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Acuerdo UOMRA Abril – Agosto 2025: aumentos, gratificación no remunerativa e IMGR.
La Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA) y las Cámaras Metalúrgicas firmaron un nuevo acuerdo salarial para el período abril-agosto 2025. El acta fue presentada ante la Secretaría de Trabajo el 4 de junio y está a la espera de homologación.
Este acuerdo abarca las ramas de la actividad metalúrgica del CCT 260/75 representadas por las cámaras firmantes, en todo el país (incluida Tierra del Fuego, con exclusión de las ramas Electrónica y Autopartes en esa provincia).
👉 Las planillas han sido presentadas y ratificadas por las Cámaras ante la Secretaría de Trabajo. Actualmente se encuentran a la espera de su homologación oficial. Por ello, se recomienda aguardar la resolución ministerial antes de aplicar el acuerdo, en particular porque incluye sumas de carácter no remunerativo.
Incrementos en el valor hora
El valor hora de la categoría ingresante de la Rama 17 se fija de la siguiente manera:
| Mes | Valor Hora Rama 17 |
|---|---|
| Abril 2025 | $3.514,91 |
| Mayo 2025 | $3.557,09 |
| Junio 2025 | $3.596,21 |
| Julio 2025 | $3.632,18 |
| Agosto 2025 | $3.668,50 |
Los incrementos incluyen la actualización por el desfasaje de enero-marzo 2025.
Gratificación extraordinaria no remunerativa
El acuerdo establece el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa, de carácter excepcional, que se abonará mensualmente de la siguiente forma:
| Mes | Monto No Remunerativo |
|---|---|
| Abril 2025 | $30.000 |
| Mayo 2025 | $25.000 |
| Junio 2025 | $25.000 |
| Julio 2025 | $25.000 |
| Agosto 2025 | $25.000 |
🔸 Se pagará junto con las remuneraciones de cada mes (o la segunda quincena en caso de trabajadores jornalizados).
🔸 Para abril y mayo, las sumas se abonarán junto con los haberes de junio o hasta 4 días hábiles después de la homologación.
🔸 El monto es proporcional a la jornada laboral y no se incorpora a los salarios básicos.
🔸 Es no remunerativo, pero sí devenga:
- Cuota sindical.
- Aporte solidario (afiliados y no afiliados).
- Aporte a OSUOMRA similar al de ley 23.660.
Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR)
Durante abril a agosto 2025 se establece un IMGR mensual para los trabajadores que cumplan jornada completa:
| Mes | IMGR Mensual |
|---|---|
| Abril 2025 | $877.796 |
| Mayo 2025 | $882.351 |
| Junio 2025 | $891.750 |
| Julio 2025 | $900.389 |
| Agosto 2025 | $909.114 |
Este ingreso global incluye todos los conceptos, remunerativos o no, excepto horas extras. No modifica las bases de cálculo de salarios básicos ni afecta topes indemnizatorios.
Base de cálculo para septiembre 2025
El valor hora Rama 17 a partir de septiembre 2025 se fija en: $3.783,71.
Cláusula de revisión
Las partes se comprometen a reunirse a partir del 15 de septiembre de 2025 para revisar el cierre del acuerdo.
Vigencia
El acuerdo rige desde el 1 de abril hasta el 31 de agosto de 2025. Su aplicación será efectiva a partir de la homologación.



Ahí tienen a su gremio… los que cuando pasa algo salen corriendo a llamarlos como si fueran superman… empiecen a replantearse que a ellos les chup un testiculo como le vaya a ustedes, los bolsillos llenos..
Estos vivillos parece que quieren hacer algo con lo que a empleados de comercio les fue muy mal, cuando intentaron cobrarle a los empleados un aporte extra para su OS pese a que no fueran afiliados.
Esperemos que el gobierno tenga la decencia de denunciarlos por estas irregularidades, incluyendo la de aportes paralelos al sistema Sicoss para que no descuenten la parte que va a PAMI.
No debiera ser posible la legalización de la estafa a través de convenios colectivos firmados por los pocos cabecillas corruptos de siempre.
Hay que terminar con la parasitosis.
Sabiendo que el gobierno no va a homologar el convenio,¿ por qué no pusieron una cláusula en donde se exija el pago, si no hay homologación?
y empresas que no quieren pagar su aumento….vuelvo a preguntar ¿Qué van hacer?
Buenas tardes, disculpas por mi ignorancia, pero a la fecha en que escribo, 24/06 el acuerdo no está homologado por el gobierno, tengo entendido que es por superar el porcentaje que este mismo sostiene como base de acuerdo a la inflación,
Mi consulta es, se paga igualmente? o queda sin valor todo lo que han firmado 5 de las 6 cámaras, muchas gracias.
HAY EMPRESAS QUE SI NOP ESTÁ HOMOLOGADO NO PAGAN EL AUMENTO, QUE VAN HACER?
obvio que hay empresas que si no se homologó no van a pagar… te parece mal?
Bien dice arriba «Vigencia
El acuerdo rige desde el 1 de abril hasta el 31 de agosto de 2025. Su aplicación será efectiva a partir de la homologación.»
Si se tira todo para atrás que hay que hacerles??? descontar todo lo mal pagado porque querer apurarse a pagar todo sin la homologación hecha?
Por un lado el aumento es menor que la inflación, osea perdemos poder adquisitivo y por el otro nos dan unos mugrosos 30,25,25,25,25 lucas qué devengan aporte solidario, cuota sindical y usuomra ,osea no son 30 mil , ni 25 ….. el sindicato da asco ,manga de vendidos ensobrados, cuanto les pagaron los empresarios para este acuerdo???? Asco dan !!!!!!!
Es una burla lo que hacen . Ya es demaciado.. todos los metalúrgicos y en realidad. Todos los que estén afiliados a este gremio nos tendríamos que parar y decir basta . Juegan con nuestra vida nuestra salud y por sobre todo nuestra familia .
Yo quiero saber x q no dan lo q los afiliados no reciben meficamentosbno tienen médico clínico no dan trasladó reteniendo discapacidad audifono esperando hace 5 años pierna ortopédica otro tanto pero los descuentos cada vez son más
Sueldos de ambre
Gremio híbrido!!!
No entiendo como abonar sobre la obra social, aporte y contribucion, de la Gratificacion.
Si lo retengo en el recibo se paga automaticamente en ARCA, por el LSD con el F 931.
Pero Uom ya preparo la pagina para que se abone por alli…
Que se hace en estos casos???
Debes parametrizarlo como “Otros descuentos” y ahi no te figura como parte de la OS en Arca, sino que lo pagas por boleta sindical.
te consulto: sobre la Gratificacion extraordinaria No Remunerativa se descuenta el 3% de obra social para el empleado y el 6% para el empleador, y tambien el 2,5% de cuota sindical?
Bien dice que es un pago no remunerativo, no interfiere en ningún descuento de ley.
Es un pago que no difiere en lo que es cuota sindical ni sepelio ni nada
Me asustan los montos de los aumentos y las compensaciones no remunerativas, no valla a ser que se vayan todos al exterior y no vuelvan más, con aumentos de 30 mil pesos, un valor hora que alcanza para medio kilo de osobuco, y un sueldo que es la mitad de lo que necesita una familia tipo según el indec para no ser pobre. Osea a un metalúrgico le faltan otras 700 lucas para poder cubrir sus gastos, alquiler de vivienda en caso de no tenerla, comer, vestirse, es una burla. No tienen derecho a enfermarse, a faltar, tienen horarios y jornadas que el común de los empresarios oligarcas jamás soportaría ni haría y son los primeros en decir agarra una pala y trabaja cuando ellos ni saben lo que es eso porque los mulos producen los millones que ellos juntan pala
No sirve que hablen tanto si tarda un montón en homolgarse, son un sindicato débil que el gobierno se burla de ustedes.
El gobierno no tiene nada que ver con. La mugre que es el sindicato,,( lo conozco hace 38 años,)
El gobierno SI TIENE QUE VER, MAS ALLÁ DEL SINDICATO
En este caso el que no lo quiere homologar en el ministerio de trabajo. Creo que pertenece al gobierno…
que tortura liquidar convenios. muchas planillas pero nunca homologadas y no les importa la fecha….