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Con la actualización del aplicativo Declaración en línea a la versión 42, ya podemos desde el devengado de febrero, restar de la base imponible de contribuciones a la seguridad social, los 10.000 pesos.
Recordemos que el artículo 23 de la Ley 27.541 (de Solidaridad Social y Reactivación Productiva) estableció la posibilidad de una detracción especial de $10.000 mensuales para los empleadores que tengan una nómina de hasta 25 empleados.
Ahora, como la aplicación desde este beneficio es desde el devengado de diciembre 2019, pero AFIP no había actualizado el aplicativo a tiempo, hay que rectificar diciembre 2019 y enero 2020.
El procedimiento es simple, solo hay que generar la rectificativa y aumaticamente el aplicativo resta de la base imponible de las contribuciones a la seguridad social los 10.000 pesos.
Como resultado, tendremos los $1800 en menos:
Diciembre 2019 – Original
Diciembre 2019 – Rectificaciva
Saldo a Favor en Cuentas Tributarias
El siguiente paso, es verifica en cuentas tributarias el saldo a favor de $1800.
Compensación del saldo de $1800
Primero ir a cuentas Tributarias. Una vez ahí en TRANSACCIONES y a “REIMPUTACIÓN DE PAGOS“
Luego, seleccionar el Impuesto, el período y presionar SIGUIENTE:
Presionar el icono de actualizar:
Deberían aparece los $1800
Y más abajo el Impuesto que vamos a reimputar. Luego confirmar:
Lidia Zacarias dice
Hola, como se hace la reimputacion del saldo a favor del 351?
Olga dice
Como reimputo los $ 1.800 de la rectificativa de enero/2020 en la de 02/2020.
BARBARA dice
SISTEMA DE CUENTAS TRIBUTARIAS – TRANSACCIONES- REIMPUTACION DE PAGOS CONTRIBUYENTE 300 – COMPLETAS EN CUIT , IMPUESTO, PERIODO FISCAL – SIGUIENTE – APARECE EL IMPORTE ORIGINAL Y DE AHI CONTINUAS
Luis Hector Mateos dice
A mi no me aparece en cuentas tributarias el saldo a favor, y la decla de febrero se vence el lunes, lo dejare para este mes
melisa dice
buenas. yo rectifique diciembre pero no me desconto los 1800 sino 1169,69, alguien sabe porq sera? son solo 2 empleados y no se pago el 931 original
GABRIELA dice
NO FUNCIONA EL SISTEMA DE CUENTAS TRIBUTARIAS Y EL LUNES SE EMPIEZAN A VENCER LAS DECLAS… QUE HACEMOS????
LILIANA ANDREA dice
Ignacio, buen dia, Tengo empleados con sueldos superiores al tope de 159.028,80, pero declaracion en linea me toma la remuneracion 1, 4 y 5 en 163.028,80 es decir suma los 4000 de incremento solidario que se carga en item aparte. Esto me genera problemas con la liquidacion del sueldo, dado que le hice las retenciones sobre los 159.028,80. Hay alguna resolucion que diga que habia que adicionarlo al tope?
No es por los topes, es porque al sueldo que informas (columna 264 del txt), le tenes que restar los 4000, porque la columna del dato adicional hace que se duplique la información sino
en el caso de convenio de FARMACIA y UTEDYC que aumentaron los basicos compensando el incremento solidario, , en el 931 se puede informar el incremento solidario de 3000 y 4000 en enero y febrero? o solo lo pueden tomar quienes no cerraron paritarias.
si alguien puede decirme…
gracias
hola Ignacio, me podrías decir como seria el formato TXT para subir febrero en declaración en linea ya que con los cambios que hay agregando la Rem 11 al formato TXT anterior no lo valida.
Veo que en declaracion en linea, ya está implementado la posibilidad de informar el incremento solidario. No obstante, cuando trato de hacer una ddjj por libro de sueldos digital, habiendo configurado el incremento solidario tal como lo indicó afip, no se discrimina dicho concepto, y por lo tanto, tampoco resta de las remuneraciones 2 y 3. A alguien le pasa lo mismo?????
En realidad no lo resta, lo informa en la remuneracion 11 y lo tiene en cuenta para no aplicar la contribucion de 10,77%
Holaa!!! una consulta, estoy realizando el 931 mediante la pagina de AFIP Declaracion en Linea, en Incremento salarial pongo los 4000 y los 10000 en la detraccion pero al querer guardar me indica que tengo que tomar los 7003, en este mes se liqudiaron vacaciones, con los empleados que se les liquido las vacaciones no me tira ese error, como podre soluacionarlo’?
Gracias!!!
Los 10.000 no los tenes que informar en ningun lado, si la empresa tiene menos de 25 empleados descuenta directamente los 1800 del total a pagar. Los 4000 van detallados en datos complementarios de cada empleado en el item incremento salarial y si tiene certificado pyme te exime de la contribucion de 10.77%
Hola pude compensar el de enero del 2020 pero el de diciembre no lo puedo hacer ya que ni aparececomo saldo a favor , a alguien le paso lo mismo y como lo solucionaron?, ademas de no estar claro por parte de la afip,, la pagina anda de a ratos . gracias
Hola Maria, liquidaste con el servicio declaracion en linea y te aparecio el saldo a favor en sistema de cuentas tributarias?
Consulta, las empresas sin fines de lucro que no contribuyen por el concepto incremento solidario, al reducir la remuneración 2 y 3, también le genera una reducción en las contribuciones de tareas diferenciales? Por de la original a la rectificativa se me redujo la contribución de sipa y la de tareas diferenciales. Muchas gracias por sus respuestas
Los 1800 se pueden Imputar a cualquier deuda? o Solo a Contribuciones de Seguridad Social?
Ojo que si se utiliza para re imputar un valor menor a 1800, luego no deja seguir re imputando.
Hay que usar todo el saldo en una sola operación. Me paso con una empresa de un solo empleado donde los 1800 sobrepasan el valor de la Contribución de Seg Social de febrero.
Me paso lo mismo, cómo has hecho con el saldo que te queda? será que hay que solicitar por multinota?
Ignacio, como estas ?
Una consulta, en el periodo 12-2019 perfecto se rectifica sin tocar nada y el beneficio es automatico y veo los 1.800 pesos menos. Ahora bien, a la hora de rectificar el periodo 01-2020 que tengo el beneficio de la detracción por los 10.000 y también esta el incremento solidario que se le dio a los empleados en sus recibos de sueldo, dicho incremento según la ley no paga contribuciones al SIPA con el certificado pyme al día, como hago para acceder a ese beneficio ? saco del básico el importe de ese incremento solidario y lo pongo en la solapa que agregaron nueva ? o eso no se debe hacer en el periodo de 01-2020.
Saludos y gracias
Tengo la misma duda.
Hola me pasa que me da mas de $ 1800 de saldo a favor presentando la DDJJ rectificativa de 01-2020? Calculo que debe ser por el Incremento Solidario,pòrque cargo todo y las bases imponibles me dan bien,alguien le paso?
Aprovechalo y listo.