AFIP estableció un nuevo procedimiento de solicitud de “Clave de Identificación” (CDI) para representaciones diplomáticas y otras entidades,
El sistema validará los datos ingresados en el aplicativo o arrojará una observación por inconsistencias detectadas. A tal efecto, el solicitante deberá subsanar las mismas e ingresar una nueva solicitud. Una vez validada la presentación, se deberá imprimir la constancia de “aceptación de trámite” y luego se deberá concurrir a la dependencia -correspondiente al domicilio de la sociedad o de su representante- con toda la documentación presentada por Internet.
Además, se establece que las sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas que no se encuentran sujetas a fiscalización estatal permanente deberán tramitar las solicitudes de inscripción y alta exclusivamente en el programa aplicativo denominado “MÓDULO INSCRIPCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS – F. 420/J – Versión 2.0”. El formulario generado será remitido a la AFIP electrónicamente.
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