• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

UTEDYC: Nueva Escala salarial CCT 462/06 – 2009/2010

6 diciembre, 2009 Por Ignacio 346 comentarios

La UNION DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) y la FEDERACION EMPLEADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y ASOCIACIONES CIVILES (FEDECAC), acordaron otorgar sobre los básicos vigentes al 31/12/2009 un incremento salarial del 10%, aplicado de la siguiente manera:
  • 5% en enero de 2010.
  • 5% en Febrero del 2010

La nueva escala salarial, que ha sido publicada en la página oficial de UTEDYC, es la siguiente:

 

Absorción del item “a cuenta de futuros aumentos”

Para las entidades que en el transcurso del período comprendido entre el 01 de agosto de 2009 y el 31 de diciembre de 2009 hubieran otorgado incrementos salariales voluntarios a cuenta de futuros aumentos legales y/o voluntarios y así estuvieran identificados en las respectivas liquidaciones de haberes, podrán absorberlos y compensarlos hasta su concurrencia con los incrementos pactados en en el presente acuerdo. Lo mismo ocurrirá con los aumentos que pudiere otorgar el Poder Ejecutivo Nacional o por leyes sancionadas por el Congreso de la Nación, en ambos casos, durante el año 2010.

La nueva reunión será en abril de 2010
Las partes también acordaron reunirse en la primera semana el mes de abril de 2010 para continuar con las negociaciones salariales. El acuerdo está pendiente de Homologación.

Descargar el Acuerdo
   

Descargar Escala Salarial 2009-2010 -CCT 462/06

Actualización:
El acuerdo se homologó con fecha 2 de marzo de 2010 mediante la resolución ST 219 de la secretaría de trabajo. VER

Fuente: UTEDYC

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Acuerdos Salariales, Escala Salarial, UTEDYC

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Ignacio dice

    17 febrero, 2010 a las 5:32 pm

    Hola, te dejo lo que dice el CCT:

    Administración

    Categoría 1ra.: comprende al personal especializado en alguna o varias funciones administrativas y/o al personal que cumple funciones específicas o propias de su especialidad profesional y recibe órdenes e indicaciones directas del personal jerárquico, tales como: secretario/a administrativo/a de gerencia; secretario/a administrativo de asuntos legales; traductor público con matrícula oficial.

    Categoría 2da.: comprende al personal administrativo que recibe directivas del responsable del área y se maneja con criterio propio en su implementación. Puede asignar tareas a auxiliares. Tales como: jefe de sección; subjefes o subencargados en general; cajero principal; técnicos que ejerzan su especialidad en tareas asignadas; auxiliares especializados en tareas que requieran conocimientos técnicos específicos. personal de cómputos y liquidaciones; bibliotecarios.

    Categoría 3ra.: comprende al personal que realiza tareas administrativas en general, ya sea en forma manual, mecánica, electrónica y/o computarizada, asignadas y bajo la supervisión de su superior, tales como: auxiliares administrativos en general; cajero auxiliar; recepcionista; telefonista; cadete.

    Responder
  3. Alejandro dice

    17 febrero, 2010 a las 5:09 pm

    Hola, estoy en la categoria 3º de administrativo de UTEDYC. Necesito saber si esta categoria es acorde a las actividades que realizo en mi trabajo. Que incluye cada una de las 3 categorias? Yo creo que por lo que hago estoy ganando poco. Espero una respuesta, gracias.

    Responder
  4. Ignacio dice

    15 febrero, 2010 a las 1:12 am

    Carlos, tiene que haber sido cuando se firmó el nuevo acuerdo, en el 2007.

    Responder
  5. Ignacio dice

    15 febrero, 2010 a las 1:10 am

    Hola, la categoría, podrá llegar a ser la 3ra o 4ta de Maestranza.
    Para que te pongan en blanco tenés que hablar con el empleador, es la mejor opción. Si no, tenés que hacer la denuncia en el sindicato o en el Ministerio de Trabajo.

    Responder
  6. Ignacio dice

    15 febrero, 2010 a las 1:07 am

    POR FAVOR DEJAR NOMBRES!!!

    Uso de idioma, títulos técnicos y/o profesionales

    Art. 25 – Cuando un trabajador, en el desempeño de las tareas habituales que integran su puesto de trabajo, deba utilizar un idioma extranjero o se le requiera un título técnico y/o profesional expedido por instituto de enseñanza terciaria o superior no universitaria, habilitado por autoridad competente, la remuneración total que se le fije por el empleador deberá tomar en cuenta tales especialidades y no ser inferior en un quince por ciento (15%) por sobre el básico de la 2da. categoría de “administrativos”.

    Responder
  7. Anónimo dice

    14 febrero, 2010 a las 11:33 pm

    Ignacio: vuelvo a preguntar; en el Convenio UTEDyC-CAM también se ekliminó la Cuarta Categoría.
    Gracias.
    Carlos

    Responder
  8. Anónimo dice

    13 febrero, 2010 a las 8:16 pm

    En el Convenio UTEDYC – CAM también se eliminó la Cuarta Categoría??
    Carlos

    Responder
  9. jose dice

    13 febrero, 2010 a las 4:42 pm

    Hola Ingnacio soy Jose te queria preguntar cuanto gana un portero o sereno como se califica la categoria? en media jornada en negro!! yo trabajo 4 hora por semana y como puedo hacer para que me pongan en blanco??. Es muy importante tu respuesta gracias Josè.

    Responder
  10. Anónimo dice

    13 febrero, 2010 a las 4:31 pm

    hola quisiera saber por que en el convenio de utedyc 462/06 hay un articulo que es el pago de idioma y o titulo tecnico /profesional y no se homologa,me contestan en utedyc gremiales que esta en el ministerio pero me suena que nos mienten.me podras averiguar,gracias

    Responder
  11. Ignacio dice

    12 febrero, 2010 a las 3:15 am

    Hola Bruno, cuando se firmó el nuevo convenio CCT 462/06.

    Hola Andrés, no he visto publicada la homologación todavía.

    Hola Eduardo, en que categoría estás?

    No se paga ayuda escolar a quienes cobran la asignación universal por hijo no ayuda escolar

    Hola Jorge, tenés que tomar todo lo que es remunerativo, que en UTEDYC es todo. Tomá el salario del mes que se toma las vacaciones, en este caso febrero. básico+antiguedad+presentismo+adicionales/25*18. Si tiene horas extras, tenes que hacer un promedio. Si, se todas las deducciones.

    Responder
  12. Jorge dice

    11 febrero, 2010 a las 11:10 pm

    Hola Ignacio, me pusieron a liquidar sueldos y no entiendo nada.
    Hay una empleada que pertenece al convenio 462/06 de UTEDYC y necesito saber qué básico debo tomar para calcular 18 dias de vacaciones (15-02 al 04/03). El de enero ó el de febrero con el aumento?
    El cálculo es: básico/25*18?
    Sobre ese importe se practican las deducciones?
    Gracias!

    Responder
  13. Anónimo dice

    11 febrero, 2010 a las 8:36 pm

    Sería bueno que se cree un archivo tipo Excel, con sus respectivas formulas, en el cual podamos modificar el básico (según la categoría del afiliado) y la antiguedad para saber si nos estan liquidando bién los sueldos; ya que los demás item son porcentuales del básico

    Responder
  14. Anónimo dice

    11 febrero, 2010 a las 2:15 am

    hola ignacio me gustaria saber si los que cobran la asignacion universal por hijo ,tambien se les paga la ayuda escolar y cuanto es la ayuda escolar

    Responder
  15. Eduardo dice

    10 febrero, 2010 a las 9:34 pm

    Hola Ignacio soy profesor de educación física y trabajo en un club en la colonia de verano de Lunes a viernes de 9.00hs. a 17.00hs. (160 horas mensuales) Tengo 20 años en ese trabajo me gustaria saber cual debe ser mi sueldo en mano.
    Muchas gracias Eduardo

    Responder
  16. Anónimo dice

    10 febrero, 2010 a las 7:22 pm

    Bunas tardes Ignacio, hace un tiempo te escribí para consultarte si sabias algo sobre la homologación del 462/06…hoy mirando la páfina de FEDEDAC, veo que han publicado el último acuerdo salarial. Tenés idea si ya está la homologación del mismo?. Gracias. Andrés.

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (81) Aguinaldo - SAC (112) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (125) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (575) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d