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“Tapón fiscal”: como realizar la confirmación de Datos

27 octubre, 2016 Por Ignacio 4 comentarios

Cómo presentar la declaración jurada para gozar de los beneficios del “tapón fiscal”


Los contribuyentes que no ingresen al blanqueo también pueden tener los beneficios de lo que se conoce como “tapón fiscal”. Para acceder a este beneficio deben presentar una ratificación de las declaraciones juradas de impuestos por el período 2015. El plazo para presentar esa “confirmación de datos,” vence el próximo lunes, 31 de octubre.

El “tapón fiscal” o “cerrojo fiscal”, implica que la AFIP presume que lo declarado el año pasado es correcto, y no podrá hacer ningún reclamo por bienes que hubieren tenido en el pasado y no lo hubieran declarado.

Quienes pueden acceder a este beneficio
Las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 49 de la ley de Impuesto a las Ganancias, y que no realicen la declaración voluntaria y excepcional.

Como se accede al beneficio
Deberán presentar una declaración jurada de confirmación de datos, indicando que la totalidad de los bienes y tenencias que poseen son aquellos exteriorizados en las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias del impuesto sobre los bienes personales o, en su caso, del impuesto a la ganancia mínima presunta, correspondientes al último ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2015.

Los pasos para ratificar la declaración jurada de 2015 son:

1.  Entrar al sistema de la AFIP con clave fiscal y elegir el servicio “Sistema Registral”

2. Entrar a  ¡Nuevo! Sinceramiento Fiscal – Beneficios Ley N°27.260. Arts. N° 63 y 85. y ahí entrar a :
 ¡Nuevo! Presentación DDJJ “Confirmación de datos” Art. 85

– Buscar la solapa “Nuevo” y luego “Aceptar“

– Confirmar las declaraciones juradas de 2015 con el botón Presentar

Importante
Para efectuar la solicitud, previamente se deberá constituir domicilio fiscal electrónico.

En caso de haber presentado la declaración jurada de confirmación de datos, ¿es posible desistir dicha presentación a efectos de ingresar al Sinceramiento Fiscal?
Si, aquellos sujetos que hubieran presentado la “Declaración jurada de confirmación de datos” prevista en el artículo 85 de la Ley 27.260, podrán ingresar a las declaración voluntaria y excepcional de tenencias, donde se les informará que será dada de baja su declaración jurada de confirmación de datos.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Ley 27260, tapón fiscal

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Comentarios

  1. Alejandra Grayeb dice

    2 febrero, 2017 a las 3:47 am

    Hola Ignacio Soy responsable sustituto y al querer rralizar la DDJJ de confirmacion de datos no aparecen las DDJJ

    Responder
  2. Vicky Baf dice

    2 noviembre, 2016 a las 11:18 am

    Ignacio buen día, te hago una consulta. Si realice confirmación de datos y la afíp me fiscaliza y encuentra ingresos no declarados en 2015 pero mi dj de bienes personales está bien declarada, el tapón fiscal me libraría de pagar el iva y ganancias sobre esos ingresos no declarados? Desde ya muchas gracias!

    Responder
  3. Vicky Baf dice

    2 noviembre, 2016 a las 11:17 am

    Ignacio buen día, te hago una consulta. Si realice confirmación de datos y la afíp me fiscaliza y encuentra ingresos no declarados en 2015 pero mi dj de bienes personales está bien declarada, el tapón fiscal me libraría de pagar el iva y ganancias sobre esos ingresos no declarados? Desde ya muchas gracias!

    Responder
  4. Juan dice

    30 octubre, 2016 a las 3:52 am

    Ignacio, una consulta: yo me adheri a la exencion del primer Aguinaldo en el IGA por ser buen contribuyente, puedo ademas confirmar el art 85 para tener el tapon fiscal? Puedo tener ambos beneficios? Saludos!

    Responder

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