MONOTRIBUTO: VENCE EL PLAZO PARA LA RECATEGORIZACIÓN CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO CUATRIMESTRE DE 2012.
Dicha recategorización consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el período que va de Septiembre 2011 a Agosto 2012y, en los casos que corresponda, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.
Hay que tener en cuenta, que la recategorización es pertinente, en el caso de que los parámetros resulten superiores o inferiores a los que se establecen para la categoría en la que actualmente se encuentra el contribuyente, en el caso de no registrarse ningún cambio, obviamente seguirá en la misma categoría, y no deberá realizar ningún trámite.
La recategorización se realiza mediante Clave Fiscal y a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” -“Monotributo”.
El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de Octubre de 2010. Vencimiento: 20 de Octubre de 2012.
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