Pago de asignación no remunerativa para obreros de la UOCRA según acuerdo de fecha 14/12/12 Homologados por Resolucion
S.T. Nro 327/13 de fecha 20/03/2013
S.T. Nro 327/13 de fecha 20/03/2013
la UOCRA y las Cámaras
Empresariales respectivas, homologado por Resolución S.T. Nº
327/13 de fecha 20 de marzo 2013. La cual deberá informarse en la DJNR de AFIP
El mencionado acuerdo establece:
1.- El pago de una suma de carácter no remunerativo y extraordinario de fin de año 2012, para el personal comprendido en el ámbito de aplicación de los convenios colectivos de trabajo (CCT) 76/75, 577/10, 545/08 y 445/06.
2.- Esta suma no remunerativa se abonará a todos aquellos trabajadores activos a la fecha de suscripción del presente (14/12/2012) de acuerdo a las siguientes condiciones:
– Trabajadores con fecha de ingreso hasta el 31/08/2012: percibirán el 100%.
– Trabajadores con fecha de ingreso posterior al 31/08/2012 y hasta el 31/10/2012: percibirán el 75%
– Trabajadores con fecha de ingreso posterior al 31/10/2012: percibirán el 50%.
3.- Los montos a percibir, respetando la porcentualidad establecida en el punto 2.- serán los siguientes:
a) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:
$ 2.500,- para Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fé, Entre Ríos, San Juan, Mendoza, San Luis, La Pampa , Neuquén, Río Negro y Chubut
b) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:
$ 2.000,- para las Provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero, La Rioja , Chaco, Misiones, Formosa y Corrientes un monto de
c) A los trabajadores ocupados en las obras o plantas hormigoneras radicadas en las siguientes zonas geográficas:
$3.000,- para las Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego un monto de $ 3.000.- (pesos tres mil).
Dichos montos se abonarán en cuatro 4 cuotas mensuales, iguales y consecutivas simultáneamente con la primera quincena de cada mes, comenzando a partir del mes de marzo, mes de homologación de los acuerdos.
4.- Habida cuenta del carácter no remunerativo y extraordinario de la suma acordada, la misma no se incorporará a los salarios básicos ni será tenida en cuenta a los efectos del cálculo de horas extras, aguinaldo, vacaciones, asignación por fondo de cese laboral y ninguna otra indemnización y/o concepto cuyo cálculo modele sobre el salario.
Tampoco esta sujetos a aportes y contribuciones de la seguridad social, salvo a los relativos a Obra Social, que deberán ser integrados en su totalidad.
5- El pago de la suma no remunerativa y extraordinaria acordada, será absorbida y/o compensado hasta su concurrencia con cualquier anticipo, gratificación y/o asignación que se hubiere liquidado, tanto voluntariamente o como consecuencia de acuerdos y/o convenios firmados individualmente por los empleadores con la representación gremial. Respecto de estas sumas no remunerativas, absorbidas y / o compensadas, cualquiera sea la oportunidad del pago, resulta de aplicación el ingreso de aportes y contribuciones con destino a la obra social.
Ante cualquier duda podrá consultar la página institucional UOCRA www.uocra.org o comunicarse a los siguientes teléfonos: 0810-333-8627 o 0800-666-4271, en el horario de 9.30 hs. a 17.00 hs.
Anónimo dice
soy oficial de la construcción, y quería saber si el precio de la hora aumenta y a cuanto?? gracias
la suma no remunerativa, se cobra en 4 cuotas?? y a de mas se descuenta de la obra social? gracias espero su respuesta!
hola queria saber de cuanto es el aumento para la uocra y a partir de que fecha se empazaria a cobrar?
Tenes idea cuando estaria homologado para Uecara? Gracias!
hola yo entre a trabajar el 15 de diciembre del 2012 cuanto me corresponde
Ay aumento salarial para los empleados de la construccion
yo cobre la primer cuota y me despidieron me corresponde cobrarlo en la liquidación trabaje mas de un año
En la liquidacion final te tienen que liquidar todo junto! sitrabajaste mas de un año tenes que cobrar el resto que serian $1875 ya que la 1ra cuota ya la cobraste!
yo cobre la primer cuota y me despidieron me corresponde cobrarlo en la liquidación trabaje mas de un año
en la liquidacion final deberia figurar
Entre laburar el 01.02.2013 me corresponde el no remunerativo…Y cuanto gracias….
uecara tambien lo debe percibir???
Corresponde tambien para UECARA? gracias.
http://www.camarco.org.ar/Laborales/UECARA.aspx
Si corresponde pero esta pendiente de homologación, aca esta el pedido
ES TAMBIEN PARA UECARA? SI ES ASI, CUANDO CORRESPONDERIA COBRARLO? GRACIAS!
Si un empleado entra el 9 de Abril a trabajar, se le concede el 50% de la suma no remunerativa?
es también para UECARA?
A mi me figuro en el recibo de la 2da de. Marzo y no me lo pagaron…y ya no nos pagan el aguinaldo,y tampoco nos ponen la categoria correspondiente, a todos nos figura ayudante siendo que en mi empresa yo por ejemplo soy soldador y cortador… en donde puedo denunciar estas irregularidades,sin miedo de perder mi trabajo,porque cuando hablamos con la empresa simplemente nos responden… Si no nos gusta que renunciemos, y la verdad todos necesitamos el trabajo… gracias desde ya a su respuestas…
A ESTA GENTE SABES COMO SE LES DICE LADRONES DE GUANTE BLANCO. DONDE YO TRABAJO TE HACEN LO MISMO ESA PLATA SE LA DEJAN ELLOS,Y SE TECAGAN DELA RISA EN LA CARA,PORQUE NO HAY NADIE QUE CONTROLE QUE ESA PLATA LLEGUE A TU BOLCILLO.
EN LA EMPRESA EN LA QUE YO TRABAJO TE HACEN EXACTAMENTE LO MISMO . UNO LES RECLAMA Y SE TE CAGAN DE LA RISA EN LA CARA NO TIENEN BERGUENZA. SABES COMO SE LES LLAMA A ESA GENTE LADRONES DE GUANTE BLANCO.