Se trata de la primera cuota del bono de $12.500 del decreto 438/23.
Desde hoy y hasta el 29 de septiembre de 2023, los empleadores y las empleadoras del personal de casas particulares pueden solicitar el reintegro de la primera cuota del bono otorgado por el Poder Ejecutivo para mitigar la caída en los salarios reales hasta que la negociación colectiva consiga recuperar el poder adquisitivo perdido.
El reintegro de la segunda cuota, correspondiente al salario devengado en el mes de septiembre, podrá solicitarse entre el 2 al 8 de octubre de 2023.
El bono otorgado por el Poder Ejecutivo Nacional se paga en dos cuotas, dentro de los primeros 15 días hábiles de septiembre y octubre.
Reintegro
Los empleadores y las empleadoras pueden solicitar el reintegro de hasta el 50% de la asignación no remunerativa, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
- Que la relación laboral haya estado activa en los meses de agosto y septiembre. Si solamente estuvo activa durante agosto, el reintegro será únicamente de la primera cuota.
- Que la asignación no remunerativa se encuentre paga.
- No haber estado alcanzado por el impuesto sobre los bienes personales en el ejercicio fiscal 2022.
- No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
- No poseer ingresos mayores a $1.500.000 netos en el mes de agosto de 2023.
El reintegro se solicita por cada una de las cuotas, mediante el servicio con clave fiscal “Personal de Casas Particulares”, opción “Solicitud reintegro de asignación no remunerativa – Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE”.
Documentación a presentar:
- Declaración jurada del monto abonado en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago.
- Recibo de pago de la asignación no remunerativa firmado de conformidad por la trabajadora o el trabajador, o en su caso recibo de sueldo del trabajador o de la trabajadora con la inclusión del monto de la asignación no remunerativa.
- Datos de la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente CBU.
- Declaración jurada de ingresos netos percibidos en el mes de agosto de 2023 por el empleador o la empleadora y fuente de los mismos.
- Declaración jurada de la cantidad de horas trabajadas en el mes de agosto de 2023.
- Lugar de residencia del empleador o de la empleadora.
Notificación: Las novedades respecto del estado de trámite de la solicitud del reintegro se notificarán a través del domicilio fiscal electrónico.
Plazos para solicitar el reintegro
Las solicitudes de reintegro deben presentarse por cada una de las cuotas, de acuerdo a las siguientes fechas:
- 1° cuota correspondiente al salario devengado en el mes de agosto de 2023: entre el 25 y el 29 de septiembre de 2023.
- 2° cuota correspondiente al salario devengado en el mes de septiembre: entre el 2 al 8 de octubre de 2023.
Consultas
Las consultas relacionadas a la temática podrán canalizarse por correo electrónico a la cuenta [email protected].
anabella dice
estuve ayer queriendo cargar la 2da cuota del reintegro del bono y deshabilitaron la opción antes de que finalice el día, son de terror, mas sinvergüenzas imposibles
Elio Carral dice
No puedo solicitar el reintegro. Sale error indicado que ya tengo solicitud en trámite para el/la trabajador/a.
¿A alguien le pasa lo mismo? ¿cómo lo solucionaron?
Gracias
Pancho dice
Imposible solicitar éste reintegro, no llegué a solicitar en septiembre el del período agosto porque no funcionaba y ahora no me deja tampoco el del período septiembre. A todos los kirchneristas les digo pierdanse sus miserables 12.500 pesos donde ya saben. Ya se les va a terminar todo manga de ñoquis inmundos parásitos y vividores de los que trabajamos para mantener un Estado que no cumple con ninguna de sus obligaciones o las cumple como si fuera Sudan del Sur y es una máquina de robarnos con los impuestos y poner una maraña de trabas, rompiendo todo lo que toca.
GABRIELA Inés Boucher dice
No cargue la primera cuota y ahora me dice: cuando quiero cargar por lo menos la de este mes: “Ya tenés una tramitación de reintegro por la trabajadora/or seleccionado para este período o no tenés una tramitación para el período anterior.”
Tampoco me deja cargar la segunda cuota
Por favor saben como se debe hacer?
Silvana dice
Hola Gabriela, tengo el mismo problema. NO cargué agosto y ahora para septiembre me salta ese mensaje. Te consulto, descubriste como cargarlo?
Maria dice
Buen día, necesito solicitar el reintegro de la segunda. cuota del bono y al tomar los datos de la primer cuota , en lugar de , coloca punto en los decimales y genera el error en la carga lo cual no se puede modificar. Alguien ya pudo hacer la carga bien?
Espero no lo habiliten el 8 de octubre a ultima hora como hicieron el 29 de septiembre que dejaron cargar los datos después de las 12 del mediodía….
César dice
Me pasa lo mismo.
eugenia dice
me contestaron esto desde email: [email protected]
Estimado/a, el mismo viernes se pudo solucionar el inconveniente que hubo y había tiempo de inscribirse hasta las 23:59 hs.
Después de ese dia lamentablemente ya no quedo ninguna otra instancia. Y no tenemos conocimiento de que se prorrogue la misma.
Maria dice
La pagina se habilito para la carga de datos recién después de las 12;15 hs. y lamentablemente prorroga no hubo
Pero se puede solicitar el reintegro de la segunda cuota , independientemente de que no hayas podido pedirlo de la primera cuota .tenes tiempo hasta el 8/10.
Estoy intentando con el reintegro de la segunda, que es hasta hoy…y ya no existe la posibilidad. Sacaron el ingreso…. A la primera no llegué tampoco
Estoy desde ayer queriendo cargar los datos para el reintegro del bono pagado a personal de casas particulares y imposible, ayer no dejaba ingresar a la carga y hoy da error en la toma de datos del empleado.
Se sabe si existe algún dato extra a ingresar?
El personal esta activo pero no lo reconoce la pagina!!
INGRESE HOY Y LA PAGINA DA ERROR, NO PUEDO PEDIR EL REINTEGRO
Consulta cuanto debe cobrar una persona que trabaja 12 hs semanales y si se debe pagar el viáticos de la misma..desde ya gracias