Desde octubre se aplica el pago de una suma no remunerativa para los trabajadores agrarios.
Recordemos, que mediante la Resolución 139/21 la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), fijó las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua comprendido en el Redimen de Trabajo Agrario, de agosto 2021 a julio 2022.
El aumento se aplica en tramos, el primero de ellos desde agosto pasado con carácter remunerativo y el segundo tramo desde el 1° de octubre, pero con carácter no remunerativo.
Luego en abril 20222la suma no remunerativa pasará a formar parte del básico.
El cronograma de aumento acordado es en tres tramos:
- 29.15 % remunerativo desde agosto 2021
- 19.48% no remunerativo desde octubre 2021
- El 19.48% no remunerativo pasa al básico desde abril 2022
La suma no remunerativa que se paga ahora desde octubre 2021, es un 19.48% sobre la escala anterior, si lo calculamos sobre la escala actual, es un 15.08% aproximado.
Cabe recordar que, sin perjuicio del carácter no remunerativo de las asignaciones extraordinario de octubre 2021, las mismas serán consideradas a los efectos de la realizaci6n de los aportes y contribuciones que a continuación se detallan:
- Contribuciones a la Obra Social de la Ley 23.660
- Cuota Sindical o cuota solidaria, y
- Contnbuciones de la Ley 24.557
¿Cuánto cobrará un peón rural desde octubre 2021?
Con este aumento, el salario del peón rural será de 51.660 pesos más una suma no remunerativa de $7.790 y desde abril 2022 esa suma pasará al básico, que quedará en $59.450.
Escala salarial
Escalas UATRE 2021-2022-2023
VIGENCIA: a partir del 1° de Enero 2021 hasta el 31 de Julio 2021. | ||
DESDE EL 1º DE ENERO 2021 | SIN COMIDAY SIN SAC | |
SUELDO | JORNAL | |
PEONES GENERALES | $ 40.000,00 | $ 1.759,72 |
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO | $ 41.056,94 | $ 1.806,40 |
ESPECIALIZADOS: | ||
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos) | $ 41.144,98 | $ 1.810,15 |
Ovejeros | $ 41.484,57 | $ 1.830,90 |
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros | $ 42.680,11 | $ 1.876,60 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas | $ 42.961,15 | $ 1.890,05 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros | $ 44.276,07 | $ 1.946,41 |
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola | $ 44.552,53 | $ 1.963,08 |
Mecánicos Tractoristas | $ 46.854,30 | $ 2.061,19 |
PERSONAL JERARQUIZADO | ||
Puestero | $ 44.098,34 | |
Capataces | $ 48.642,94 | |
Encargados | $ 51.313,32 | |
Según resolución 2/2021 CNTA | ||
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD | ||
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años. | ||
ADICIONAL POR ZONA | ||
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan. | ||
TOPE INDEMNIZATORIO del 1° de Enero al 31 de Julio 2021. | $ 44.279,13 | $ 132.267,67 |
VIGENCIA: a partir del 1° de Agosto 2021 hasta el 30 de Septiembre 2021. | ||
DESDE EL 1º DE AGOSTO 2021 | SIN COMIDAY SIN SAC | |
SUELDO | JORNAL | |
PEONES GENERALES | $ 51.660,00 | $ 2.272,68 |
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO | $ 53.025,04 | $ 2.332,97 |
ESPECIALIZADOS: | ||
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos) | $ 53.138,74 | $ 2.337,81 |
Ovejeros | $ 53.577,32 | $ 2.364,61 |
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros | $ 55.121,36 | $ 2.423,63 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas | $ 55.484,33 | $ 2.441,00 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros | $ 57.182,54 | $ 2.513,79 |
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola | $ 57.539,59 | $ 2.535,32 |
Mecánicos Tractoristas | $ 60.512,33 | $ 2.662,03 |
PERSONAL JERARQUIZADO | ||
Puestero | $ 56.953,01 | |
Capataces | $ 62.822,36 | |
Encargados | $ 66.271,15 | |
Según resolución 139/2021 CNTA | ||
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD | ||
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años. | ||
ADICIONAL POR ZONA | ||
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan. | ||
TOPE INDEMNIZATORIO del 1° de Agosto al 31 de Septiembre 2021. | $ 57.186,50 | $ 170.823,70 |
Escala Salarial Trabajadores Agrarios | ||||
VIGENCIA: a partir del 1° de Octubre 2021 hasta el 31 de Marzo 2022. | ||||
DESDE EL 1º DE AGOSTO 2021 | SIN COMIDAY SIN SAC | Asignación extraordinaria no remunerativa previsional | ||
SUELDO | JORNAL | SUELDO | JORNAL | |
PEONES GENERALES | $ 51.660,00 | $ 2.272,68 | $ 7.790,00 | $ 342,71 |
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO | $ 53.025,00 | $ 2.332,97 | $ 7.995,84 | $ 351,80 |
ESPECIALIZADOS: | ||||
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos) | $ 53.138,74 | $ 2.337,81 | $ 8.012,98 | $ 352,53 |
Ovejeros | $ 53.577,32 | $ 2.364,61 | $ 8.079,12 | $ 356,57 |
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros | $ 55.121,36 | $ 2.423,63 | $ 8.311,95 | $ 365,47 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas | $ 55.484,33 | $ 2.441,00 | $ 8.366,68 | $ 368,09 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros | $ 57.182,54 | $ 2.513,79 | $ 8.622,76 | $ 379,06 |
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola | $ 57.539,59 | $ 2.535,32 | $ 8.676,61 | $ 382,31 |
Mecánicos Tractoristas | $ 60.512,33 | $ 2.662,03 | $ 9.124,87 | $ 401,42 |
PERSONAL JERARQUIZADO | ||||
Puestero | $ 56.953,01 | $ 8.588,15 | ||
Capataces | $ 62.822,36 | $ 9.473,21 | ||
Encargados | $ 66.271,15 | $ 9.993,27 | ||
Según resolución139/2021 CNTA | ||||
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD | ||||
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años. | ||||
ADICIONAL POR ZONA | ||||
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan. | ||||
TOPE INDEMNIZATORIO del 1° de agosto al 31 de marzo 2022. | $ 57.186,50 | $ 170.823,70 |
Escala Salarial Trabajadores Agrarios | ||||
VIGENCIA: a partir del 1° de Enero 2022 hasta el 31 de Marzo 2022. | ||||
DESDE EL 1º DE ENERO 2022 | SIN COMIDAY SIN SAC | Asignación extraordinaria no remunerativa previsional | ||
SUELDO | JORNAL | SUELDO | JORNAL | |
PEONES GENERALES | $ 52.570,00 | $ 2.312,71 | $ 7.790,00 | $ 342,71 |
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO | $ 53.959,08 | $ 2.374,07 | $ 7.995,84 | $ 351,80 |
ESPECIALIZADOS: | ||||
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos) | $ 54.074,79 | $ 2.378,99 | $ 8.012,98 | $ 352,53 |
Ovejeros | $ 54.521,09 | $ 2.406,26 | $ 8.079,12 | $ 356,57 |
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros | $ 56.092,35 | $ 2.466,32 | $ 8.311,95 | $ 365,47 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas | $ 56.461,69 | $ 2.483,99 | $ 8.366,68 | $ 368,09 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros | $ 58.189,82 | $ 2.558,07 | $ 8.622,76 | $ 379,06 |
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola | $ 58.553,17 | $ 2.579,98 | $ 8.676,61 | $ 382,31 |
Mecánicos Tractoristas | $ 61.578,27 | $ 2.708,92 | $ 9.124,87 | $ 401,42 |
PERSONAL JERARQUIZADO | ||||
Puestero | $ 57.956,25 | $ 8.588,15 | ||
Capataces | $ 63.928,98 | $ 9.473,21 | ||
Encargados | $ 67.438,54 | $ 9.993,27 | ||
Según resolución 11/2022 CNTA | ||||
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD | ||||
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años. | ||||
ADICIONAL POR ZONA | ||||
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan. | ||||
TOPE INDEMNIZATORIO del 1° de agosto al 31 de marzo 2022. | $ 58.193,85 | $ 173.832,79 |
Escala Salarial Trabajadores Agrarios | ||
VIGENCIA: a partir del 1° de Abril 2022 hasta el 31 de Julio 2022. | ||
DESDE EL 1º DE ABRIL 2022 | SIN COMIDAY SIN SAC | |
SUELDO | JORNAL | |
PEONES GENERALES | $ 60.360,00 | $ 2.655,42 |
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO | $ 61.954,92 | $ 2.725,86 |
ESPECIALIZADOS: | ||
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos) | $ 62.087,77 | $ 2.731,51 |
Ovejeros | $ 62.600,21 | $ 2.762,63 |
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros | $ 64.404,30 | $ 2.831,79 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas | $ 64.828,38 | $ 2.852,08 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros | $ 66.812,59 | $ 2.937,14 |
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola | $ 67.229,77 | $ 2.962,29 |
Mecánicos Tractoristas | $ 70.703,14 | $ 3.110,33 |
PERSONAL JERARQUIZADO | ||
Puestero | $ 66.544,40 | |
Capataces | $ 73.402,19 | |
Encargados | $ 77.431,81 | |
Según resolución11/2022 CNTA | ||
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD | ||
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años. | ||
ADICIONAL POR ZONA | ||
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan. | ||
TOPE INDEMNIZATORIO del 1° de agosto al 31 de marzo 2022. | $ 66.817,21 | $ 199.591,92 |
www.ignacioonline.com.ar |
Escala Salarial Trabajadores Agrarios | ||
VIGENCIA: a partir del 1° de Agosto 2022 hasta el 30 de Septiembre 2022. | ||
DESDE EL 1º DE AGOSTO 2022 | SIN COMIDAY SIN SAC | |
SUELDO | JORNAL | |
PEONES GENERALES | $ 90.238,20 | $ 3.969,85 |
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO | $ 92.622,61 | $ 4.075,17 |
ESPECIALIZADOS: | ||
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos) | $ 92.821,22 | $ 4.083,61 |
Ovejeros | $ 93.587,32 | $ 4.130,43 |
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros | $ 96.284,43 | $ 4.233,53 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas | $ 96.918,42 | $ 4.263,86 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros | $ 99.884,82 | $ 4.391,02 |
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola | $ 100.508,51 | $ 4.428,62 |
Mecánicos Tractoristas | $ 105.701,20 | $ 4.649,95 |
PERSONAL JERARQUIZADO | ||
Puestero | $ 99.483,88 | |
Capataces | $ 109.736,28 | |
Encargados | $ 115.760,55 | |
Según resolución 126/2022 CNTA | ||
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD | ||
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años. | ||
ADICIONAL POR ZONA | ||
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan. | ||
TOPE INDEMNIZATORIO del 1° de agosto al 30 de septiembre 2022. | $ 99.891,72 | $ 298.389,92 |
www.ignacioonline.com.ar |
Escala Salarial Trabajadores Agrarios | ||
VIGENCIA: a partir del 1° de Octubre 2022 hasta el 30 de Noviembre 2022. | ||
DESDE EL 1º DE AGOSTO 2022 | SIN COMIDAY SIN SAC | |
SUELDO | JORNAL | |
PEONES GENERALES | $ 98.914,95 | $ 4.351,57 |
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO | $ 101.528,63 | $ 4.467,01 |
ESPECIALIZADOS: | ||
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos) | $ 101.746,34 | $ 4.476,26 |
Ovejeros | $ 102.586,10 | $ 4.527,59 |
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros | $ 105.542,55 | $ 4.640,60 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas | $ 106.237,50 | $ 4.673,85 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros | $ 109.489,13 | $ 4.813,23 |
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola | $ 110.172,79 | $ 4.854,45 |
Mecánicos Tractoristas | $ 115.864,77 | $ 5.097,06 |
PERSONAL JERARQUIZADO | ||
Puestero | $ 109.049,63 | |
Capataces | $ 120.287,84 | |
Encargados | $ 126.891,37 | |
Según resolución 126/2022 CNTA | ||
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD | ||
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años. | ||
ADICIONAL POR ZONA | ||
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan. | ||
TOPE INDEMNIZATORIO del 1° de octubre al 30 de noviembre 2022. | $ 109.496,70 | $ 327.081,26 |
www.ignacioonline.com.ar |
Escala Salarial Trabajadores Agrarios | ||
VIGENCIA: a partir del 1° de Diciembre 2022 hasta el 31 de Julio 2023. | ||
DESDE EL 1º DE DICIEMBRE 2022 | SIN COMIDAY SIN SAC | |
SUELDO | JORNAL | |
PEONES GENERALES | $ 107.591,70 | $ 4.733,28 |
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS PEÓN ÚNICO | $ 110.434,65 | $ 4.858,85 |
ESPECIALIZADOS: | ||
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de Haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos) | $ 110.671,46 | $ 4.868,92 |
Ovejeros | $ 111.584,88 | $ 4.924,75 |
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros | $ 114.800,67 | $ 5.047,67 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas | $ 115.556,58 | $ 5.083,83 |
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros | $ 119.093,44 | $ 5.234,44 |
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola | $ 119.837,07 | $ 5.280,27 |
Mecánicos Tractoristas | $ 126.028,35 | $ 5.544,17 |
PERSONAL JERARQUIZADO | ||
Puestero | $ 118.615,39 | |
Capataces | $ 130.839,41 | |
Encargados | $ 138.022,20 | |
Según resolución 126/2022 CNTA | ||
BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD | ||
1% de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años; y del 1,5%, cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los 10 años. | ||
ADICIONAL POR ZONA | ||
Los trabadores que desarrollen sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, se aplica un 20% de adicional sobre las remuneraciones de la categoría que revistan. | ||
TOPE INDEMNIZATORIO del 1° de diciembre al 31 de julio 2023. | $ 109.496,70 | $ 327.081,26 |
www.ignacioonline.com.ar |
francisco dice
Se sabe si el adicional no remunerativo que se apaga desde octubre de 2021 se toma como base para horas extras, aguinaldo, vacaciones , etc ??
Nadia dice
Hola Ignacio, en el caso de los jornales ..el no remunerativo se paga por jornal trabajado efectivamente? en el caso de los mensuales , se les descuentan ausentes?
Vanesa dice
Quien controla que se cumplan lo que determina uatre? Muchos estan cobrando una miseria..$25.000
Cristina paredes dice
Hola disculpe una pregunta cuánto sale para el personal cosechero de la bolsa de papa me puede mandarme la lista soy de villa dolores Córdoba
MARCELO dice
Hola ignacio una consulta la suma fija no remunerativa computa para la antiguedad ? y llame al uatre y no me supieron contestar , y tambien me dijeron que lleva descuento el fondo de sepelio junto con la obra social y sindicato es asi eso ?? el fondo de sepelio tambien ya que en la resolucion no dice nada desde ya muchas gracias
Ignacio dice
Hola Marcelo, si UATRE que firma el acuerdo no sabe contestar estamos complicados.
Respecto a obra social y sindicato, si, pero dice contribuciones
Hubo algun avance respecto de este tema. Alguna aclaracion al respecto?
oficial? nada
el dia 8 de octubre que fue el dia del empleado rural, si el empleado no trabajo, porque ademas era feriado nacional, como se paga? Solo el dia del gremio y el feriado no?
Hola, estamos con la liquidación y no sabemos si el no remunerativo se retiene en aportes y contribuciones, o solo contribuciones. Gracias
Hola yo entre a trabajar el 5 deoctubre me ficharon cobre hoy el jornal
Me figura en el recibo $ 2028 ¿esta bien eso? En la escala dice $22oo y con respecto a los $ 7000 no remunerat me corresponde algo o no. Gracias
Hola Ignacio yo trabajo en una planta que se realiza el proceso de poroto que biene de la finca. Y nosotros no cobramos el aumento del mes de agosto, solo vino el aumento para el personal del campo. Pero somos de la misma empresa gracias
ARTiCULO 4° – Sin perjuicio del carácter no remunerativo de las asignaciones extraordinarias consignadas en ei Anexo III, las mismas serán consideradas a los efectos de la realización de los aportes y contribuciones que a continuación se detallan 1) Contribuciones a la Obra Social de la Ley 23.660, 2) Cuota Sindical o cuota solidaria, y 3) Contribuciones de la Ley Nro 24.557
El empleado debe aportar a la Obra Social o solo se debe hacer Contribucion por parte del empleador?
Entiendo que no hay lugar a dudas, dice APORTES Y CONTRIBUCIONES, ambos. Es decir, el trabajador aporta por este concepto.
Hola Ignacio, sobre lo no remunerativo solo contribuye el empleador.? No se le retiene al empleado?
Y sobre lo no remunerativo se calcula antiguedad y vacaciones?
Desde ya muchas gracias!
Al peón rural se le paga el precentismo?
no
Cuando empiesan a cobrar los 59;000 desde q mes
Hola Ignacio. Respecto a la Obra Social sobre el no remunerativo: ¿Solo se calcula contribuciones? Es decir que en el F931 la remuneración 4 y 8 van a ser distintas?
Respecto a la Obra Social sobre el no remunerativo: ¿Solo se calcula contribuciones? Es decir que en el F931 la remuneración 4 y 8 van a ser distintas?
tengo la misma duda….
Yo tambien tengo esa duda.
Si se declara obra social sobre lo no remunerativo en el 931 las Rem 4 y 8 cambian al confirmar datos complementarios declarando dicha suma no remunerativa.
La suma no remunerativa es por única vez??
No, se paga hasta abril, cuando pasa a remuenrativo.
No, “desde” octubre
Hola Ignacio, de cuanto es el porcentaje de aporte y contribución a la Ley 24.557 y como se informa en el F931?
La Ley 24557 es la ART. El monto depende de la ART contratada
La Ley 24557 es la ART. El monto depende de cada ART y se informa en la Rem 9