• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

URGARA acuerda un bonos de hasta $65000 cierra para Rama Acopio CCT 574/10

9 abril, 2022 Por Ignacio 3 comentarios

Se trata de dos bonos, uno en concepto de gratificación extraordinaria anual y el otro en concepto de bono pandemia.

La Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro) y la Unión de Recibidores de Granos y Anexos de la República Argentina (Urgara) dieron a conocer un acuerdo a través del cual los trabajadores de acopios y de cooperativas recibirán una gratificación extraordinaria de hasta $ 65.000 en los próximos días.

Todas las empresas que realicen tareas encuadradas en el CCT 574/10, de una gratificación extraordinaria por única vez, consistente en una suma no remunerativa conformada por gratificación extraordinaria anual y gratificación extraordinaria para trabajadores esenciales.

Se trata de dos bonos, uno en concepto de gratificación extraordinaria anual y el otro en concepto de bono pandemia.

Más detalles del acuerdo

El pago deberá hacerse a todos los trabajadores en relación de dependencia, tanto sea mensualizados como eventuales, con plazo máximo al próximo 20 de abril, según el siguiente detalle:

  • Empresas con giro anual de hasta 100.000 toneladas: $ 52.000, compuestos por $ 32.000 de la gratificación anual más $ 20.000 del bono pandemia.
  • Entre 100.001 y 200.000 toneladas: $ 60.000 ($ 40.000 más $ 20.000).
  • Más de 200.001 toneladas: $ 65.000 ($ 45.000 más $ 20.000).

Las sumas a otorgar, tienen en todos los casos, carácter NO remunerativo.

Cláusula de absorción

Como tal absorbe, subsume, sustituye e incluye, hasta su concurrencia, todas las prestaciones voluntarias o particulares que las cooperativas hayan pagado desde el 15 de enero de 2021 hasta la actualidad

Tanto en concepto de anticipo de bonificación, bonificación, bono, gratificación adicional, premio o como premio estimulo, a sus trabajadores, que, con carácter remunerativo o no remunerativo, hubiera sido
otorgada por decisión unilateral empresaria.

También será aplicable a bono o sumas extraordinarias que pudiere otorgar el Gobierno Nacional.

No podrán ser compensadas con pagos efectuados con la reserva “a cuenta de futuros aumentos”, en virtud de tratarse de un premio extraordinario.

Derecho a percibir el bono

Para que se devengue el derecho a percibir el bono, el trabajador deberá encontrarse activo a la fecha de suscripción del presente acuerdo (29 de marzo de 2022) y contar con 3 (tres) meses de antigüedad en el puesto de trabajo.

Como se informa en el recibo de sueldo

  • Consignar el pago del Bono anual extraordinario otorgado haciendo referencia al N° de Expediente EX-2022-33063976– para las sumas correspondientes a la gratificación extraordinaria anual, para su constancia ante AFIP atento el carácter NO remunerativo previsto.
  • En cambio, se debe consignar el pago del Bono para trabajadores esenciales otorgado haciendo referencia al N° de Expediente EX-2022-33076662– para las sumas correspondientes a la gratificación extraordinaria para trabajadores esenciales, para su constancia ante AFIP atento el carácter NO remunerativo previsto.

Los firmantes señalan que las negociaciones para acordar estas dos gratificaciones se iniciaron en el mes de noviembre de 2021, con una pretensión sindical inicial de un Bono conformado de $95.000,00, por lo que no fue posible llegar a un acuerdo antes de fin de año 2021.

Además, desde CONINAGRO, sugieren a las cooperativas, evalúen no abonar a los trabajadores pagos por gratificación o premio por montos elevados, debido a que, en muchos casos, esos premios superan lo acordado luego con el Sindicato, argumento que esgrimen para fundamentar altas pretensiones.

Por otra parte, las cooperativas se pierden la posibilidad de que esos adelantos en concepto de gratificación sean abonados en forma NO remunerativa, como se acordó finalmente.

Una alternativa que podría implementarse es dar un anticipo en concepto de bono o premio y que la liquidación del mismo se realice cuando se acuerde el bono con el Sindicato.

urgara-acopio-suma-paritaria-bono-fin-de-ano-bono-covid-cct-574-10_Descarga

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Laboral Etiquetado como: Paritarias

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. julia dice

    19 abril, 2022 a las 2:06 pm

    se homologaron los dos bonos?

    Responder
  3. maxi dice

    10 abril, 2022 a las 4:49 am

    Hola buen día ,quería consultarte .
    Yo trabajo 48 horas semanales de empleados de comercio ,si me ponen franco un feriado es verdad que se me genera un día libre extra ?

    Responder
    • Ignacio dice

      10 abril, 2022 a las 5:35 pm

      no, no es así

      Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d