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SIRADIG: AFIP habilitó la carga del F572 WEB 2023

2 enero, 2024 Por Ignacio 33 comentarios

Índice de Contenidos

  • ¿Quiénes tienen que hacer la presentación con este sistema?
  • Impuestos sobre Créditos y Débitos en Cuenta Bancaria
  • Retenciones y percepciones aduaneras
  • Ajustes por montos retroactivos
  • Ajustes por sociedades de garantía recíproca
  • Percepciones por operaciones en moneda extranjera – RG 4815
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

La AFIP habilitó la carga de F572 WEB en el SIRADIG Trabajador.

SIRADIG 2023 Carga de Percepciones

¿Qué es el SiRADIG?

El SiRADIG es el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias que permite a los empleados transmitir a sus empleadores la información correspondiente de manera electrónica y automatizada.

Así el trabajador presenta el F. 572 web con los conceptos a deducir, las percepciones que le hubieran practicado o los ingresos extra que tuviera en caso de tener otro empleo.

¿Quiénes tienen que hacer la presentación con este sistema?

La presentación debe hacerse hasta el 31 de marzo de cada año y le corresponde a:

Quienes tengan ingresos por cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación, cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.

Los empleados en relación de dependencia.

Los jubilados, pensionados, quienes tengan retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto sean por su trabajo personal y siempre que hayan estado sujetos al pago del impuesto. También están incluidos quienes tengan rentas de planes de seguros de retiro privados que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia provisional y sean administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Los socios de cooperativas de trabajo, excepto los consejeros.
Las retribuciones que perciben los actores a través de la Asociación Argentina de Actores.

Carta de retenciones, percepciones y pagos a cuenta

Impuestos sobre Créditos y Débitos en Cuenta Bancaria

Podés informar como pago a cuenta:

  • 33% del impuesto percibido a la tasa del 6%º -seis por mil- originado en las acreditaciones realizadas en la cuenta bancaria.
  • 33% del impuesto ingresado o percibido alcanzado por la tasa del 12%º -doce por mil-.

Retenciones y percepciones aduaneras

Tené en cuenta que si estás obligado a presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias utilizando el aplicativo, tenés que computar las retenciones o percepciones aduaneras dentro de esa declaración jurada y no con el 572 web.

Ajustes por montos retroactivos

En este ítem corresponde cargar el monto de los ajustes de salarios de años anteriores pagados por otro empleador y cobrados durante el período que estás declarando.

Ajustes por sociedades de garantía recíproca

Si te corresponde, en este apartado debés informar la CUIT de la sociedad y los aportes efectuados durante el año calendario que se está declarando. En el sistema vas a ver que podés brindar esta información desde la solapa de ajustes y también desde la solapa “deducciones y desgravaciones”.

Percepciones por operaciones en moneda extranjera – RG 4815

Podés informar las percepciones que te realizaron por:

  • Compra de moneda extranjera.
  • Adquisición de bienes o servicios en el exterior con tarjeta de crédito, débito o compra.
  • Contratación con tarjeta de crédito, débito o compra de servicios prestados por sujetos no residentes.
  • Contratación de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.

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Publicado en: AFIP, Laboral

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Comentarios

  1. -
  2. A.D.R dice

    22 febrero, 2024 a las 9:00 pm

    B Tardes Guiero cargar la presentacion de ganancias Personas Humanas F711 . DDJJ 2023. y no me lo permite el aplicativo AFIP sera que no esta habilitado a tal fin todavia ?

    Responder
  3. Adrián Montaña dice

    19 enero, 2024 a las 10:53 pm

    Hola, me equivoque y puse periodo 2023 cuando hice el form 572, debo hacer rectificatoria?.. gracias

    Responder
  4. juan pablo dice

    10 enero, 2024 a las 12:29 pm

    al 10/01/2024 el siradig 2024 sigue sin aparecer….

    Responder
    • Daniel dice

      11 enero, 2024 a las 8:29 pm

      El lunes 9 consulte con mi AGENTE DE RETENCIÓN, y estaban al tanto de que no se puede cargar el F572,

      Responder
  5. majo dice

    9 enero, 2024 a las 12:02 pm

    Entiendo que la ley de ganancias vigente al 8/1/2024 no acepta deducciones por lo que no seria necesario hoy llenar el f572

    Responder
    • Alberto dice

      10 enero, 2024 a las 10:46 am

      Al parecer si se deberían poder cargar por lo que se indica en este documento

      https://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes/ganancias/personas-humanas-sucesiones-indivisas/deducciones/documentos/2024-deducciones.pdf

      Pero, al igual que al resto no me aparece la opción de cargar el f572 período 2024.
      Necesito cargar las deducciones por hijo, alguien tiene información sobre esto ?

      Responder
  6. Nathalia dice

    8 enero, 2024 a las 10:32 pm

    Buenas noches, no me aparece en el Siradig el periodo 2024 . Alguien en la misma?

    Responder
    • Liliana Inés Gaitán dice

      9 enero, 2024 a las 11:50 am

      Si, estoy en la misma.
      Por ahora sin novedades!

      Responder
      • MARCELO dice

        9 enero, 2024 a las 6:34 pm

        Esperando que habiliten el año 2024

        Responder
  7. Paula dice

    8 enero, 2024 a las 7:32 pm

    Buenas. Alguien tiene alguna novedad del período 2024? Necesito cargar el formulario para que no le retengan a mi cliente que es jubilado por lo cual presento el formulario mes a mes, y aun no está el nuevo período.

    Responder
  8. Ana dice

    8 enero, 2024 a las 2:05 pm

    Hice la Consulta a AFIP y me contestaron : “Le informamos que, actualmente, en el servicio SIRADIG no se encuentra disponible el Periodo Fiscal 2024.
    Sugerimos que verifique las novedades que se publiquen en la página del organismo
    http://www.afip.gob.ar”

    Pero no hay ninguna novedad, que hacer en estos casos?

    Responder
  9. Karina dice

    7 enero, 2024 a las 5:58 pm

    Domingo 7 de enero y el f572 año 2024 sigue sin aparecer, que paso? un cliente jubilado necesita presentarlo todos los meses para q le paguen la jub sin retencion. Gracias

    Responder
    • Viviana Greco dice

      8 enero, 2024 a las 11:08 am

      Me pasa lo mismo. 🙁

      Responder
    • livio dice

      8 enero, 2024 a las 10:45 pm

      8 enero 2024, 22:45 hs, tambien sin poder cargar formulario f 572 periodo 2024, no aparece, hmmm que se traen estos..!

      Responder
  10. Laura Bogarin dice

    5 enero, 2024 a las 9:11 pm

    Alguién sabe porque no se habilitó la carga de siradig 2024?

    Responder
    • Alicia dice

      16 enero, 2024 a las 4:37 pm

      Hola: porque no está resuelto lo de ” Ganancias” 4º categoría
      Saludos y buena suerte para todos nosotros!!!

      Responder
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