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Aumentan al 20% la retención por compras con tarjeta en el exterior

18 marzo, 2013 Por Ignacio 30 comentarios

La AFIP resolvió elevar la retención de Ganancias y Bienes Personales a un 20% por adquisiciones con tarjeta de crédito fuera del país. También incluye a los paquetes turísticos adquiridos en agencias locales.

La Administración Federal de Ingresos Püblicos (AFIP), elevó el recargo por compras con tarjeta de crédito y débito en el exterior a un 20%. También incluirá los paquetes turísticos y pasajes terrestres, acuáticos y aéreos que se adquieran en Argentina, con destino fuera del país.

Según la resolución general 3450, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la AFIP determinó un
nuevo régimen tributario para quienes compren paquetes turísticos y
pasajes para viajar al exterior, por los cuales deberán abonar un 20%
sobre el precio de los mismos, alícuota que se les descontará de los
impuestos a las Ganancias o a los Bienes Personales.

De esta manera la AFIP, amplió el régimen de percepciones impositivas
que se aplica a las compras con tarjetas de débito y crédito en el
exterior, y a las operaciones con estos mismos instrumentos a través de
Internet.

En la Resolución se fijó que la percepción “se
aplicará sobre las operaciones de adquisición de bienes y prestaciones,
locaciones de servicios y adelantos en efectivo, efectuadas en el
exterior por sujetos residentes en el país, que se cancelen mediante la
utilización de tarjetas de crédito, débito o compra, administradas por
entidades del país”.

También se estableció que “resultan
incluidas las compras efectuadas a través de portales o sitios
virtuales y cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se
perfeccionen -mediante la utilización de Internet- en moneda
extranjera”.



Además, se determinó que quedan alcanzadas “las
operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a
través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y minoristas- del
país”.

También se incluyen “las
operaciones de adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y
por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país”.

En estos dos últimos casos, la percepción regirá tanto para el pago con tarjetas como en efectivo.

La Resolución fijó que “las percepciones que se practiquen por el
presente régimen se considerarán, conforme la condición tributaria del
sujeto pasible, pagos a cuenta”
de los impuestos sobre los Bienes Personales y a las Ganancias.

Asimismo, estableció que “deberán actuar en carácter de agentes de
percepción, las entidades que efectúen los cobros de las liquidaciones a
los usuarios de sistemas de tarjeta de crédito, débito o compra; las
agencias de viajes y turismo mayoristas y minoristas; y las empresas de
transporte terrestre, aéreo o por vía acuática, que efectúen el cobro de
los mismos”.

La AFIP puntualizó que esta ampliación del régimen existente se debió a
que se observaron “comportamientos defraudatorios en la tramitación de
operaciones de sectores vinculados a la adquisición de moneda
extranjera, principalmente con los códigos vinculados al turismo”.

En la misma línea, señaló que “se constataron operaciones concertadas de
manera irregular por parte de entidades que funcionaban como verdaderos
fugaductos de moneda extranjera del mercado cambiario oficial que
dieron origen a acciones judiciales por violación al régimen penal
cambiario y a la normativa relativa al lavado de dinero”.

Al respecto, precisó que “esta maniobra quedó cabalmente constatada
desde el momento en que uno solo de estos operadores pasó a concentrar
más del 40% de las transacciones desarrolladas bajo los códigos de giro
de divisas al exterior por turismo, situación que llevó a inhabilitar
preventivamente, para el operador Alhec Group, el sistema de validación
fiscal para estos conceptos”.

Añadió que “la casa de cambio señalada ayudaba a agencias de turismo y
viajes a perfeccionar la fuga de divisas al exterior, concertando
operaciones cambiarias que simulaban el pago de paquetes de turismo al
exterior por adelantado de particulares que no terminaban viajando”.

Del mismo modo, remarcó que “resulta por demás llamativo la conducta de
la agencia Viajes Ecuador Argentina, que operaba bajo el nombre de
fantasía Iberojet, que el mismo día en que la AFIP llevaba adelante los
allanamientos ordenados por la justicia, presentó y pidió su propia
quiebra”.

La AFIP destacó que en el marco de este régimen se procedió a “la
suspensión preventiva de CUIT de 15.984 contribuyentes que adquirieron
moneda extranjera con destino turismo y que, en función a la información
cruzada con la base de datos de migraciones, no viajaron al exterior,
falseando deliberadamente su conducta”.

Puso de relieve que “dentro de ese universo se detectó que 6.160
contribuyentes tienen registrada al menos una propiedad a su nombre y
que 6.228 poseen al menos un automóvil”, en tanto que “12.506
registraron ingresos superiores a 50.000 pesos al año”.

También aseguró que “otras entidades han concebido plataformas
defraudatorias con un mayor grado de sofisticación a los efectos de
perfeccionar maniobras que posibiliten la evasión fiscal, la fuga de
divisas y el lavado de dinero”.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP, compras con tarjetas, RG 3450

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. jose Adami dice

    26 noviembre, 2013 a las 6:42 pm

    Ignacio estoy haciendo un viaje al exterior y quería sacarme una duda, si en total de retenciones por gastos del exterior tengo $ 2.000 y trabajo en relación de dependencia donde mi empleador me retiene solo en el año $ 1.500. esos 500 pesos de diferencia los pierdo? Aclaro que no pago ningún otro impuesto. Si me lo podes responder te lo agradezco porque es algo que nadie me puede aclarar. Gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      27 noviembre, 2013 a las 3:21 pm

      Te va a quedar como saldo a favor

      Responder
  3. Anónimo dice

    1 julio, 2013 a las 2:33 am

    Hola, compre con mi tarjeta a medias con una amiga. Podemos cada una ingresar la retención que le corresponde? Ya que la misma supera mi retención de ganancias. Gracias

    Responder
  4. Lidia Dorin de Milsztain dice

    16 mayo, 2013 a las 2:06 pm

    ANONIMO
    DESDE HACE NAS DE 10 ANOS RESIDO EN EL EXTERIOR.DESDE SIEMPRE TENGO CUENTAS EN PESOS EN BANCO ARGENTINO, NUNCA EN DOLARES,,,,POR CADA COMPRA
    QUE REALIZO CON TARJETA DE DEBITO ME COBRAN 20 % es asi la ley ? o presentando "certificado de residencia " en el exterior no me la cobrarian. graciassss !!!!

    Responder
  5. Anónimo dice

    10 mayo, 2013 a las 6:48 pm

    Estimados les consulta compre un vuelo de cabotaje Mza – Bs As a través de Despegar y los precios era nen pesos. Observando los consumos de la tarjeta de crédito me lo facturan en Dólares y en consecuencia al cierre del resumen Afip va a recargar el 20%. Es correcto el recargo si el vuelo es interno? Desde ya muchas gracias

    Responder
  6. Anónimo dice

    29 abril, 2013 a las 9:43 pm

    comento mi caso particular a ver si alguien me ayuda. arme un paquete a medida en una agencia de turismo, los aereos se emitieron el 1 de marzo ya que estaban pagos en su totalidad (perfecto no me cobran el 20%) ahora bien, cancele toda la parte terreste y transporte el mismo día que salio la resolución (18 de marzo)ahora la agencia me pide el 20% de ese importe que abone el dia 18 marzo (entiendo que los vouchers no se emiten hasta una semana antes de viajar pero no es mi problema) ¿corresponderia pagarlo?

    Responder
  7. Anónimo dice

    24 abril, 2013 a las 12:45 am

    Buen día,
    hay un punto que creo que aún no está resuelto, o yo no lo entiendo, y desearía saber si alguno conoce la respuesta.
    Yo utilizo el SIRADIG para generar el f572, ya pude cargar las percepciones por las compras realizadas con tarjetas de crédito. Lo que no se observa es cómo se ingresarán las percepciones por las compras pagadas en efectivo. ¿Alguno conoce el tema?
    Saludos

    Responder
  8. Anónimo dice

    26 marzo, 2013 a las 2:53 pm

    hola !!! mi problema es que tenemos SEÑADO un viaje para abril…lo señamos en FEBRERO. y la agencia nos quiere cobrar el 20% mas sobre el valor que nos queda por pagar!!! esto es valido???? por que tenia entendido q esto iba a ser aplicado SOLO para aquellos viajes que serian contratados a partir de la fecha en que se decreto este porcentaje !!! please necesito la respuesta. gracias!!!

    Responder
    • Anónimo dice

      27 marzo, 2013 a las 1:34 am

      Aplica unicamente a partir de la fecha del decreto. No te deberian cobrar el 20% porque vos ya habias pagado parcialmente el viaje.

      Responder
    • Anónimo dice

      27 marzo, 2013 a las 1:37 am

      No entiendo algo, yo pago unos $ 700 pesos por mes de ganancias. En febrero me fui a Chile uns dias y utilice la tarjeta de credito, ovbiamente me retubieron el 15% del imp. AFIP. (Unos $ 600 pesos)
      Ya lo cargue en la web de la AFIP.

      Mi pregunta es, esos $ 600 pesos que me retuvieron me impactaran el proximo mes y solo mi empleador me retendra $ 100 pesosen vez de $ 700 pesos ??

      O como es ??

      Responder
  9. Rodrigo Mamani dice

    26 marzo, 2013 a las 2:37 am

    tenia pensado comprar un paquete de turismo al extranjero, me sale $8280 en total, lo pensaba pagar con tarjeta. ahora lo que yo no entiendo si a este monto que tengo que pagar le tengo que agregar el 20% mas? la verdad al vivir en tierra del fuego no pagamos impuestos de ganancias. o por lo menos yo no los pague jamas ya que nunca supere el monto que dispone la afip. si alguien me podria responder esta pregunta, les voy a agradecer.

    Responder
  10. Anónimo dice

    25 marzo, 2013 a las 12:10 am

    Hola quería saber si yo contrate un viaje para el mes de junio y he pagado más de la mitad del precio me van a aplicar el aumento? será sobre el monto total de viaje o sobre lo que me falta pagar?

    Responder
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