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Cómo registrar la Opción o no por la ley 26940

27 marzo, 2018 Por Ignacio 52 comentarios

AFIP ya habilitó Simplificación Registral par registrar la Opción por los Beneficios de la ley 26.940.

Desde ayer no funcionaba la aplicación Simplificación Registral Empleadores, por lo que no se podían realizar ni altas ni bajas de empleados. Esto se debía a que AFIP estaba realizando modificaciones en el sistema para adecuarlos a los requerimientos de la reforma tributaria respecto los cambios en las Contribuciones Patronales.

Recordemos que, el artículo 172 de la ley 27.430 de la Reforma Tributaria, deroga el Titulo II de la ley 26.940, que establecía un régimen de beneficios de reducción de las contribuciones patronales para Microempleadores, el Régimen de promoción de la contratación de trabajo registrado y Convenios de Corresponsabilidad Gremial.

Pero, si bien la reforma deroga el beneficio, quedarán vigentes para las relaciones laborales con fecha de inicio anterior al 1 de enero de 2018. Entonces, el empleador puede optar por continuar utilizando los beneficios de la Ley 26.940.

Esta opción, realiza en Simplificación Registral:

El sistema Declaración en Línea, al momento de iniciar la confección de la DJ, le indicará si corresponde que ejerza dicha opción y una vez ejercida, podrá declarar las relaciones laborales con los códigos de modalidades de contratación de la Ley 26.940 y según las condiciones establecidas en la misma.

En cualquier periodo fiscal, el empleador podrá modificar esta opción, utilizando el mecanismo previsto en la Ley 27.430.

Para las relaciones laborales iniciadas el 1 de enero de 2018 y posterior, no corresponde la utilización de estos beneficios.

En caso de no estar utilizando los beneficios de la 26.940 de todos modos el sistema pedirá optar. En ese caso hay que optar por NO desde febrero 2018.

 

Beneficios de la ley 26.940

a. Microempleadores
Para el caso de los empleadores encuadrados en el artículo 18 de la ley 26.940 de Microempleadores, podrán continuar siendo beneficiarios de esas reducciones hasta el 1° de enero de 2022, respecto de cada una de las relaciones laborales vigentes que cuenten con ese beneficio.

b. Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado
Para el caso de los empleadores encuadrados en el artículo 24 de la ley 26.940 podrán continuar abonando las contribuciones patronales bajo el régimen de lo previsto en ese artículo, respecto de cada una de las relaciones laborales vigentes que cuenten con ese beneficio y hasta que venza el plazo respectivo de 24 meses.

Requisitos

Para continuar con los beneficios de estos regímenes, los empleadores deberán continuar cumpliendo los requisitos y
las obligaciones que les resulten aplicables según lo establecido en la ley 26.940 para cada caso.

 

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Publicado en: AFIP, Laboral Etiquetado como: Ley 26940, Ley 27430

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Daniela dice

    4 abril, 2018 a las 10:27 am

    Al poner que no uso el beneficio de la 26940 me pide mes y año de la renuncia, que hay que poner enero 2018 o marzo 2018? Aguardo respuesta

    Responder
    • Ignacio dice

      4 abril, 2018 a las 11:52 am

      Febrero, no creo que te deje enero

      Responder
  3. Milton dice

    4 abril, 2018 a las 10:23 am

    Buen dia, necesito si alguien me puede sacar una duda, que codigo de modalidad de contratacion utilizo cuando quiero utilizar los beneficios de la ley 27430? lo puedo seguir liquidando por declaracion en linea o tiene que ser por aplicativo?

    Responder
    • Ignacio dice

      4 abril, 2018 a las 11:53 am

      El uso de la versión aplicativo o declaración en línea se relaciona con la cantidad de empleados, no con los beneficios de una u otra ley

      Responder
      • Roger dice

        4 abril, 2018 a las 7:03 pm

        que codigo de modalidad de contratacion utilizo cuando quiero utilizar los beneficios de la ley 27430?

        Responder
  4. claudia dice

    31 marzo, 2018 a las 9:17 pm

    Consulto alguien tiene el caso de empleados de sanidad Convenio 108/75 que el mismo dice que los aumentos acordados son no remunerativos para las contribuciones patronales , entonces sobre esos importes, se hacen las detracciones de los $2400 en caso de corresponder?

    Responder
  5. maria dice

    30 marzo, 2018 a las 10:04 am

    Buen dia, no hay algun exel para ir viendo por mes que conviene tomar, una u otra ley? gracias

    Responder
    • Guillermo dice

      3 abril, 2018 a las 10:50 am

      Hola!! Yo encontré esta planilla de cálculo:https://www.cdormarcosfelice.com.ar/contribuciones-patronales-beneficios-ley-26940-vs-nuevo-minimo-no-imponible-que-conviene-mas-a-la-hora-de-elegir-entre-uno-y-otro-incluye-planilla-excel-para-calcular-y-comparar/

      Responder
    • Genebe dice

      3 abril, 2018 a las 6:19 pm

      Te adjunto un link para que bajes el excel. Sólo tenés que registrarte y es gratis

      Responder
  6. Monica dice

    29 marzo, 2018 a las 11:13 pm

    Al poner que no uso el beneficio de la 26940 me pide mes y año de la renuncia, que poner si nunca se usó ese beneficio?

    Responder
    • albana dice

      3 abril, 2018 a las 12:35 pm

      Monica, tengo la misma duda… Alguien te la supo responder?

      Responder
  7. Lucas Merlo dice

    29 marzo, 2018 a las 5:11 pm

    hay una duda en la fecha…el tope es 2-2018, no 1-2018 como dice el artículo ya que la ley nueva tiene vigencia desde 2-2018.

    Responder
  8. Daniel dice

    29 marzo, 2018 a las 12:00 pm

    Ignacio te consulto si al hacer la rectificativa de febrero arroja un saldo a favor del empleador como la puede compensar gracias

    Responder
  9. ailin dice

    28 marzo, 2018 a las 2:28 pm

    Hola, buen día. Alguien sabe que sucede con los empleados que tienen modalidad de promoción por la ley 25.250?
    Gracias

    Responder
  10. Gabriel dice

    28 marzo, 2018 a las 11:59 am

    Hola,
    La unificación de alícuota y MNI de las contribuciones también aplica a los empleados de la construcción?

    Responder
  11. vale dice

    28 marzo, 2018 a las 9:54 am

    hola buen dia, para aquellos empleadores que renuncien al beneficio de la ley 26940 desde marzo, se debe presentar igual la rectificativa del 931 de febrero 2018?

    Responder
    • Jenny dice

      29 mayo, 2018 a las 10:55 pm

      Hola Ignacio
      tengo empleados con vacaciones, como se calcula los 2.400, también es proporciona ???

      muchas gracias

      Responder
  12. Fiorella dice

    27 marzo, 2018 a las 9:58 pm

    Hola !!! El calculo proporcional que corresponde de los 2400 cuál es ? Es en proporción a las horas trabajadas ?

    Responder
  13. Florencia dice

    27 marzo, 2018 a las 6:39 pm

    Consulta: AFIP calcula solo la reducción de los $2400 cuando cargamos el form 931?? o hay que descontarlo de la remuneracion? digo hacer el ajuste manual como se hace con la obra social en los casos de jornada reducida. Gracias!!

    Responder
  14. Julián dice

    27 marzo, 2018 a las 5:07 pm

    Al poner que no uso el beneficio de la 26940 me pide mes y año de la renuncia, que poner si nunca se usó ese beneficio? la fecha de alta del empleado?

    Responder
  15. Sonia dice

    27 marzo, 2018 a las 5:03 pm

    Ignacio una consulta, por que cuando confirmas que dejas el beneficio, te pregunta desde que mes y año! tendría que ser desde enero 2018? o desde marzo 2018?

    Responder
    • Gabriela dice

      6 abril, 2018 a las 3:50 pm

      Mas arriba dice desde Febrero 2018

      Responder
  16. eduardo dice

    27 marzo, 2018 a las 3:56 pm

    En el caso de personal trabajando 5 horas, se deduce $ 2400 tambien o es proporcional?
    gracias

    Responder
    • Sonia dice

      27 marzo, 2018 a las 5:02 pm

      es proporcional! el sistema en mi caso lo calculó automaticamente

      Responder
      • Sol dice

        9 abril, 2018 a las 8:05 pm

        Sonia una consulta, que sistema estas utilizando?
        Muchas gracias!

        Responder
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