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UOYEP: empleados del plástico acuerdan suma de 1500 pesos no remunerativos.

18 febrero, 2013 Por Ignacio 167 comentarios

Con fecha 03/01/2013 la Cámara Argentina de la Industria Plástica (CAIP) ha firmado con la Unión  Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP) el pago – por única vez – de una Gratificación Extraordinaria No Remuneratoria.

En el mencionado acuerdo las partes convinieron que el personal recibirá una Gratificación Extraordinaria No Remuneratoria de $ 1500.-, por única vez, la cual se abonará según el siguiente detalle:

  • $ 450.- juntamente con los haberes correspondientes al mes de febrero de 2013, 
  • $ 500.- juntamente con los haberes correspondientes al mes de marzo de 2013 y
  • $ 550.- juntamente con los haberes correspondientes al mes de abril de 2013.

La Gratificación tendrá carácter no remuneratorio, y se tomará en cuenta a los fines de los aportes y contribuciones que determina el régimen de Obras Sociales y el Art. 43 del CTT 419/05.

En el acuerdo suscripto se establece lo siguiente:
PRIMERO: Ambas partes y los firmantes del presente acta, declaran que son integrantes en representación de las entidades nombradas precedentemente, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, conforme a lo determinado en el expediente Nº 1.252.511/07, de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo, de fecha 17 de diciembre de 2007.
SEGUNDO: POR UNICA VEZ Y EN CONCEPTO DE GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA NO REMUNERATORIA:
En ejercicio de su facultad negociadora, las partes que firman el presente acta convienen que las empresas del sector abonarán – por ésta única vez – y como “Gratificación Extraordinaria No Remuneratoria” la suma de $ 1.500.= que se liquidará conforme al siguiente detalle: $ 450.= juntamente con los haberes correspondientes al mes de Febrero de 2013, $ 500.= juntamente con los haberes correspondientes al mes de Marzo de 2013 y $ 550.= juntamente con los haberes correspondientes al mes de Abril de 2013.
El importe de la Gratificación Extraordinaria aquí pactada en ningún caso se incorporará a los salarios básicos ni se considerará como base de cálculo de los mismos para futuras negociaciones.
Dada su naturaleza y excepcionalidad, este importe tendrá carácter no remuneratorio y no será contributivo a ningún efecto ni generará aportes y contribuciones a los subsistemas de la seguridad social, salvo los aportes y contribuciones que determina el régimen de Obras Sociales y Art. 43º del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, correspondiendo dicho aporte mensual por cada trabajador convencionado a las sumas que se consignan en el Anexo I del presente acuerdo.
TERCERO: El pago de la Gratificación Extraordinaria No Remuneratoria establecida en el apartado segundo se liquidará por cada trabajador convencionado en forma proporcional al tiempo trabajado durante el año 2012. Para dicha proporcionalidad se tomará como valor de referencia $ 125,00 por mes calendario trabajado o fracción de 20 días o más.
CUARTO: La bonificación por antigüedad contemplada en el art. 6º del Convenio, será liquidada sobre el salario o sueldo básico, de la categoría en la que revista el trabajador. En cuanto a los premios o incentivos que puedan existir en las empresas, los mismos se liquidarán conforme a los sistemas vigentes en cada una de ellas o en su caso, a los que surjan de acuerdos que se puedan negociar a nivel de las mismas, con las respectivas representaciones de los trabajadores.
QUINTO: A los fines de la liquidación de los haberes que correspondan por aplicación del presente acta, las partes ratifican en su contenido lo dispuesto por el Art. 25º de la Convención, que será aplicable en cada caso en particular, conforme a las modalidades existentes en cada empresa. El régimen de dicho artículo será aplicable también al adicional no remuneratorio convenido en la presente acta.
Las partes se comprometen a elevar el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo a los fines de su homologación y registro.

ANEXO I

Conforme a lo acordado en el apartado Segundo del Acta-Acuerdo de fecha 03/01/13 en lo que concierne al Art. 43º del C.C.T. Nº 419/05, la base de cálculo de dicho aporte es el siguiente:
Mes Base de cálculo
Enero de 2013 $ 31.29
Febrero de 2013 (31,29 + 2,36) $ 33,65
Marzo de 2013 (31,29 + 2,63) $ 33,92
Abril de 2013 (31,29 + 2,89) $ 34,18
Mayo de 2013 $ 31,29

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Empleados del Plástico, Paritarias, Paritarias 2013, UOyEP

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    11 abril, 2013 a las 1:04 am

    si, ya está homologado, informense en el sindicato, no se dejen estafar.

    Responder
  3. Anónimo dice

    8 abril, 2013 a las 7:02 pm

    Hola sólo quería saber sí al pasar el mes de abril y después se homologa van a pagar todo junto o en cuotas. Porque en mi empresa son más ratas y quiero estar informado asi no mecagan

    Responder
  4. Anónimo dice

    8 abril, 2013 a las 2:43 pm

    HOY ESTAMOS A 8 DE ABRIL, YA SE HOMOLOGO??????????????????????
    GRACIAS

    Responder
    • Anónimo dice

      8 abril, 2013 a las 10:34 pm

      ya esta homolado!

      Responder
  5. Anónimo dice

    3 abril, 2013 a las 3:07 pm

    Si un empleado trabaja jornada parcial, cómo se calcula la obra social de acuerdo a la suma no remunerativa? un 3% sobre dicha suma?

    Responder
  6. Anónimo dice

    27 marzo, 2013 a las 6:38 pm

    La resolución 327/13 del M.T. corresponde a la homologación del pago de una gratificación extraordinaria de la UOCRA no del Plástico. Se sabe si se homologó la del Plástico? y cual es el n° de Resolución? Muchas gracias!!!

    Responder
  7. Anónimo dice

    25 marzo, 2013 a las 6:04 pm

    Ignacio buenas tardes, tengo una consulta para hacerte.
    Yo hace 3 años que trabajo en la empresa, pero recien este año me pase al sindicato, ¿me corresponde cobrarlos igual los $1500 por mas que no haya estado en el sindicato estuve trabajando, desde ya muchas gracias.

    Responder
    • renegado dice

      1 junio, 2013 a las 4:05 pm

      Hola. Te corresponde estés o no afiliado al sindicato.

      Responder
  8. Anónimo dice

    23 marzo, 2013 a las 12:02 pm

    AYER SE HOMOLOGO.

    Responder
  9. Anónimo dice

    22 marzo, 2013 a las 8:12 am

    Siendo viernes 22 llame al sindicato y no ahi nada todabia y llame a capital y al de quilmes todabia no se sabe nada es casi seguro k paguwn todo junto en abril eso pensamos ojala saludos

    Responder
  10. Anónimo dice

    21 marzo, 2013 a las 9:23 pm

    20 de Marzo de 2013; RESOLUCION Nº 327 de Secretaria de Trabajo.
    HOMOLOGACION DEL ACUERDO DE $ 1500 entre Sindicato Plastico y Camara Plastica. mas datos "y vayan o llamen al sindicato"

    Responder
  11. jmp2010 dice

    20 marzo, 2013 a las 10:44 pm

    Hola, alguno tiene idea si este acuerdo, UOYEP empleados del plástico acuerdan suma de 1500 pesos no remunerativos, ¿ya esta homologado?

    Saludos

    Javier

    Responder
  12. Anónimo dice

    20 marzo, 2013 a las 8:41 pm

    Ya esta !!!!!!! a fin de mes nos pagan los 450 de febrero y los 500 de marzo !!!! Mañana JUEVES 21 SEGURO SEGURO ya lo tienen en el Gremio !!!!!

    Responder
  13. Anónimo dice

    20 marzo, 2013 a las 6:54 pm

    hola ignacio podria decirnos si se homologo el acuerdo, hoy recibi el sueldo sin ninguna noticia gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      20 marzo, 2013 a las 7:28 pm

      NO, hasta el momento no está homologado

      Responder
  14. Anónimo dice

    20 marzo, 2013 a las 1:29 am

    yyyy??lo van a pagar o no??q novedades hay?

    Responder
  15. Anónimo dice

    19 marzo, 2013 a las 12:24 am

    hola…. no se homologo al final???

    Responder
  16. Anónimo dice

    15 marzo, 2013 a las 7:08 pm

    Loco quiero los 1500. Espero q los pelotudos del ministerio de trabajo firmen y se dejen de romper las pelotas. Y esta pelotudes me esta ilucionando si llega a ser mentira me corto los huevos y se los mando a la señora de mi trompa. Jajaja.

    Responder
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