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Topes Indemnizatorios Empleados de Comercio 2017

28 agosto, 2018 Por Ignacio 4 comentarios

Topes Indemnizatorios para Empleados de Comercio CCT 130/75 2017.

Empleados de Comercio Escalas Octubre, Noviembre 2018 y Enero 2019

La Secretaría de Trabajo homologó los topes indemnizatorios para el CCT 130/75 de Empleados de Comercio.

Tope indemnizatorio Empleados de Comercio – CCT 130/75
Alcance Fecha de entrada en vigencia Base Promedio Tope Indemnizatorio
Alcance General  01/07/2017 $ 18.426,30 $ 55.278,90
01/11/2017 $ 20.101,42 $ 60.304,26
Alcance Río Negro y Neuquén 01/07/2017 $ 19.347,61 $ 58.042,83
01/11/2017 $ 21.106,49 $ 63.319,47
Alcance Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur 01/07/2017 $ 22.111,56 $ 66.334,68
01/11/2017 $ 24.121,70 $ 72.365,10
Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) C/Unión de Entidades Comerciales Argentinas(UDECA); Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME); Cámara Argentina de Comercio (CAC)
Topes Indemnizatorios 2017Descargar

Recordemos. que el artículo 245 de la ley 20.744, en los casos de despido de un empleado por parte del empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio prestado o fracción mayor de 3 meses.

Como base de cálculo, se tomará la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor.

Cabe señalar que dicha base no podrá exceder el equivalente de tres veces el importe mensual de la suma que resulte del promedio de todas las remuneraciones previstas en el Convenio aplicable al trabajador, al momento del despido, por la jornada legal o convencional, excluida la antigüedad.

Pueden ver los topes 2016 aquí

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Publicado en: Empleados de Comercio

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Comentarios

  1. -
  2. fabian dice

    16 abril, 2019 a las 10:38 am

    buen dia , les consulto , esta bien aplicar el tope del 01/11/2017 (ultimo publicado por el ministerio de trabajo) en una liquidación por despido sin causa de abril 2019, ? saludos

    Responder
  3. liliana Rey dice

    17 septiembre, 2018 a las 11:40 am

    hola, mi marido fue despedido hace 3 meses ya cobro la indemnización pero con el tope anterior puede reclamar la diferencia, es decir el cobro con el tope anterior de $43000, puede reclamar la diferencia del nuevo tope, ya que el nuevo tope esta en vigencia desde julio del 2017???

    Responder
  4. marta dice

    29 agosto, 2018 a las 1:30 pm

    Hola, podrías por favor explicar esto por favor, yo tengo 18 años de antigüedad mi indemnización de cuanto seria con un sueldo de $ 20.000, +ó-

    Responder
    • silvina dice

      30 agosto, 2018 a las 1:31 pm

      Entiendo que el tope es para el calculo de la base mensual que luedo se multiplica por los años que te corresponden de indemnización, no es el tope la la indemnización total, no te asustes!!!!

      Responder

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