• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

UOCRA: Liquidación de Sueldos Enero 2024

20 enero, 2024 Por Ignacio 68 comentarios

Índice de Contenidos

  • Datos
  • Asistencia Perfecta
  • Pago del día Feriado
  • Cálculo del Seguro de Vida UOCRA
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Caso práctico de Liquidación de Sueldos Construcción Enero 2024. Guía completa y actualizada.

En la liquidación de sueldos de la Construcción de enero 2024 tiene como novedad el aumento de las escalas salariales según lo acordado en la última reunión paritaria.

La semana pasada la Unión de Obreros de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) acordaron en las negociaciones salariales 2024 un 20% de aumento.

En este artículo, exploraremos detalladamente todos los aspectos relacionados con la liquidación de sueldos de enero de 2024 para los miembros de la UOCRA. Desde los cálculos de salarios básicos hasta los beneficios adicionales y las deducciones.

Para este 20% de aumento, se toma como base de cálculo a escala salarial de diciembre 2023. Quedando la escala de enero 2024, de esta manera:

Caso práctico de Liquidación de Sueldos Construcción Enero 2024. Guía completa y actualizada.

DESCARGAR ACUERDO Y ESCALAS

Caso práctico

Datos

  • Zona: “A”
  • Categoría: “Oficial Especializado”
  • Valor hora: $ 2.257
  • Jornada: 8 horas de lunes a viernes
  • Horas trabajadas en la 1° quincena: 80 horas
  • Horas trabajadas en la 2° quincena: 96 horas
  • Afiliado al sindicato: Si
  • Trabajó Feriados: no
  • CCT: 76/75

Modelo recibo UOCRA 

1° quincena Enero 2024

Debemos multiplicar las horas trabajadas en la primera quincena por el valor de la hora de la categoría para enero 2024:

80 x 2.257 = $ 180.560

Donde 80 son las horas trabajadas en la quincena y $2.257 el valor hora de enero 2024 para la categoría “Oficial Especializado” zona “A”.

De todos modos, pueden descargar las escalas completas en el siguiente enlace Escalas UOCRA 2022.

Asistencia Perfecta

El artículo 52 del CCT 76/75 de la UOCRA establece que el trabajador que registre asistencia perfecta en la quincena se le abonará un adicional equivalente al 20% del salario básico que le corresponda a la categoría en la cual se encuentre desempeñando sus tareas.

Cálculo:

180.560 x 20% = 36.112

Pago del día Feriado

Debemos liquidar también el feriado del 1° de enero 2024, en este caso como no trabajado.

Para el pago del día feriado, debemos remitirnos al artículo 169 de la LCT que indicala manera de determinar el salario del trabajador cuando no presta servicios el día feriado, remitiendo su tratamiento al artículo 155 de la LCT, es decir la forma de calcular el pago de las vacaciones.

Entonces, el pago del feriado no trabajado es similar al de los días de dicha licencia:

  • Trabajadores mensualizados: los trabajadores mensualizados cobrarán, por el día feriado, el importe mensual dividido por 25.
  • Trabajadores jornalizados: los trabajadores por día o por hora devengarán por el día feriado el importe percibido en la jornada anterior.

En nuestro, como es un trabajador jornalizado que trabaja 8 horas por día, el calculo es el siguiente:

8 x 2.257 x 1,2 = 21.667,20

Donde 8 son las horas trabajas habitualmente, $2.257 el valor hora percibido en la jornada anterior y le sumo el 20% del presentismo.

Una alternativa válida, sería solo calcular el valor de las 8 horas y calcular el presentismo sobre el total de horas trabajadas y por feriado, en definitiva el resultado final es el mismo.

Y en el caso de que hubiese trabajado el feriado al resultado lo multiplicamos por dos.

El recibo queda de la siguiente manera:

Caso práctico de Liquidación de Sueldos Construcción Enero 2024. Guía completa y actualizada.

2° quincena Enero 2024

Para la segunda quincena, cambia la cantidad de horas trabajadas, entonces:

2.257 x 96 = 216.672

En cuento al presentismo lo liquidamos de la misma manera que en la primera quincena, 20% del básico:

216.672 x 0.20 = 43.334,40

El recibo queda de la siguiente manera:

Caso práctico de Liquidación de Sueldos Construcción Enero 2024. Guía completa y actualizada.

Cálculo del Seguro de Vida UOCRA

Según lo establecido en el artículo 108 del CCT 76/75, los trabajadores deben realizar un aporte mensual a la UOCRA en concepto de Seguro de vida.

La suma es el equivalente al 2% del sueldo mensual correspondiente a la Categoría de Sereno fijado por el CCT para la Zona “A”, cualquiera sea la zona en la que presten servicios en forma efectiva.

El importe resultante será retenido por los empleadores mensualmente de los haberes de la segunda quincena de cada mes o en su caso a la fecha del cese”.

Para enero 2024, el seguro de vida asciende a $5.906,32 para todas las zonas, y el importe surge de aplicar el 2% sobre $295.316 que es el salario básico del “Sereno Zona A”.

Espero que les sea útil el caso planteado para entender sus recibos, sirve para el resto de las categorías y zonas, solo cambian los importes.

Por supuesto, puede haber muchos otros caso con distintas novedades y adicionales de Convenio o de empresa, pero entiendo que el ejercicio servirá de guía. Cualquier duda los leo en los comentarios.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Laboral Etiquetado como: liquidación, Recibo de Sueldos, UOCRA

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. roberto dice

    9 marzo, 2024 a las 1:09 pm

    cuando salis de vacaciones te liquidan un plus vacacional a eso tambien se le hace descuento

    Responder
  3. Matías dice

    7 marzo, 2024 a las 11:54 am

    Cuánto deben pagar de indemnización por 3 años de trabajo?

    Responder
  4. jOHANNA dice

    5 marzo, 2024 a las 3:42 pm

    En enero y febrero 2024 sigue el APORTE SOLIDARIO EXTRAORDINARIO (punto «5» del Acuerdo)
    1,5 % sobre remuneraciones de NO afiliados … graciAA

    Responder
  5. Rodrigo dice

    2 marzo, 2024 a las 9:52 am

    Cuanto se cobra por quincena en uocra petroleo ?

    Responder
  6. David T. dice

    29 febrero, 2024 a las 3:14 pm

    Hola Ignacio, nos gustaría saber como liquidarías la primer quinc. de enero con 1 dia feriado nacional no trabajado mas 14 dias de vacaciones desde el 02 ene al 15 ene. Categoria oficial

    Responder
  7. Ariel dice

    29 febrero, 2024 a las 12:04 pm

    Estoy harto de los albañiles y la Uocra, los Electricistas deberíamos de tener otro gremio, me cago buscando la escala salarial correspondiente y siempre sale la de los albañilesignaros. Saludos

    Responder
  8. Melisa dice

    9 febrero, 2024 a las 3:26 pm

    ¿Como se liquida de manera correcta a un trabajador que no presto servicios en todo el mes porque estaba parada la obra?
    Muchas gracias

    Responder
  9. Clarisa Mazer dice

    9 febrero, 2024 a las 8:06 am

    Viendo el caso práctico, si hubiese trabajado hs extras, el presentismo lo calculas sobre todas las hs a jornal basico o solo sobre las horas normales?

    Responder
    • Diego Gómez dice

      12 febrero, 2024 a las 8:40 pm

      Trabajo en blanco y en negro 50y 50

      Responder
  10. Cesar dice

    8 febrero, 2024 a las 7:44 pm

    Buenas los feriados los serenos cobran el doble por 12 horas ?

    Gracias

    Responder
  11. Miriam dice

    28 enero, 2024 a las 6:19 am

    Buenos dias me gustaria si podes informar como se sacan las boletas sindicales ya que nadie ni en los sindicatos te la explican. Tanto de 76/7 como 545/8. Aguardo tu colaboracion,. Saludos

    Responder
    • silvia dice

      1 febrero, 2024 a las 8:10 am

      Buen dia! en la pagina de la UOCRA en boletas de deposito y DJ las podes sacar

      Responder
      • César dice

        8 febrero, 2024 a las 7:42 pm

        Buenas como liquidan a sereno ,un ejemplo por favor ,

        Porque la liquidacion es diferente a un trabajador de la construcción ?

        Muchas gracias ..

        Responder
  12. Martín dice

    27 enero, 2024 a las 10:19 pm

    Quisiera saber el jornal de pañolero trabajando 12 hs diarias. De lunes a viernes y sábados de 8 a 13 hs .. estando con la categoría de especializado .

    Responder
  13. Andres dice

    26 enero, 2024 a las 8:20 am

    Hola Ignacio, Te hago una consulta. No hay que pagar también viaticos y viandas? Muchas gracias

    Responder
  14. Hector dice

    26 enero, 2024 a las 8:02 am

    Hola quisiera saber si los feriados que entran en las vacaciones se pagan y como se liquidan?

    Responder
    • Laura dice

      29 enero, 2024 a las 10:41 pm

      Hola Hector si caen dentro de las vacaciones no se liquida nada adicional. Si justo es feriado al inicio de las vacaciones se liquidan de forma normal y las vacaciones inician el día siguiente al feriado. Saludos!

      Responder
      • Geneieve dice

        31 enero, 2024 a las 1:09 pm

        Hola Laura, y como seria la liquidacion de vacaciones?

        Responder
        • Ricardo dice

          4 febrero, 2024 a las 5:01 pm

          Hola quisiera saber cuánto le pagan a un sereno , si el pago es mensual o quincenal ,
          Yo trabajo de 17 hs a 07 am
          O sea que estoy trabajando 14 horas

          Responder
          • Gustavo dice

            21 febrero, 2024 a las 11:30 am

            Hola Ricardo. Esas 2 horas que haces como adicional de tú jornada de 12, deberían pagártelas con un 50% de aumento. Para sacar el valor hora, deberían hacer la siguiente cuenta:
            El sueldo mensual es de $ 295.317 (enero 2024), al que hay que dividir en 25 (regla que se aplica para todos los sueldos mensualizados, para saber el valor del día de trabajo).
            Eso sería 295.317 / 25= $ 11.812,68 el día. Ese monto lo vas a dividir en 12 y eso te va a dar el valor hora.
            113812,68 / 12= $ 984,39 la hora. Para saber el valor de la hora extra (toda que supere las 12 horas de tú jornada normal), tenés que sumarle el 50%.
            984,39 + 50%= $ 1.476,60 por hora extra.
            Solo se computan con el 100% de aumento, las horas extras que hagas dentro del día que corresponde al descanso. Ejemplo: Si trabajás 6 días corridos de lunes a sábados, tú última jornada laboral normal debería terminar el domingo a las 5am. Las 2 horas extras (de 5 a 7am) deberían ser computadas al 100%, por ya estar dentro del día de descanso.

  15. GabrielA dice

    25 enero, 2024 a las 12:41 pm

    Buenas, quería consultar por la jornada legal de los serenos. Entiendo (y es muy repetitivo) que su jornada puede extenderse hasta 12 horas diarias. Pero no indica nada sobre el régimen de descansos y si, al superar las 12 horas, correspondería abonar horas suplementarias u horas adicionales (sin el recargo del 50% o 100% según corresponda). Investigando encontré un fallo (año 2006) donde menciona que no corresponde abonar horas suplementarias debido a las tareas inherentes del cargo (simplemente presencia y vigilancia y de manera intermitente). Agradezco la respuesta

    Responder
    • Gustavo dice

      21 febrero, 2024 a las 11:05 am

      La jornada estipulada para serenos, es de 12 horas. Puede reducirse a 9, solo si a quien oficia de sereno se le designan taréas operativas. (art 12. CCT 76/75). En caso de cumplir más de las 12 horas regidas por convenio, cada hora extra será imputada con el 50%. Si hubiera posibilidad de hacer contratación por 24hs, será de 12 horas normales correspondientes a su jornada y las 12 horas siguientes computadas al 100% (ya que serían sus horas de descanso, en jornadas normales de trabajo).

      Responder
  16. Máximo dice

    23 enero, 2024 a las 4:37 pm

    Pésimo gremio 12 años y nunca vi que pelearan por un sueldo acorde al trabajo que se realiza.creo que nos iría mejor sin un gremio ?

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d