• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora recibo UTEDYC CCT 736/16
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Trabajadores Rurales: Escalas UATRE 2020 – 2021

16 marzo, 2020 Por Ignacio 90 comentarios

Escala salarial Trabajadores Agrarios 2020. Resolución CNTA 1/2020 y 94/20 Escala salarial UATRE.

Mediante la Resolución 1/2020, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) fijó las nuevas remuneraciones mínimas a desde el 1° de febrero y hasta el 31 de julio de 2020.

Además, el acuerdo establece el pago por parte de los trabajadores de una cuota de solidaridad del 2% sobre los haberes.

Escalas UATRE 2020-2021

  • Febrero 2020
  • Marzo 2020
  • Abril 2020
  • Mayo 2020
  • Junio 2020
  • Julio 2020
  • Julio 2020 (*)
  • Noviembre 2020
  • Enero 2021
DESDE EL 1º DE FEBRERO 2020 SIN COMIDA Y SIN SAC
PEONES GENERALES  $      29.371,74  $      1.292,15
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO  $      30.147,85  $      1.326,43
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)  $      30.212,49  $      1.329,18
Ovejeros  $      30.461,85  $      1.344,42
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros  $      31.339,73  $      1.377,98
Ordeñadores en explotaciones tamberas  $      31.546,09  $      1.387,85
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros  $      32.511,63  $      1.429,24
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola  $      32.714,63  $      1.441,48
Mecánicos Tractoristas  $      34.404,81  $      1.513,52
PERSONAL JERARQUIZADO
Puestero  $      32.381,13
Capataces  $      35.718,19
Encargados  $      37.679,04
VIVIENDA: La vivienda que proporcione el empleador debe reunir los requisitos establecidos en el TITULO IV del Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727), no pudiendo efectuarse deducción alguna por dicho suministro. BONIFICACION POR ANTIGÜEDAD: Será el 1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga un antigüedad de hasta 10 años, y del 1,5 % cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años. Los trabajadores comprendidos en la presente Resolución que desarrollan sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, les será aplicable un adicional del 20% sobre las remuneraciones mínimas de la categoría laboral que revistan.
MONTOS TOPES INDEMNIZATORIOS PARA EL PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACION CONTINUA COMPRENDIDO EN EL REGIMEN DE TRABAJO AGRARIO (LEY 26.727) EN EL AMBITO DE TODO EL PAIS.
VIGENCIA: a partir del 1° de Febrero 2020 y hasta el 29 de Febrero 2020.
Montos topes indemnizatorios: BASE PROMEDIO TOPE
 $           32.513,88  $         97.123,29
Resolución 1/2020 CNTA
CATEGORÍAS SIN COMIDA Y SIN SAC
SUELDO JORNAL
PEONES GENERALES  $      30.171,74  $      1.329,15
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO  $      30.947,85  $      1.363,34
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)  $      31.012,49  $      1.366,19
Ovejeros  $      31.261,85  $      1.377,17
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros  $      32.139,73  $      1.415,85
Ordeñadores en explotaciones tamberas  $      32.346,09  $      1.424,94
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros  $      33.311,63  $      1.467,47
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola  $      33.514,63  $      1.476,42
Mecánicos Tractoristas  $      35.204,81  $      1.550,87
PERSONAL JERARQUIZADO
Puestero  $      33.181,13
Capataces  $      36.518,19
Encargados  $      38.479,04
VIVIENDA: La vivienda que proporcione el empleador debe reunir los requisitos establecidos en el TITULO IV del Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727), no pudiendo efectuarse deducción alguna por dicho suministro. BONIFICACION POR ANTIGÜEDAD: Será el 1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga un antigüedad de hasta 10 años, y del 1,5 % cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años. Los trabajadores comprendidos en la presente Resolución que desarrollan sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, les será aplicable un adicional del 20% sobre las remuneraciones mínimas de la categoría laboral que revistan.
DESDE EL 1º DE ABRIL 2020 SIN COMIDA Y SIN SAC
SUELDO JORNAL
PEONES GENERALES  $      30.971,74  $      1.364,39
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO  $      31.747,85  $      1.398,58
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)  $      31.812,49  $      1.401,43
Ovejeros  $      32.061,85  $      1.412,42
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros  $      32.939,73  $      1.451,09
Ordeñadores en explotaciones tamberas  $      33.146,09  $      1.460,18
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros  $      34.111,63  $      1.502,71
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola  $      34.314,63  $      1.511,66
Mecánicos Tractoristas  $      36.004,81  $      1.586,11
PERSONAL JERARQUIZADO
Puestero  $      33.981,13
Capataces  $      37.318,19
Encargados  $      39.279,04
Según resolución 1/2020 CNTA
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años.
ADICIONAL POR ZONA
Los trabajadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan.
DESDE EL 1º DE MAYO 2020 SIN COMIDA Y SIN SAC
SUELDO JORNAL
PEONES GENERALES  $      31.771,74  $      1.399,64
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO  $      32.547,85  $      1.433,83
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)  $      32.612,49  $      1.436,67
Ovejeros  $      32.861,85  $      1.447,66
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros  $      33.739,73  $      1.486,33
Ordeñadores en explotaciones tamberas  $      33.946,09  $      1.495,42
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros  $      34.911,63  $      1.537,96
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola  $      35.114,63  $      1.546,90
Mecánicos Tractoristas  $      36.804,81  $      1.621,36
PERSONAL JERARQUIZADO
Puestero  $      34.781,13
Capataces  $      38.119,19
Encargados  $      40.079,04
Según resolución 1/2020 CNTA
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años.
ADICIONAL POR ZONA
Los trabajadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan.
DESDE EL 1º DE JUNIO 2020 SIN COMIDA Y SIN SAC
SUELDO JORNAL
PEONES GENERALES  $      32.571,74  $      1.434,88
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO  $      33.347,85  $      1.469,07
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)  $      33.412,49  $      1.471,92
Ovejeros  $      33.661,85  $      1.482,90
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros  $      34.539,73  $      1.521,57
Ordeñadores en explotaciones tamberas  $      34.746,09  $      1.530,66
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros  $      35.711,63  $      1.573,20
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola  $      35.915,63  $      1.582,14
Mecánicos Tractoristas  $      37.604,81  $      1.656,60
PERSONAL JERARQUIZADO
Puestero  $      35.581,13
Capataces  $      38.918,19
Encargados  $      40.879,04
Según resolución 1/2020 CNTA
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años.
ADICIONAL POR ZONA
Los trabajadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan.
DESDE EL 1º DE JULIO 2020 SIN COMIDA Y SIN SAC
SUELDO JORNAL
PEONES GENERALES  $      33.371,74  $      1.470,12
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO  $      34.147,85  $      1.504,31
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)  $      34.212,49  $      1.507,16
Ovejeros  $      34.461,85  $      1.518,14
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros  $      35.339,73  $      1.556,82
Ordeñadores en explotaciones tamberas  $      35.546,09  $      1.565,91
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros  $      36.511,63  $      1.608,44
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola  $      36.714,63  $      1.617,38
Mecánicos Tractoristas  $      38.404,81  $      1.691,84
PERSONAL JERARQUIZADO
Puestero  $      36.381,13
Capataces  $      39.718,19
Encargados  $      41.679,04
Según resolución 1/2020 CNTA
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años.
ADICIONAL POR ZONA
Los trabajadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan.
DESDE EL 1º DE JULIO 2020 SIN COMIDAY SIN SAC
SUELDO JORNAL
PEONES GENERALES  $      35.246,09  $      1.550,58
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO  $      36.177,41  $      1.591,72
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)  $      36.254,99  $      1.595,01
Ovejeros  $      36.554,22  $      1.613,30
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros  $      37.607,68  $      1.653,57
Ordeñadores en explotaciones tamberas  $      37.855,31  $      1.665,42
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros  $      39.013,95  $      1.715,09
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola  $      39.257,56  $      1.729,77
Mecánicos Tractoristas  $      41.285,77  $      1.816,22
PERSONAL JERARQUIZADO
Puestero  $      38.857,35
Capataces  $      42.861,83
Encargados  $      45.214,85
Según resolución 94/2020 CNTA
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años.
ADICIONAL POR ZONA
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan.
DESDE EL 1º DE NOVIEMBRE 2020 SIN COMIDAY SIN SAC
SUELDO JORNAL
PEONES GENERALES  $      38.770,70  $      1.705,64
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO  $      39.795,16  $      1.750,89
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)  $      39.880,49  $      1.754,52
Ovejeros  $      40.209,64  $      1.774,63
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros  $      41.368,45  $      1.818,93
Ordeñadores en explotaciones tamberas  $      41.640,84  $      1.831,96
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros  $      42.915,35  $      1.886,59
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola  $      43.183,32  $      1.902,75
Mecánicos Tractoristas  $      45.414,35  $      1.997,84
PERSONAL JERARQUIZADO
Puestero  $      42.743,09
Capataces  $      47.148,01
Encargados  $      49.736,33
Según resolución 94/2020 CNTA
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años.
ADICIONAL POR ZONA
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan.
VIGENCIA: a partir del 1° de Enero 2021 hasta el 31 de Julio 2021.
DESDE EL 1º DE ENERO 2021 SIN COMIDAY SIN SAC
SUELDO JORNAL
PEONES GENERALES  $      40.000,00  $      1.759,72
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO  $      41.056,94  $      1.806,40
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)  $      41.144,98  $      1.810,15
Ovejeros  $      41.484,57  $      1.830,90
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros  $      42.680,11  $      1.876,60
Ordeñadores en explotaciones tamberas  $      42.961,15  $      1.890,05
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros  $      44.276,07  $      1.946,41
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola  $      44.552,53  $      1.963,08
Mecánicos Tractoristas  $      46.854,30  $      2.061,19
PERSONAL JERARQUIZADO
Puestero  $      44.098,34
Capataces  $      48.642,94
Encargados  $      51.313,32
Según resolución 2/2021 CNTA
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años.
ADICIONAL POR ZONA
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan.
TOPE INDEMNIZATORIO del 1° de Enero al 31 de Julio 2021.  $      44.279,13  $ 132.267,67
Descargar Resolución 1/20 CNTA PDF

(*) Con la resolución 94/20 CNTA de fecha 06/10/2020 se fijó una nueva escala salarial retroactiva a julio 2020,

Descargar Resolución 94/20 CNTA PDF

Suma no remunerativa $10.000

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), mediante la resolución 200/20 aprobó un bono de 10.000 pesos para los trabajadores rurales que se abonará en tres cuotas mensuales consecutivas según el siguiente detalle:

  • $3.333,33 con las remuneraciones del mes de diciembre 2020
  • $3.333,33 con las remuneraciones del mes de enero 2021
  • $3.333,33 con las remuneraciones del mes de febrero 2021

Aumento salarial 2021

Descargar Resolución 02/21 CNTA PDF

Calculadora Agrarios – beta

Relacionado

Publicado en: Laboral Etiquetado como: CNTA, Comisión Nacional de Trabajo Agrario, Trabajadores Rurales, UATRE

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. valeria dice

    28 junio, 2022 a las 1:54 pm

    hola buen dia. Consulta.. este convenio rige para un contratista?= sino cual deberia ser?

    Responder
  2. Dario dice

    6 octubre, 2021 a las 11:55 am

    Consulto. Un trabajador en una empresa forestal que se dedica a la elaboración de carbón, debería categorizarlo como trabajador agrario o bajo el convenio colectivo U.S.I.M.R.A. ??
    Gracias.

    Responder
« Comentarios anteriores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador
Sueldos Net webinar Ago
Colppy Un sistema hecho por Contadores, diseñado para contadores.
DASA Contable toda la información en un solo lugar

Etiquetas

2017 (71) Acuerdos Salariales (130) AFIP (1492) AGIP (172) Aguinaldo - SAC (99) ANSeS (506) Aplicativos (197) ARBA (348) Asignación Universal por Hijo (240) Autónomos (108) Bienes Personales (104) bono (77) Calendario de pago (256) Casos Prácticos (196) CNTA (82) Convenio Multilateral (80) coronovirus (89) Escala Salarial (154) Factura Electrónica (77) FAECYS (325) Ganancias (381) Ganancias 4ta Categoría (77) Homologación Acuerdos (118) IGJ (123) Ingresos Brutos (129) IVA (105) Jubilados y Pensionados (194) Mis Facilidades (80) Monotributistas (156) Noticias (87) Paritarias (354) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (167) Plan de Facilidades de pago (155) Recategorización (82) Recibo de Sueldos (191) Resoluciones (393) Sanidad (80) SEC (81) Servicio Doméstico (110) SICOSS (83) SIPA (84) UOCRA (104) UOM (194) UTEDYC (127)

Copyright © 2023 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2023 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR