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UTEDYC: Nueva Escala salarial CCT 462/06 – 2009/2010

6 diciembre, 2009 Por Ignacio 346 comentarios

La UNION DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) y la FEDERACION EMPLEADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y ASOCIACIONES CIVILES (FEDECAC), acordaron otorgar sobre los básicos vigentes al 31/12/2009 un incremento salarial del 10%, aplicado de la siguiente manera:
  • 5% en enero de 2010.
  • 5% en Febrero del 2010

La nueva escala salarial, que ha sido publicada en la página oficial de UTEDYC, es la siguiente:

 

Absorción del item “a cuenta de futuros aumentos”

Para las entidades que en el transcurso del período comprendido entre el 01 de agosto de 2009 y el 31 de diciembre de 2009 hubieran otorgado incrementos salariales voluntarios a cuenta de futuros aumentos legales y/o voluntarios y así estuvieran identificados en las respectivas liquidaciones de haberes, podrán absorberlos y compensarlos hasta su concurrencia con los incrementos pactados en en el presente acuerdo. Lo mismo ocurrirá con los aumentos que pudiere otorgar el Poder Ejecutivo Nacional o por leyes sancionadas por el Congreso de la Nación, en ambos casos, durante el año 2010.

La nueva reunión será en abril de 2010
Las partes también acordaron reunirse en la primera semana el mes de abril de 2010 para continuar con las negociaciones salariales. El acuerdo está pendiente de Homologación.

Descargar el Acuerdo
   

Descargar Escala Salarial 2009-2010 -CCT 462/06

Actualización:
El acuerdo se homologó con fecha 2 de marzo de 2010 mediante la resolución ST 219 de la secretaría de trabajo. VER

Fuente: UTEDYC

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Acuerdos Salariales, Escala Salarial, UTEDYC

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    26 marzo, 2010 a las 2:21 am

    HOLA IGNACIO CUANTOS DIAS D VACACIONES ME CORRESPONDE EN 11 ANOS D SERVICIOS XQUE ME PAGARON 21 DIAS

    Responder
  3. Ignacio dice

    25 marzo, 2010 a las 4:26 pm

    Hola Gastón, se puede hacer la denuncia en el sindicato o en el Ministerio de Trabajo.

    Hola Mirta, si, podés pedir dos años para atrás.

    Responder
  4. mirta dice

    25 marzo, 2010 a las 3:29 pm

    hola ignacio,soy nuevamente mirta, que te consulto con respecto al titulo de profesora en retardo mental,y las preguntas son las siguientes, puedo pedir el pago retroactivo por titulo, y la siguiente es que en el servicio soy unica responsable y hago soy la coordinadora y supervisora del trabajo de las personas a cargo, el titulo de profesora me habilita para la categoria de supervisor, gracias por toda la informacion que me has brindado.

    Responder
  5. Anónimo dice

    25 marzo, 2010 a las 10:45 am

    Hola ignacio, mi nombre es Gastón y la pregunta es la siguiente, trabajo desde hace unos años en un club de fútbol de la plata como profesor y estoy en negro, me pagan por porcentaje, hay alguna forma de denunciar esto? Desde ya muchas Gracias.

    Responder
  6. Anónimo dice

    24 marzo, 2010 a las 1:31 pm

    Hola! les escribo por una sra. amiga q trabaja en un Centro Integral del Discapacitado Mental. Segun su recibo de sueldos la categoria es Encargado de Sector. y el basico q le pagan es $1.122,50. Sé q hace practicamente todo en el lugar desde atender a los chicos hasta la limpieza pero bueno el recibo dice esa categoria. Quisieramos saber q basico tendria q tener de acuerdo a esa categoria . Desde ya muchas gracias
    Silvia

    Responder
  7. Anónimo dice

    23 marzo, 2010 a las 8:45 pm

    hola quisiera saber cuanto me corresponde de salario ya que trabajo en negro en un casa convento de una congregación religiosa, como mantenimiento, plomeria, electri, chofer, maestranza., etc y que categoria me corresponde gracias Roberto

    Responder
  8. Ignacio dice

    23 marzo, 2010 a las 3:07 pm

    La jornada es de 48 horas semanales, para el caso de UTEDYC, según el CCT 462/06 es de 44 horas.

    Responder
  9. Anónimo dice

    23 marzo, 2010 a las 2:14 pm

    hola, me podrias decir de cuantas horas semanales se compone la jornada completa de trabajo… es de 46 o de 48???, es para sacar los calculos de mi jornada parcial…gracias
    Gonzalo

    Responder
  10. Ignacio dice

    22 marzo, 2010 a las 10:07 pm

    Que te digan que norma es la que fundamenta eso.

    Responder
  11. Anónimo dice

    22 marzo, 2010 a las 5:11 pm

    soy viviana , me reclaman de utedyc obra social y sindicato desde 2006 por todo el dia aunque trabaja 15 hs semanales . Dice que debia aportar por la categoria de maestranza

    Responder
  12. Ignacio dice

    22 marzo, 2010 a las 4:56 pm

    Si vas a dejar una consulta, procura dejar un nombre o tener habilitado el perfil en blogger para facilitar la respuesta. Muchas Gracias.

    Pero que es lo que te reclaman? obra social o INACAP?

    Responder
  13. Anónimo dice

    22 marzo, 2010 a las 4:47 pm

    SI PERO ME RECLAMAN DE ANTES DE LA MODIFICACION DEL AÑO PASADO DESDE EL 2006 ,ME DICEN QUE TENIA QUE APORTAR POR EL VALOR DE MAESTRANZA , ESO ES CORRECTO?

    Responder
  14. Ignacio dice

    22 marzo, 2010 a las 4:40 pm

    TITULO VII – Dotaciones, ingresos, vacantes y promociones.

    Dotaciones

    Art. 26 – Las dotaciones de personal serán fijadas por las instituciones de acuerdo a sus necesidades de organización y funcionalidad.

    Ingresos-vacantes-promociones

    Art. 27 – Las instituciones establecerán los procedimientos a seguir y requisitos que deberán ser satisfechos para los ingresos, cobertura de vacantes y promociones del personal. En caso de vacantes, las instituciones (deberán informar al personal y a la representación gremial interna respecto de las mismas y condiciones requeridas, estableciendo un plazo para que se presenten los aspirantes al puesto. La evaluación y decisión sobre la selección del candidato destinado a cubrir la vacante, sea que éste provenga del personal o de un ingreso, será de exclusiva incumbencia del empleador.

    Responder
  15. mirta dice

    22 marzo, 2010 a las 3:03 pm

    hola ignacio,soy mirta,necesitaria saber cada cuantos años se puede pedir cambio de categoria, hay que reunir requisitos,si esta escrito donde puedo encontrarlo para tener un respaldo cuando lo solicite,gracias.

    Responder
  16. Ignacio dice

    22 marzo, 2010 a las 2:26 pm

    Es que desde principios del año pasado, se debe pagar la obra social por jornada completa, por mas que el empleado tranaje a jornada parcial.

    Responder
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