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UTEDYC CCT 462/06: detalles del acuerdo y escala salarial 2014

16 febrero, 2014 Por Ignacio 50 comentarios

Índice de Contenidos

  • Detalles del acuerdo
    •  Escala Salarial 2014 UTEDYC -FEDEDAC Y AREDA CCT 462/06
  • Cláusula de absorción
  • Pago del retroactivo
  • Reunión en septiembre 2014
  • Aplicación
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Detalles del acuerdo salarial 2014 firmado entre UTEDYC con FEDEDAC y AREDA para el CCT 462/06. Aumento del 30% en dos tramos.

Con fecha, 11 de febrero de 2014, la Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC),  la Federación de Empleadores de Entidades Deportivas y Asociaciones Civiles (FEDEDAC) y la Asociación Rosarina de Entidades Deportivas Amateurs (AREDA), alcanzaron un acuerdo de recomposición salarial para los empleadores bajo el CCT 462/06.

Detalles del acuerdo

Las partes acordaron otorgar sobre los básicos vigentes al 31/12/2013 del CCT  462/06,  un 30% de incremento salarial de acuerdo al siguiente cronograma:
  • 15% sobre los básicos al 31/12/13 a partir de enero de 2014
  • 15% sobre los básicos al 31/12/13 a partir de julio de 2014
Además, se comprometen a analizar los niveles salariales pactados en el acuerdo en el mes de septiembre. Teniendo en cuenta el marco de la actual situación económica.

El Acta Acuerdo ha sido presentada para su homologación ante el Ministerio de Trabajo el número 1-2015-1609657.

 Escala Salarial 2014 UTEDYC -FEDEDAC Y AREDA CCT 462/06

* Los cifras en el acta original, son $8.900 y $54,29

Cláusula de absorción

Los empleadores que hubieren otorgado con posterioridad al 1º de octubre del 2013, incrementos salariales voluntarios a cuenta de futuros aumentos, podrán absorberlos y compensarlos hasta concurrencia con los incrementos salariales pactados en el acuerdo.

Pago del retroactivo

Atento a la fecha en que se arriba el presente acuerdo y que ya han sido liquidados y abonadas las remuneraciones de enero, se acuerda que las retroactividades correspondientes a dicho mes se abonaran con la remuneración de febrero 2014.

Reunión en septiembre 2014

Las partes asumen el compromiso de reunirse en la primera quincena de septiembre 2014 para dar tratamiento a los siguientes temas:

  1. Adicional por antigüedad
  2. Adicional para trabajadores de la región insular en la provincia de Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur
  3. Analizar los niveles salariales pactados en el acuerdo en el marco de la situación económica actual.

Aplicación

Las partes establecen la aplicación inmediata del Acuerdo, con independencia de su oportuna homologación por la autoridad respectiva.
Por último, las partes establecieron volver a reunirse en la primera quincena de noviembre de 2014 para iniciar las negociaciones salariales 2014.

Descargar acta acuerdo salarial 2013 UTEDYC – FEDEDAC CCT 462/06

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AREDA, CCT 462/06, Escala Salarial 2014, FEDEDAC, UTEDYC

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    21 julio, 2014 a las 6:25 pm

    en realidad no es el 30%, es un 28%, no sean mentirosos, jueguen con la verdad, no engañen a la gente.

    Responder
  3. claudio dice

    20 junio, 2014 a las 9:18 pm

    Soy de Rincón de los sauces, nqn y trabajo 12hs por dia. Me corresponden viandas?

    Responder
  4. PAUL dice

    17 junio, 2014 a las 6:39 pm

    Hola ignacio mi consulta es la siguiente en el trabajo me debían plata. solo queria saber si corresponde cobrar fallo de caja en utedyc trabajo en un club administrativi 3ra categotia. quisiera saber si falla caja es como vi en internet que sería 10 por ciento de la segunda categoría admunistrativa y la antigüedad se cobra el uno por ciento por año de la primera categoría supervisión mas oresentismo? Gracias.

    Responder
  5. Anónimo dice

    16 mayo, 2014 a las 10:21 pm

    Cuando se homologa este aumento ya que a las mutuales no les aparecw nada aun???

    Responder
  6. Mónica Tur dice

    6 mayo, 2014 a las 12:39 am

    Hola Ignacio !!! A partir de cuando se cobra por antigüedad ???? gracias

    Responder
  7. Anónimo dice

    22 abril, 2014 a las 12:20 pm

    Hola gente, una consulta, hay alguna norma que indique de acuerdo a la antigüedad en que categoría se debe estar ?? mi madre tiene 23 años de antigüedad y se encuentra en la 5ta categoría de maestranza y servicios, desde ya muchas gracias!!!!

    Responder
  8. Jesica Perez dice

    30 marzo, 2014 a las 3:05 pm

    Perdon por mi ignorancia pero este es el monto de jornada laboral completa verdad??
    Como hago para saber lo q corresponde por 2/3 de jornada??

    Responder
    • PAUL dice

      17 junio, 2014 a las 6:45 pm

      Si trabajas mas de 30 horas semanales corresponde que paguen sueldo completo.
      Basico
      presentismo 10% del basico
      antiguedad 1% por año del basico de la primera categoria de supervision
      y si manejas efectivo cobras y pagas 10 % del basico de la segunda categoria administrativa.

      Responder
  9. Anónimo dice

    6 marzo, 2014 a las 1:13 pm

    Con la hiperinflación que estamos soportando ese porcentaje es una MISERIA, vamos a ver cuando llegue setiembre si los Sindicatos no piden mas nada estamos en el horno. Tendrian que pelear por conseguir que devuelvan lo robado en vez apretar el cuello del trabajador.Hagan algo por favor…no se dan cuenta que la clase media es la que consume, y ya no tenemos como poder consumir. . .

    Responder
  10. Anónimo dice

    5 marzo, 2014 a las 1:40 pm

    Consulta para quien sepa y pueda ayudarme.

    La aplicación del aumento, según la clausula séptima, es obligatorio? o hasta tanto el convenio no se encuentre homologado, cada entidad tiene la facultad de decidir si lo aplica o no?

    Gracias a quien pueda responderme esta consulta.

    Responder
  11. Anónimo dice

    25 febrero, 2014 a las 6:08 am

    Tengo una duda…comence mis vacaciones el 16 de diciembre del 2013, pero me ocupa todo el mes de enero y 1 dia de Febrero (48 dias en total), corresponde hacer la liquidacion de las vacaciones nuevamente? ya que se liquidó con el importe del sueldo del año 2013 y en enero de 2014 se aumentan las remuneraciones. La pregunta es, los 16 dias de Diciembre estan bien, pero se deberia pagar la diferencia por los 31 dias de Enero y un dia de Febrero (2014)?. Si alguien sabe, le agradeceria mucho que me responda, ya que esta semana ya se preparan las liquidaciones de sueldos. Muchas gracias!

    Responder
    • Anónimo dice

      6 marzo, 2014 a las 5:43 pm

      Pudiste averiguar algo de este tema? A mi me paso algo similar el año pasado y no me pagaron un peso mas por el mes de enero, yo pretendia el retroactivo, no aplicado a las vacaciones , independientemente si las hubiera tomado o no. Este año me estan haciendo lo mismo, asi que quiero averiguar. Muchas gracias!

      Responder
  12. Anónimo dice

    21 febrero, 2014 a las 11:52 pm

    es poco todaavia el año pasado tendriamos q estar ganando esta sifra q nos diero ahora es una miseria la inflaasion sigue superando el doble a este aunmento pero grasia algo es algo

    Responder
  13. Anónimo dice

    20 febrero, 2014 a las 7:51 pm

    El segundo tramo de 15% tendría que ser sobre el sueldo básico de junio 2014, porque sino ni siquiera va a cubrir la inflación anual que se espera, que es entre 35 y 40 %. Ya ahora mismo están anunciando un aumento de las cocheras del 35%. Una vergüenza.

    Responder
  14. Anónimo dice

    19 febrero, 2014 a las 6:32 pm

    en enero 2014 me descontaron ganancias no llego al bruto de 15000, esto corresponde?

    Responder
  15. Anónimo dice

    17 febrero, 2014 a las 6:00 pm

    Hay alguna novedad del convenio 496??

    Responder
    • Anónimo dice

      21 febrero, 2014 a las 5:13 pm

      No hay acuerdo!! ni se pudieron sentar a negociar, recien llame a mi seccional y nos querían dejar una notita diciendo " Por favor señor empleador , auméntele el sueldo a sus empleados"
      Parece joda pero no lo es!!! No te dejes engañar NO CERRARON NADDDDAAA!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

      Responder
  16. Hugo Javier Maidana dice

    17 febrero, 2014 a las 1:05 pm

    Hola, esta homologado este convenio?

    Responder
    • Matusanz dice

      18 febrero, 2014 a las 7:11 pm

      es de aplicación inmediata, por lo que se debe pagar sin necesidad que se este homologado, es decir, que no se debe esperar a la fecha de homologación para pagar este aumento

      Responder
    • Matusanz dice

      18 febrero, 2014 a las 7:12 pm

      es de aplicación inmediata, por lo que se debe pagar sin necesidad que se este homologado, es decir, que no se debe esperar a la fecha de homologación para pagar este aumento

      Responder
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