremento de agosto ?

    Responder
  11. Mercedes dice

    2 septiembre, 2023 a las 7:35 am

    Buen día!! Las personas que estamos en negro también el empleador tiene obligación de pagar

    Responder
    • Teresa dice

      3 septiembre, 2023 a las 2:50 pm

      Hola las personas que están en negro también pueden comprar el bono??

      Responder
  12. Mariano dice

    1 septiembre, 2023 a las 2:24 pm

    Hola!, consulta. En el caso de este mes hay un aumento paritario, si el mismo es superior al bono que le corresponde por las horas, ¿se paga el bono?

    Gracias

    Responder
  13. Jorge Ernesto Ruiz dice

    1 septiembre, 2023 a las 12:16 pm

    No me queda claro la parte que es “El bono de $25.000 podrá ser absorbido en concepto de aumentos salariales establecidos por la Comisión Nacional de Trabajadoras de Casas Particulares”.
    Hoy por hoy hay un incremento del 8% que se debe abonar con los haberes de Agosto; en ese caso el importe de 12.500 (o proporcional) se absorbe con el importe que surja de ese aumento del 8%?

    Responder
    • Laura dice

      4 septiembre, 2023 a las 8:46 am

      estoy en la misma, si es así el bono para agosto es casi cero… llame al Ministerio de Trabajo para asesoramiento y la persona que me atendió no estaba muy al tanto de este detalle y me dijo que para agosto no pero para septiembre si.. raro..
      En fin, si tomamos que de julio a agosto aumento el 8% el bono es prácticamente cero….

      Responder
  14. Daniela dice

    31 agosto, 2023 a las 4:02 pm

    En el caso de zona desfavorable, ¿lleva el recargo del 30%?
    Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      1 septiembre, 2023 a las 11:15 pm

      no

      Responder
  15. Gabriela dice

    31 agosto, 2023 a las 2:49 pm

    Muchas gracias. Consulta, el monto sería absorbido por aumentos acordados en paritaria. Y el servicio doméstico ya tenía pactados aumentos en agosto y en septiembre. Se descuenta? O es sólo en caso de futuros aumentos?
    Saludos

    Responder
  16. Aldo Beccaria dice

    31 agosto, 2023 a las 11:27 am

    Buenos días. ¿Cómo se paga en el caso de una persona que trabaja 2 días semanales SIN RETIRO?
    Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      1 septiembre, 2023 a las 11:07 pm

      Servicio Doméstico: Cómo proporcionar bono de $25.000

      Responder
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d