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Vacaciones Empleados de Casas Particulares

21 octubre, 2013 Por Ignacio 130 comentarios

Índice de Contenidos

  • Requisitos para su goce íntegro
  • Comienzo de la licencia
  • Época de otorgamiento
  • Retribución
  • Omisión del otorgamiento
  • Fraccionamiento de las vacaciones
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Vacaciones Servicio Doméstico. Particularidades para su liquidación y otorgamiento en el marco de la ley 26.844.

La ley 26.844 de Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares incorporó nuevos derechos para el personal de casas particulares, igualándolo otros con los de los trabajadores en relación de dependencia. 

La licencia anual por vacaciones es uno de los derechos que se equipararon a las de los trabajadores de la Ley de Contrato de Trabajo con excepción de la antigüedad mínima que se establece en 6 meses.
En el régimen anterior del decreto 326/56, solamente se establecía una escala de días de vacaciones según la antigüedad sin aclarar la forma de otorgamiento o la retribución de las mismas.
Con el nuevo régimen, el empleado/a gozará de un período de licencia anual ordinaria de vacaciones pagas, conforme la retribución normal y habitual de:
Antigüedad
Vacaciones
Mayor a 6 meses y no exceder los 5 años
14 días corridos
Mayor a 5 años y no exceder los 10 años
21 días corridos
Mayor a 10 años y no exceder los 20 años
28 días corridos
Mayor a 20 años
35 días corridos
Para determinar la extensión de la licencia anual por vacaciones se tendrá en cuenta la antigüedad que tuviese el empleado al 31 de diciembre del año al que correspondan las mismas.
Por ejemplo, si una empleada que ingresó el 5/12/2008, comienza sus vacaciones el 1° de noviembre, le corresponderán 21 días, ya que al 31/12/2013, su antigüedad será mayor a los 5 años.

Requisitos para su goce íntegro

Para tener derecho cada año al período de vacaciones, el empleado deberá haber prestado servicios durante 6 meses del año calendario o aniversario respectivo con la regularidad propia del tiempo diario y semanal de trabajo correspondiente a la modalidad de prestación contratada.
En su defecto, gozará de un período de descanso anual, en proporción de un día de descanso por cada 20 días de trabajo efectivo, que serán gozados en días corridos.

Comienzo de la licencia

La licencia anual se otorgará a partir de un día lunes o del primer día semanal de trabajo habitual, o el subsiguiente hábil si aquéllos fueran feriados.

Época de otorgamiento

El empleador tendrá derecho a fijar las fechas de vacaciones entre el 1° de noviembre y el 30 de marzo de cada año.

Retribución

La ley  establece que las vacaciones se pagarán conforme la retribución normal y habitual, por lo que no se incluye un  “plus vacacional” como sí sucede con los trabajadores comprendidos en la LCT.

Para el Personal sin retiro, el empleador deberá abonar una suma de dinero en reemplazo de las prestaciones de habitación y manutención. Este importe será fijado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) y/o convenio colectivo de trabajo, no pudiendo ser inferior al 30% del salario diario percibido por el trabajador por cada día de licencia, siempre que el trabajador se tome las vacaciones ausentándose del domicilio de trabajo, ya sea por voluntad propia o por imposición de sus empleadores.
Época de pago: el importe correspondiente a los días de vacaciones deberá ser satisfecho antes del comienzo de las mismas.

Omisión del otorgamiento

Si vencido el plazo para efectuar la comunicación a la empleada/o de la fecha de comienzo de sus vacaciones, el empleador no la hubiere practicado, el personal podrá hacer uso de ese derecho previa notificación fehaciente de ello y de modo tal que la licencia concluya antes del 31 de mayo.
Notificación
El empleador deberá dar aviso al trabajador con una anticipación de 20 días indicando la época de goce.

Fraccionamiento de las vacaciones

La ley otorga la posibilidad de que el trabajador pueda solicitar el fraccionamiento de la licencia ordinaria en tanto se garantice un período continuo de vacaciones no inferior a 2/3 partes de lo que corresponda a su antigüedad.
Más información: Ley 26.844

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Publicado en: Sin categoría, Vacaciones Etiquetado como: Ley 26844, Personal Casas Particulares

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    3 febrero, 2017 a las 1:06 pm

    Hola tengo varias dudas. Entre a trabajar el 27/06/2016 todavía no estoy en blanco.. el 9 me dieron vacaciones porque ellos a fueron a Brasil. 15 días. Ahora me quiere descontar esos días. Esta bien eso o n tiene que pagar el mes completo? Y también quiero saber cuanto es el sueldo por ley si trabajó 8hs de lunes a viernes y hago todo.. cocino limpio lavó plancho cuido niños.. gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    10 enero, 2017 a las 6:05 pm

    Hola.yo ahora trabajo hasta el 27 de enero. Me pagan el mes completo?. Mas las vacaciones?. Agradeceria su respuesta.

    Responder
  4. Anónimo dice

    10 enero, 2017 a las 6:04 pm

    Hola.yo ahora trabajo hasta el 27 de enero. Me pagan el mes completo?. Mas las vacaciones?. Agradeceria su respuesta.

    Responder
  5. Anónimo dice

    7 enero, 2017 a las 4:34 pm

    Hola: si me pagan las vacaciones (me corresponden 14 días), y yo las trabajo igual, ¿me deben pagar doble o triple esas vacaciones? Gracias

    Responder
  6. Clari López dice

    22 diciembre, 2016 a las 4:12 pm

    Quiera saber Xq se cuentan los fines de semana como vacaciones si nos dan dos semanas de vacaciones sin 10días nada mas en otros trabajos no se cuebtan los fines de semana

    Responder
  7. Clari López dice

    22 diciembre, 2016 a las 4:10 pm

    Hola yo quisiera saber xq se cuentan los fines de semana como vocaciones,xq al contar los fines de semana son 10días de vacaciones nomas en cambio a los empleados de otro lados no le cuentan los fines de semana como vacaciones

    Responder
  8. Anónimo dice

    23 julio, 2016 a las 2:49 pm

    Hola trabajo 3 veces x semana en relacion de dependencia..12 hrs semanales..antiguedad 1 año y en verano 8 hrs diarias..me correaponden vacaciones..gracias espero una respuesta

    Responder
  9. Anónimo dice

    1 mayo, 2016 a las 4:28 pm

    Hola Ignacio soy Mirta quisiera saber si mi empleada renuncia a partir de 1° de mayo y sus vacaiones normales serían de 14 días.Cuánto es el proporcional que debo pagarle por esos 4 meses.Gracias !!

    Responder
  10. Marisol Guillaume dice

    21 abril, 2016 a las 12:35 am

    Hola Ignacio soy Marisol. Trabajo cama adentro hace 8meses me dieron 11 días de vacaciones .Arreglamos un sueldo de 7500 pero en común acuerdo en el bono me figura el básico de $6639.36. Mi pregunta es q en el bono de sueldo de las vacaciones me figura el básico es de $4204.93 y el resto es de las vacaciones , completando los 6639.36. Esta bien ?

    Responder
  11. Anónimo dice

    24 marzo, 2016 a las 12:36 am

    Hola necesito saber cuantos dias de vacaciones me corresponde, tengo 23 años de antiguedad. Gracias!!

    Responder
  12. patricia lopez dice

    10 febrero, 2016 a las 1:05 pm

    Hola kiero hacer una consulta hace ds años q Trabjo d empleada dmestca tres veces x semana kiero saber si me corresponde las vacaciones pagada o no la le plantea a mi patrona y me dúo q me puedo tmr las vacaciones pero no pagas q dvo hcer

    Responder
  13. patricia lopez dice

    10 febrero, 2016 a las 1:05 pm

    Hola kiero saber si me coresponen vacaciones pagadas hace es años q Trabjo como empleada doméstica tres veces x semana y mi patrona me dejó q no

    Responder
  14. patricia lopez dice

    10 febrero, 2016 a las 1:03 pm

    Hola kiero hacer una consulta hace ds años q Trabjo d empleada dmestca tres veces x semana kiero saber si me corresponde las vacaciones pagada o no la le plantea a mi patrona y me dúo q me puedo tmr las vacaciones pero no pagas q dvo hcer

    Responder
  15. Veronica Mabel Gonzalez dice

    8 febrero, 2016 a las 11:17 pm

    Hola ignacio tengo una duda yo cumpli mis 5 años de trabajo el 14/12/15 y qeria saber si me corresponden 21 dias de vacaciones?? Segun mi patrona son los 21 dias para el año proximo es asi o me tocan ahora ???? Ayuda por favor!!

    Responder
  16. Veronica Mabel Gonzalez dice

    8 febrero, 2016 a las 11:16 pm

    Hola ignacio tengo una duda yo cumpli mis 5 años de trabajo el 14/12/15 y qeria saber si me corresponden 21 dias de vacaciones?? Segun mi patrona son los 21 dias para el año proximo es asi o me tocan ahora ???? Ayuda por favor!!

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