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UOCRA Petroleros: bono $500.000 y plus mensual $304.000 CCT 545/08

17 abril, 2026 Por Ignacio 3 comentarios

Índice de Contenidos

  • La UOCRA CCT 545/08 en cuencas petroleras: gratificación única de $500.000 a pagar en mayo de 2026 y una asignación mensual no remunerativa de $304.000 con retroactividad a febrero. Conocé las fechas de pago y los detalles de la suba.
  • 1. Gratificación única de $500.000 (pagadera en mayo 2026)
  • 2. Asignación mensual de $304.000 (desde febrero 2026)
    • Fechas de pago (importante)
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La UOCRA CCT 545/08 en cuencas petroleras: gratificación única de $500.000 a pagar en mayo de 2026 y una asignación mensual no remunerativa de $304.000 con retroactividad a febrero. Conocé las fechas de pago y los detalles de la suba.

La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), junto a la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC), acordaron un paquete de beneficios económicos para los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo CCT N° 545/08, vigente para la actividad de la construcción, con foco en la industria hidrocarburífera y sus actividades coadyuvantes (cuencas petroleras).

El acuerdo, firmado el 10 de abril de 2026, establece dos conceptos principales:

  1. Una gratificación única y extraordinaria de $500.000 (no remunerativa).
  2. Una asignación mensual de $304.000 (no remunerativa) con carácter retroactivo a febrero de 2026.

A continuación, te detallamos punto por punto cómo se aplican estos montos.

¿Qué establece el acuerdo UOCRA para el CCT 545/08?

1. Gratificación única de $500.000 (pagadera en mayo 2026)

  • Concepto: “Gratificación Única y Extraordinaria eficiencia operativa Cuenca Petrolera”.
  • Monto: $500.000 (pesos quinientos mil).
  • Carácter: No remunerativo.
  • Forma de pago: En una única cuota con los salarios de la segunda quincena del mes de mayo de 2026.

2. Asignación mensual de $304.000 (desde febrero 2026)

  • Concepto: “Asignación Cuenca Petrolera”.
  • Monto mensual: $304.000 (pesos trescientos cuatro mil).
  • Carácter: No remunerativo, pero sujeto a aportes y contribuciones de obra social (Leyes 23.660 y 23.661) y descuento de cuota sindical.
  • Vigencia: A partir del mes de febrero de 2026 (inclusive).

Fechas de pago (importante)

Período devengadoFecha de pago
Febrero 2026Con los haberes de la primera quincena de abril 2026
Marzo 2026Con los haberes de la primera quincena de abril 2026
Abril 2026Con los haberes de la segunda quincena de abril 2026
Mayo 2026 y siguientesCon los haberes de la segunda quincena del mes respectivo

⚠️ Atención empleadores: Los meses de febrero y marzo de 2026 se pagan de forma retroactiva junto con el sueldo de la primera quincena de abril de 2026.

¿A quiénes aplica este acuerdo?

El acuerdo aplica a todo el personal encuadrado en el CCT N° 545/08 que desempeñe tareas en la industria hidrocarburífera y sus actividades coadyuvantes (es decir, construcción y servicios vinculados a cuencas petroleras). No se extiende a toda la construcción en general, sino específicamente al sector de cuencas petroleras.

Acuerdo

ACUERDO UOCRA 545-08 04-2026Descarga

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Publicado en: Laboral

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Comentarios

  1. Rolando Raul Escudero dice

    4 mayo, 2026 a las 12:36 pm

    Buen día Ignacio. El presente acuerdo se encuentra homologado a la fecha?

    Responder
  2. Carina Amaya dice

    20 abril, 2026 a las 11:15 am

    Ignacio bueno días!! El presente acuerdo se encuentra homogado?

    Responder
    • Ignacio dice

      20 abril, 2026 a las 10:47 pm

      no todavía

      Responder

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