COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
Resolución 3/2019
Buenos Aires, 12/07/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-18303610-APN-DGDMT#MPYT y la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES N° 2 de fecha 3 de julio de 2019 y,
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 1° de la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES N° 2 de fecha 3 de julio de 2019, se fijó el incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 conforme las escalas salariales que lucen como Anexos I, II y III de la misma aplicable a partir del 1° de junio de 2019.
Que por un error material involuntario, se consignaron en forma incorrecta valores de las remuneraciones horarias y mensuales establecidos en los Anexos I y II.
Que por ello, resulta oportuno reparar el error indicado sustituyendo los Anexos I y II de la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES N° 2 de fecha 3 de julio de 2019.
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991, los errores materiales pueden subsanarse en cualquier momento, en tanto no se altere la esencia o decisión del acto administrativo.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituyese los Anexos I y II de la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES N° 2 de fecha 3 de julio de 2019, por los Anexos I y Anexo II que forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. Luis Federico Canedi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/07/2019 N° 50445/19 v. 15/07/2019
Fecha de publicación 15/07/2019
Beatriz dice
Buenas tardes, en la casa de mi padre está trabajando una persona sin retiro, realiza tareas generales, limpieza, cocina, lavado y planchado de ropa y le da la medicación correspondiente.(Mi padre tiene 86 años).
No sé a que categoría pertenece. y el sueldo que debería pagarle.
Agradecería mucho su respuesta. Muchas gracias.
Atte. Beatriz
Pame dice
Buenos día! Algo sobre adicional por antigüedad?? Gracias
Andrea dice
Cuanto es el sueldo minimo para una niñera que trabaja 4hs de lunes a viernes?
Facundo dice
Hola, salió algo sobre el adicional por antigüedad?
maria dice
hola ! hay un anexo tres ?