El Fondo de Asistencia Laboral, previsto por la Ley 27.802, no comenzaría a regir el 1° de junio de 2026. Según trascendió, el Gobierno postergó su implementación y todavía no definió una nueva fecha para su puesta en marcha.
Ley 27802
Fondo de Asistencia Laboral (FAL): guía completa para empleadores
A partir del 1° de junio de 2026, todos los empleadores del sector privado deberán realizar un aporte mensual del 1 % o 2,5 % sobre las remuneraciones para conformar el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Esta cuenta, de carácter único y no individualizable por trabajador, está destinada exclusivamente a coadyuvar al pago de indemnizaciones por despido y otros supuestos previstos en la LCT, sin sustituir el régimen indemnizatorio.
Reforma laboral: los 7 cambios en el recibo de sueldos
Reforma Laboral: los 7 cambios en el recibo de sueldo. Se elimina la firma, se incorpora la antigüedad reconocida y se detallan contribuciones patronales. Desafíos para liquidadores y estudios contables. Ley 27802

