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Servicio Doméstico: ya se puede solicitar el reintegro del bono del Decreto 841/22

16 enero, 2023 Por Ignacio 23 comentarios

Comenzó la inscripción para solicitar el reintegro, hay tiempo hasta el 23/ de enero.

La AFIP habilitó el trámite para el reintegro de la asignación no remunerativa establecida por única vez de hasta $24.000 para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en este caso para Servicio Doméstico.

Este procedimiento es para aquellos empleadores de Personal de Casas Particulares que hubieren abonado el importe correspondiente a la asignación no remunerativa prevista por el Decreto N° 841/22 y que no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción en el impuesto a las ganancias.

Los empleadores que soliciten el reintegro deberán presentar la siguiente documentación:

  • Declaración jurada mediante la cual el empleador solicitante del reintegro manifiesta el monto total abonado a la trabajadora en concepto de asignación no remunerativa.
  • Recibo de sueldo del último período devengado de diciembre de 2022 con la inclusión del pago de la asignación no remunerativa dispuesta en el Decreto N° 841/22.
  • Cuenta bancaria a nombre del empleador, identificando su CBU.

Requisitos:

  • No ser sujeto encuadrado en el impuesto a las ganancias cuarta categoría.
  • No contar en simultáneo con un empleo asalariado y una actividad económica encuadrada en el MONOTRIBUTO categoría “c” o superior o en el régimen de trabajo AUTÓNOMO.
  • No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
  • Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales, correspondiente al período fiscal 2021, que no supere 50 veces el importe determinado como ganancias no imponibles respecto del Impuesto a las Ganancias.
  • No ser propietario o propietaria de más de un bien inmueble, de un automotor con antigüedad menor a un año, o de más de un automotor, o de una embarcación o aeronave.

Cómo y cuándo solicitar el reintegro

Los empleadores deberán solicitar el reintegro, ingresando la documentación en una opción que se denominará “Solicitud de reintegro – Decreto N° 841/22”.

Esta aplicación estará en el PORTAL DE CASAS PARTICULARES del sitio web deAFIP

Plazos para solicitar el reintegro

La inscripción se iniciará el 16 de enero de 2023 y finalizará el 23 de enero de 2023.

Reintegro de la asignación no remunerativa establecida por única vez para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado, que se rijan por las Leyes N° 20.744, 22.250, 26.727, 26.844 y sus modificatorias.

Paso para tramitar el reintegro

Ingresas a aplicación de AFIP para empleadores de Casas Particulares y ahí ingresar en “Solicitud reintegro de bono – Decreto 841/22”:

Luego, en Tramitar el reintegro “iniciar

Luego completar los datos solicitados:

  • Declaración jurada mediante la cual el empleador solicitante del reintegro manifiesta el monto total abonado a la trabajadora en concepto de asignación no remunerativa.
  • Recibo de sueldo del último período devengado de diciembre de 2022 con la inclusión del pago de la asignación no remunerativa dispuesta en el Decreto N° 841/22.
  • Cuenta bancaria a nombre del empleador, identificando su CBU.

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Publicado en: AFIP, Servicio Doméstico Etiquetado como: Personal Casas Particulares

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Comentarios

  1. -
  2. Teresa dice

    9 mayo, 2023 a las 11:44 pm

    Hola ase 13 años que trabajo en la misma casa pero ase 6 años que estoy en blanco trabajo 20 a 21 horas semanales no puedo dejar de trabajar y me está pagando 24 mil pesos mensuales la hora 235 y no hay caso que me aumente no me paga antigüedad ni nada únicamente los aportes como puedo aser para que la olbigen a pagarme lo que corresponda sin tener que denunciar porque se tornaría un ambiente incómodo para trabajar

    Responder
  3. Alejandro dice

    25 enero, 2023 a las 2:38 pm

    Buenas tardes,
    Tenés idea cuando acreditaran el reintegro. ?
    Tengo todo cargado correctamente.
    En ningún lado dice cuando afip reintegrará el 50% del bono,
    Puede que lo hagan dentro de unos meses y no a la brevedad ??

    Responder
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