La AFIP habilitó la deducción de de las percepciones del 35 por ciento en el F572 para trabajadores y jubilados.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el procedimiento para que los trabajadores y jubilados que pagan ganancias, puedan solicitar la devolución la de las percepciones del 35% que rige desde el 16 de septiembre pasado a cuenta de ese Impuesto y de Bienes Personales por compras de moneda extranjera o consumos en dólares, establecido en la RG 4815.
En enero, AFIP había habilitado el procedimiento par que quienes no pagan ganancias ni bienes personales pudieran realizar el trámite de devolución, pero estabe pendiente la posibilidad para quienes estando en relación de dependencia pudieran descontar el pago a cuenta.
Pasos para informar las percepciones
Para eso, AFIP habilitó en el formulario 572 dentro de la aplicación SIRADIG trabajador la deducción de esta pecepción, para lo cual se debe ingresar y buscar la siguiente pantalla:
Opciones de carga:
- Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. a)
- Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. b)
- Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. c)
- Percepciones efectuadas por agencias de viajes y turismo (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc.
- Percepciones efectuadas por servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. e).
Tiempo para cargar percepciones 2020
Hasta el 31 de marzo los empleados podrán cargar las percepciones que se hicieron hasta el 31 de diciembre. En ciertos casos, la AFIP ya cuenta con los datos cargados; mientras que en otros, es el contribuyente quien lo debe hacer de forma manual.
Devolución de las percepciones
En abril, cuando el empleador realice la liquidación anual del período fiscal 2020, aplicará esta y todas las deducciones informadas por ese periodo. Y en caso de corresponder, realizará la devolución a los trabajadores.
Me podría decir si corresponde a mi caso.
Hola, para el caso *Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. b)
¿Quien es el agente de retención? El banco? La tarjeta?
Banco
ingresas al F572 y te lo trae automáticamente
No funciona. En Mis retenciones aparecen detalladas pero en siradig dice que no las tengo.
En banco ciudad pasa lo mismo, pero si entras en siradig, en percepciones por compra de bienes ahi estan las mismas que estan en Mis aportes. explicaron que ahi hay que tildar
Hola! Dependiendo el monto que se cargue por agente de retención, te deja grabar el ítem de la percepción o te da un mensaje de error diciendo:
* SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO
Como se debe proceder??
Adicional te consulto,si la tarjeta cerro el 31/12, pero el vencimiento fue el 4/01, puedo cargar la percepción en el Form. De Siradig 2020? Seria mes de Diciembre?
Muchas Gracias!!!
Buenas noches. La fecha de corte es 31/12. Corresponde mes dic. Saludos
Sera un error. O explicitamente estas retenciones no van a ser devueltas por ese mecanismo?
entiendo q es por percibido, con lo cual lo que pagaste en 2021 corresponde deducir en ese periodo
Me pasa lo mismo, lo corregiran???
Me aparece el mismo mensaje cuando pongo los datos de la factura de Despegar.com que no esta cargada.
No me deja cargar ni hacer el reclamo, alguien sabe algo?
En las automáticas aparece con un mes posterior. A mi me pasa lo mismo: tengo consumos de DIciembre con fecha de corte el 20/12 y vencimiento en enero y la AFIP no me las presentó en Diciembre.
me pasaba lo mismo cuando cargaba las retenciones de cada mes del Banco Nacion por compra de moneda extranjera. tenía 2 compras en nov y una en dic.
Probé cargando una sola de nov (monto exacto de la retención) y la de dic y pasó bien. Lo malo es que no me van a reintegrar la 2da de noviembre, pero por lo menos creo tengo chances que reintegren el resto.
no te permite cargar mas de un mes por entidad bancaria. Si tengo tres meses de compra en un mismo banco me toma una sola, las otras dos las rechaza. supongo que sera un tema del soft que deben ajustar, a alguien le pasa¡?
Me paso lo mismo ya probe de todas formas incluso cargando todas juntas en solo mes y me dice : SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO
Tengo 3 compras a través del banco nación, una por oct, no y dice y no me permite cargarlas me dice que tengo que hacer la presentación de la que hablan más arriba. Lo solucionaran?
Hola! Prueben cargando una sola línea por entidad bancaria pero colocando período por ejemplo, octubre – diciembre y carguen el monto TOTAL de la suma de esos meses.
A mi me lo tomó así automáticamente.
Saludos!
hola pamela, te consulto, como hiciste para cargar periodo, porque cuando yo ingreso me figura solamente “agregar mes individual”
yo probé de cargar todo en un mismo mes y me indica que debo hacer la presentación ante programa de asistencia al ciudadano. Incluso intenté eliminar por completo y volver a cargar otra manual y mismo caso, lo mismo ocurre si intento cargar en otro inciso (ej. compra a agencia de viaje utilizando el CUIT de la entidad bancaria). Es como que queda indicado que para dicho CUIT solo permite en todo SIRADIG la carga de un comprobante manual. Realmente me parece un error del sistema… pero… no estaría seguro que lo resuelvan rapidamente, al menos antes de la fecha límite para presentación.
ME PASA LO MISMO, YO COMPRE EN NOVIEMBRE Y DICIEMBRE, SI CARGO SOLO NOVIEMBRE, O SOLO DICIEMBRE ME LO TOMA, AHORA CUANDO CARGO LOS DOS MESES JUNTOS SALE EL MISMO CARTEL DE ERROR PARA IR A HACER EL RECLAMO AL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO, HICE EL RECLAMO POR AHI Y NUNCA ME RESPONDIERON… NO PUEDE SER QUE SIEMPRE ESTE GOBIERNO DE MIERDA CON TRAMPAS, NUNCA LAS COSAS CLARAS, NUNCA SE CUMPLEN LAS REGLAS DE JUEGO, ME TIENEN RECONTRA PODRIDO, DESMORALIZAN AL BUEN CONTRIBUYENTE, INCENTIVAN A QUE HAGAMOS TODO POR EL LADO DEL CURRO, ME ESTOY HARTANDO LOCO, POLITICOS DE MIERDA
Buenas tardes. Pudiste solucionar ese mensaje que te arrojaba? Me pasa lo mismo.
Consulta: Mi suegro es jubilado y le retienen ganancias mensualmente por $300 y gastos en los ultimos meses 17000 pesos de impuesto pais. Como le van a devolver esas percepciones?
Buen día soy Eduardo mi consulta es a mi me descuentan el impuesto a las ganancias yo podre realizar el SIRADIG F572 carga percepciones 35% Ganancias RG4815 AIFP
Y como debiera Aser
Por lo que estuve leyendo en varios foros, a todos los que no les trae automaticamente la compra de dolares y las quieren cargar de forma manual, el sistema tira error si cargas mas de mes en un mismo cuit (banco ciudad por ej).
Tira el error ´´SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO“
alguna solución??
Buen dia yo tengo la misma consulta que Sabrina: SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO
Como se debe proceder??
Me ocurre lo mismo al querer cargar mas de un mes . El tema que al acceder a Asistencia al Ciudadano nunca esta la opción para adjuntar el comprobante o presentar el tramite. Alguno hizo la presentación. Me ocurre en mas de un contribuyente
Estoy igual.. las percepciones del hsbc no me aparecen automaticas, manual no me deja cargarlas pero en la info de mis percepciones figuran ok..
Entra a percepciones por compra, y ahi deberian estar, al menos banco ciudad hace eso.
Buenas,
Yo tengo percepciones por compras de USD y viajes muchos mayores a lo que mi empleador me retuvo. 1ro presento el F572 para que el me devuelva lo que me retuvo. Y la diferencia como la solicito?
tengo q esperar a la liquidación de mi empleador en abril? no pago Imp bs Personales
Muchas gracias
EL EMPLEADOR EN ABRIL DEBE REINTEGRARTE LO QUE TE DESCONTÓ DE MÁS EN EL 2020.
HAY 2 SITUACIONES:
1-SI EN ABRIL TE CORRESPONDE PAGAR GANANCIAS, SE DESCONTARÁ DEL MONTO DEL IMPUESTO CALCULADO PARA ESE MES, Y DE AHÍ SURGIRÁ LA DIFERENCIA A FAVOR O EN CONTRA.
2-SI EN ABRIL, NO TE CORRESPONDE PAGAR, TODO LO QUE TE RETUVIERON COMO 35%, SERÁ A TU FAVOR Y EL EMPLEADOR DEBE DEVOLVERLO.
En el caso de un empleado que supongamos le retuvieron en todo el año $ 1000 y tiene percepciones por $ 12000.
Como hay que proceder? Informar por siradig hasta mil y el resto solicitarlo por el sistema ya vigente o todo se informa en siradig?
Gracias.
EL SIRADIG DEBERÍA TOMARTE TODO EL MONTO AUTOMÁTICAMENTE. SI TE FALTA ALGO, DEBERÍA PODER INGRESARLO MANUALMENTE
SIRADIG NO DEJA CARGAR DATOS MANUALEMNTE. SOLO UN PERIODO MENSUAL POR BANCO
me pasa lo mismo
* SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO.
cuando cargo más de 1 mes me sale ese error y en paralelo cunado arranco la carga tira el error siguiente.
No existen percepciones informadas a tu nombre por compra de billetes y divisas en moneda extranjera para el 2020. Si tenés los comprobantes de respaldo, tendrás que cargarlas en forma manual.
la AFIP siempre haciendo las cosas complicadas para devolver dinero.
Me pasa igual. Supongo solucionarán, porque en el listado de percepciones me aparecen, pero en Siradig no.. debe ser un error que aún no han depurado
Buenas compre pasaje en el mes de diciembre que pasos a seguir debo realizar
Hola! Tuve retenciones de ganancias durante 2020, por lo cual debo usar este mecanismo de pedido de devolución. Ahora bien, me desvinculé de mi agente de retención en 09/2020, y en 01/2021 he vuelto a relación de dependencia con otro agente de retención, a quién (y cómo) debo efectuar el pedido de devolución por las percepciones de la RG 4815?
Gracias desde ya!
A mí me pasa con las percepciones mayores a $ 10.000.-, las de menor importe, aunque sean del mismo período me deja cargar sin problemas. De 16 conceptos que tenía para cargar, me dejó cargar 13, los 3 mayores a $ 10.000.- no me permitió cargarlo y me salió el cartel de “ASISTENCIA AL CIUDADANO”
Me pasa lo mismo. Simulé devoluciones y te las toma hasta 10.000 inclusive. A partir de 10.001 te las rechaza con el mensaje de “ASISTENCIA AL CIUDADANO”.
Buenas tardes! Ya comenzaron a hacer las devoluciones para aquellos que presentaron la solicitud por “Devolución de Percepciones”, trabajadores que no pagaban ganancias y bs personales?
Pasos para solicitar la devolución
Para solicitar la devolución de percepciones hay que habilitar la aplicación “Devolución de Percepciones” Solicitud para la devolución de la percepción del 35% para quienes no son contribuyentes de los impuesto a las Ganancias o Bienes Personales – F.1746
05/01/2021
HAY QUE LEERLO SIEMPRE A IGNACIO
Hola! quiero cargar los 3 meses de la percepcion y cuando quiero cargar el 2do mes me sale esta leyenda
* SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO.
es un error del sistema ? o se carga todo en diciembre los meses .
Pedro
Buenas, veo que a mucha gente cuando quiere cargar la percepción por compra de moneda extranjera en el siradig en el item “Agregar Retenciones, Percepciones y Pagos a cuenta” opción a) Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. a)
no le trae la información de las percepciones automáticamente que aparecen en el SICORE y al tratar de cargarlas manualmente no hay inconvenientes al cargar el primer mes del 2020 pero al cargar el segundo mes les da un error y le muestra la leyenda:
“SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO”.
Me paso lo mismo
Se me ocurrió entrar a la opcion b) de “Agregar Retenciones, Percepciones y Pagos a cuenta”
b) Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. b)
Y para mi asombro todas mis percepciones por compra de moneda extranjera estaban cargadas automáticamente ahí con la siguiente leyenda:
”Los datos a continuación fueron informados por agentes de percepción para el concepto “Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior” (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. b)”.
Deduzco que el banco informo mal a la afip o sea, que una percepción por compra de moneda extranjera la informo como percepción por la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior
Prueben la opción b) mencionada arriba y vean si sus percepciones por compra de moneda extranjera aparecen automaticamente ahí como me paso a mi.
Voy a consultar con mi contadora si es valida cargarlas asi como las informo el banco que me efectuo la percepción
Saludos
Buen dia. Segui tu comentario y tambien me aparecen en el punto b. Entiendo que estaría Ok, en realidad es una percepción a recuperar. En mi aso el contador me indicó que la presente y si hay algun inconveniente se rectificará. Si tenes alguna otra indicación, te leo. Gracias!
Sabes que si? sabes que si?????? aparecen como compras con tarjeta de credito, en mi caso era el banco ciudad, imagino que todos tienen probelmas con el mismo banco.
Yo lo cargo asi me importa un huevo lo que diga la AFIP que devuleva la guita de una vez por todas.
Si, yo tambien tuve ese inconveniente y fue con el banco ciudad
Si ! Banco Ciudad
Aclaro que fue con el banco ciudad la compra de divisas y que a varios les paso lo mismo con este banco
Gracias Leo, si no fuera por vos ni se me hubiese ocurrido fijarme en los gastos con tarjeta.
Saludos!
genial
Gracias Leo por compartir tu descubrimiento. Me ayudaste mucho porque me paso lo mismo que vos
Mil gracias x tu aporte!!!!!
genio Leo también me paso con banco ciudad, sabrás vos si hay que hacer algo por parte nuestra o ya con figurar como compra por tarjeta nos lo devuelven el 35% descontado???
Un genio LEO!!! ahi estaba todo. Muchas gracias!!!!
Se ve que los bancos informaron todas las retenciones bajo el mismo concepto de compras con tarjeta… para simplificarse la vida
Deberian informar por mail los bancos que lo hicieron asi.
La página se carga mal, no carga el CSS. No utilizo ningún bloqueador de publicidad ni nada.
Buenos días. Cómo sería en mi caso?
Trabajé hasta mayo. Me descontaron ganancias a mitad de año y hasta el día de la fecha continuo suspendida con un goce de sueldo del %. debo presentarlo por siradig?
Yo no tengo retencion por ganancias, compre dolar y en Mis Retenciones me sale los montos de los meses retenidos, cuando voy a la liquidacion, segun los pasos, me sale saldo cero.
buenos dias, consulta,
en 2020 trabaja para empleador x y en 2021 estoy con empleador y.
a cual de los dos debo presentar el recupero ?
Si el empleador x, al terminar la relacion laboral te devolvio lo retenido de mas por el año 2020, entonces el 2020 lo terminaste como una persona sin empleador. Por ende deberas pedir el reintegro por la via ordinaria. El empleador del 2021 nunca te retuvo lo del 2020 y por eso no te lo va a devolver
Buen día
A mi se sale ya precargado en:
Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta
Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020
a. Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. a)
HSBC BANK ARGENTINA SA – CUIT: 33537186009 – $ 350
Octubre – $ 100
Noviembre – $ 250
Carga Automática – Carga Manual
Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta
Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020
c. Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. c)
HSBC BANK ARGENTINA SA – CUIT: 33537186009 – $ 100
Octubre – $ 50
Noviembre – $ 30
Diciembre – $ 20
Carga Automática – Carga Manual
En ambos casos, haciendo click en el botón de carga automática, que tal como indica la palabra se cargaría automáticamente a el formulario F572.
Genero el borrador y luego se presenta al empleador.
Estoy en lo correcto?
Nota: Los montos mencionados, son ficticios a modo de ejemplo.
Desde ya muchas gracias.
TE CONSULTO SOLO TOMA DESDE OCTUBRE? SI TENES TODO EL AÑO EN MIS RETENCIONES Y EN SIRADIG SOLO ME APARECE OCTUBRE Y NOVIEMBRE
Me pasa lo que a muchos, no me deja cargar una retención mayor a 10 mil y tengo la duda de si se debe cargar lo que compré en diciembre y venció en enero. Gracias
Yo probé hacer carga manual, y te deja hasta el limite de 10.000$ . Si pones $10.001 ya no te deja y te tira el error. Parece una avivada de afip… si es claro que si compraste 600 usd, te tienen que devolver cerca de 18 mil pesos. Sus benditas trabas para quedarse con la plata de uno
A mí me pasa parecido a muchos. a) No me deja cargar montos mayores a 10 mil. b) Quisiera que alguien me explique si las compras de diciembre cuyo resumen de tarjeta vino en enero, corresponde incluir en la decla de 2020 o en la del 2021. Porque automáticamente no las está tomando así que habría que cargarlas a mano pero quisiera saber si corresponde cargarlas o son para este año. Gracias.
podes entrar con clave fiscal y consultarlo en mis retenciones ahí te da todos los dato de la percepción
Hola, alguien pudo solucionar este tema?
“SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO”.
En mi caso es una retención por compra en el exterior que el banco no informó, o sea que la tengo que cargar en forma manual pero no hay forma de hacerlo en “Asistencia al ciudadano”.
Gracias!
Hola, tengo una duda por si alguien sabe, si mis percepciones son mayores a mis retenciones, donde debo pedir la devolucion de lo restante?, porque segun entendi el empleador solo va a devolverme lo que retuvo. Pero el resto donde deberia pedirlo?.
Gracias!
Hola,, me pasó exactamente como a Luis,, es correcto? Está bien hecho? Y presente el formulario 572,, y ahora que se hace
Hola, por lo que veo el error SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO es por una cuestión de monto. Si cargo dos meses me aparece este error pero si el segundo mes cargo un monto menor a 11k entonces me deja avanzar… Dudo que sea error de sistema eso…
Slds.-
a mi me sale el mismo error, sea mayor o menos a 10mil, son gastos de tarjeta de noviembre que se pagaron los primeros días de diciembre y todavía no aparecen automáticamente.
en ninguno de los dos casos me deja avanzar.
Alguien sabe como cargarlos?
Gracias por la información, siempre muy claro, Te consulto por el tema de las deducciones por “Gastos de Equipamiento” relacionado con el teletrabajo, se pude considerar la electricidad e Internet entre otras para deducir en el lF 572. Cual es tu opinión? Muchas Gracias
Bco de la Nacion ha cargado mis retenciones por compra moneda extranjera recien en 2021, sera por eso que no aparecen en forma automatica. Mis Retenciones si informa todas las percepciones realizadas.
atte.
Buenas tardes, te consulto lo siguiente, trabajo en relación de dependencia y mi empleador no me descontó Ganancias en el recibo de sueldo durante el 2020 y nunca antes tuve que pagar porque no llegaba al mínimo no imponible. Por lo tanto nunca estuve inscripto en Ganancias ni en Bienes Personales. Ahora, revisé los recibos de sueldo del 2020 y veo que me pasé del mínimo no imponible por 30 mil pesos netos anuales y mi empleador debería haberme descontado $1500 durante el 2020 pero no lo hizo. Si presento el F752 web a mi empleador antes del 31 de marzo, podría deducir las cuotas de la medicina prepaga y como el máximo que se puede deducir por la prepaga es un 5% de esos 30 mil pesos, quedaría en cero con AFIP. La duda que tengo es si además debo agregar en el SIRADIG el 35% de la compra de dólares del 2020 porque ya pedí el reintegro del 35% con el formulario 1746 ya que no me descontaron nunca ni estuve inscripto en Ganancias ni en BBPP. ¿Qué conviene hacer en este caso? ¿Cargo la percepción del 35% también en SIRADIG o sólo cargo las cuotas de la prepaga para quedar sin deuda con AFIP cuando mi empleador presente mi declaración anual, y la percepción del 35% que siga su curso por el F1746?
Hola gente de Ignacio On line, en la compra de divisas, tengo la certeza de que el mismo banco dirije el impuesto del 35% o al impuesto 217 (Gcias) o a 219 (Bs personales), Si una persona tiene esa percepciones en el impuesto 219 (y no tributa) pero es empleada en relacion de dependencia y le retuvieron ganancias en recibo de sueldo en el ejercicio fiscal involucrado…. CONSULTA: las puede informar en el F572??? 100% seguro que no van a figurar como precargadas, y se podrian a llegar a cargar manualmente. El empleador devolvera seguramente, pero ese empleado, que cargo una percepcion de un impuesto (219) con destino a otro (219), podria llegar a ser notificado por afip. Puede aducir que nunca le consultaron a que impuesto dirigir esa percepcion. Que opinan?
Hola muchachos, alguno sabe como es el tramite en el caso que la percepción sea mayor a la retencion anual de ganancias? como se pide el saldo restante por devolucion f746? porque la ultima la afip tardó 2 años en aprobarla. son de terror.
GRacias!
Una consulta, un trabajador en relación de dependencia que no le descuentan ganancias y que hizo el pedido de las percepciones del 35% mediante el formulario 1746, ¿debe además cargar las percepciones del 35% en el SIRADIG? Gracias.
Se me presenta el mismo error “SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO” alguien pudo solucionarlo ?
¿Has podido solucionarlo? Sigue exactamente igual
Esta solapado el cruce de datos banco/afip es decir si tus percep debieran figurar en el item a) aparecen en el b) si debieran aparecer en el b) están en el c) y así sucesivamente slds.
yo tengo banco ciudad y me pasa lo mismo. las cargue en la opcion a) pero cuando llego a los $10000 me tira error y me pide asistencia al ciudadano. Entiendo que debe ser algun error que deberan arreglar
Al querer cargar pasajes por aerolineas no aparece automaticamente y al cargarlo me aparece: “Si tenés que cargar más percepciones, tendrás que realizar una presentación ante el Programa de Asistencia al Ciudadano y adjuntar el comprobante respaldadorio.” Alguna novedad al respecto???
[Solucion] Me aparecieron automaticamente en la opcion —-> Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. b)
A mi me aparece casi perfecta la carga automatica, pero el banco Galicia informo solo el periodo de Octubre cuando deberia tambien tener Noviembre y Diciembre. A alguien mas le paso? La carga manual solo me permite poner 1 tarjeta y tengo 2 de ese banco (sin mencionar que no me lo toma y me tira el error de Portal del ciudadano”.
A mi también me esta faltando el periodo de Noviembre y Diciembre de Galicia.
Cuando las cargo manualmente no puedo guardar y me dice:
SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO
Alguien ya lo soluciono?
Hola alguien sabe si este mensaje es correcto ? Recien volvi a intentar cargar estas percepciones informadas con codigo 219 y sigue saliendo la imposibilidad de cargarlas
“SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO”
Alguien ya lo soluciono?
Es un error ? Se empieza a achicar el tiempo de presentacion y no se como resolverlo. Nadie dice si es un error o no . Inicie una consulta en la web de la apif pero no tuve respuesta
Buenas tardes, mismo problema, vengo consultando a AFIP via mail y no contestan la pregunta, creo que no entienden que desde programa de asistencia al ciudadano no se hay ningun lugar donde adjuntar comprobante.
Trato de comunicarme telefonicamente y tampoco. Entiendo que es por el monto de las retenciones, mas de 10.000 $ no te deja cargarlo.
Si alguno lo solucionó, por favor avisa
Yo estoy en la misma situación, cada ticket que abro me responden que adjunte el comprobante, incluso les puse que me dijeran como adjuntar el comprobante.
No entienden.
Si alguien encontro la forma de adjuntar el comprobante o la forma de hacer un ticket con comprobante si puede compartir.
Y si, es para devoluciones mayores a $10.000. en el mismo mes para el mismo banco.
Gracias
Hola
Consulta empleado bajo relaciona de dependencia (que no es alcanzado por ganancias) y a su vez en Monotributista.
La solicitud de devolución del 35% ¿Se debe hacer mediante el F572?
Les consulto por que al ingresar e intentar hacer el formulario 1746 me informa que debo realizarlo por el F572
En ese caso ¿Cuál es el mecanismo de devolución?
Gracias
Debería ser por el 1746, pero si indica eso es posible que haya sufrido alguna retención en el 2020
¿Alguno pudo solucionar el error? “SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO”.
Gracias
Nada, sigo esperando respuesta de AFIP y por ahora nada. Ya veo que no nos devueven las retenciones
Estoy en la misma situacion, hice n tramites con el programa de Asistencia al Ciudadano y me responden que adjunte el comprobante, cosa que es imposible hacerlo por la página.
SI alguien sabe como adjuntar el comprobante.
Hola a todos, veo que muchos tienen el mismo problema que yo, y como ya tuve respuesta de afip paso a detallarles, spoiler: No les va a gustar la respuesta…
Me respondieron que las percepciones por la compra de moneda extranjera se cargaron por mi agente de retención (Santander Rio) como 219 en lugar de 217 y por eso se me tomaran en cuenta solo para bienes personales… y no para ganancias. Error del banco? ni idea, Afip argumenta que como tengo que presentar declaración de BBPP que las cargue ahi…Donde tendré saldo a favor por el resto de mi vida activa.
Si alguien encuentra la solución a esto bienvenida, yo seguiré buscando la forma de recuperar mi dinero
Saludos a todos
Ezequiel,
1) Ves ese importe en el reporte de retenciones y/o percepciones con el 219 en el reporte de “Mis Retenciones”, yo no lo veo.
2) Fue con Visa?,
3) Que es el BBPP
Gracias
FAR
Hola Far, intento responderte:
1) Cuando voy a Mis Retenciones” en la pagina de afip ahi las percepciones por compra de moneda extranjera me figuran como 219. Por eso Afip me las computa a bienes personales.
2) Fue compra de moneda extranjera por Home Banking
3) BBPP es Bienes Personales, perdón por la abreviatura ya estaba cansado de tipear!!
Saludos
Ezequiel
Que hdp .. gracias a tu comentario acabo de darme cuenta que también me lo imputaron ahí … tengo montos altos de retenciones por compras con tarjeta en el exterior y me lo computaron a un impuesto que no pago … te agradecería si tenés algún dato de como poder recuperar o cambiar eso a ganancias , que si es un impuesto que pago.
Saludos !
Gracias Ezequiel,
Mi caso no tengo nada en el 219, no figura en el 217, y si en resumen de tarjeta Visa.
Sigo sin encontrar como hacer el reclamo y adjuntar el comprobante.
Me respondieron 2 veces que adjunte el comprobante y no hay forma el el Portal del Ciudadano.
Hice 10 reclamos más diciendo que me indicaran como adjuntar el comprobante y no tuve respuesta.
Siento que la AFIP me está robando.. Solo deja cargar en el Siradig importes hasta $10.000 de percepción.
Alguna sugerencia que puedo hacer?
Gracias
FAR
Hola. Mí consulta es respecto a las diferencias entre el inciso b y c.
Por ej. Si compraste algo en Amazon, se declara en el b?. Y si pagas Netflix, esto se declara en c?. O es al revés?.
Gracias.
Buen día!
Alguien supo como solucionar el tema de las percepciones por compra en el exterior?
Gracias!