AFIP fijó los nuevos parámetros de ingresos brutos anuales y el importe de los alquileres devengados anualmente. Los cambios tienen efecto a partir del 1 de septiembre de 2013.
Mediante la publicación en el Boletín Oficial de la RG 3529, fijó los nuevos parámetros de ingresos brutos anuales y el importe de los alquileres devengados anualmente. Los cambios tienen efecto a partir del 1 de septiembre de 2013.
Parámetros de ingresos brutos anuales
CATEGORIA | INGRESOS BRUTOS (*) | CANTIDAD MÍNIMA DE EMPLEADOS | SUPERFICE AFECTADA | ENERGIA ELECTRICA CONSUMIDA (*) | MONTO DE ALQUILERES DEVENGADO (*) |
B | Hasta $48.000 | — | Hasta 30 m2 | Hasta 3.300 KW | Hasta $18.000 |
C | Hasta $72.000 | — | Hasta 45 m2 | Hasta 5.000 KW | Hasta $18.000 |
D | Hasta $96.000 | — | Hasta 60 m2 | Hasta 6.700 KW | Hasta $36.000 |
E | Hasta $144.000 | — | Hasta 85 m2 | Hasta 10.000 KW | Hasta $36.000 |
F | Hasta $192.000 | — | Hasta 110 m2 | Hasta 13.000 KW | Hasta $45.000 |
G | Hasta $240.000 | — | Hasta 150 m2 | Hasta 16.500 KW | Hasta $45.000 |
H | Hasta $288.000 | — | Hasta 200 m2 | Hasta 20.000 KW | Hasta $54.000 |
I | Hasta $400.000 | — | Hasta 200 m2 | Hasta 20.000 KW | Hasta $72.000 |
J(**) | Hasta $470.000 | 1 | Hasta 200 m2 | Hasta 20.000 KW | Hasta $72.000 |
K(**) | Hasta $540.000 | 2 | Hasta 200 m2 | Hasta 20.000 KW | Hasta $72.000 |
L(**) | Hasta $600.000 | 3 | Hasta 200 m2 | Hasta 20.000 KW | Hasta $72.000 |
Alquileres devengados anualmente
Vigencia: A partir del 1 de septiembre de 2013
Registro Nacional de Efectores
Se fija en $ 48.000 los ingresos brutos anuales máximos de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a los fines de su encuadramiento en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social.
Asociados cooperativas de trabajo
Los pequeños contribuyentes, personas físicas y los “Proyectos Productivos o de Servicios” integrados con hasta 3 personas físicas, (Artículo 52 del Decreto 1/ 2010), podrán gozar de los beneficios previstos en dicha norma, siempre que sus ingresos brutos devengados anuales no superen la suma que, de acuerdo con la cantidad de sus integrantes, se indica a continuación:
- De tratarse de 2 integrantes: $ 96.000
- De tratarse de 3 integrantes: $ 144.000
El impuesto a ingresar no se modifica
No se modifican los importes a ingresar por el impuesto, tampoco el aporte previsional ni el aporte a la obra social, en caso de corresponder.
Anónimo dice
Hola! estaba en la categoría I de monotributo, para presentar la declaración jurada informativo debo tener en cuenta los límites de la escala anterior???? porque con la escala nueva quedo comprendido en el monotributo, pero con la anterior tendria que haberme dado de alta como inscripto en agosto
Ignacio, si un responsable inscripto que reune las condiciones y se pasa a monotributo como 10/2013, automaticamente sale baja en iva y ganancias como 9/2013. Pero debe facturar a sus clientes el mes de setiembre de 2013; sus clientes pagan esas facturas (que son A) en octubre de 2013 cuando ya es monotributista; corresponde que le efectuen retencion de ganancias? El problema es que en el mes de octubre de 2013 se junta el pago del mes de monotributo, el pago de autonomos (9/2013 con vto. en 10/2013) y la retencion de ganancias?. Saludos y gracias
Estoy intentando hace varios días recategorizarme, cuando pongo generar declaración jurada no pasa nada, se queda en la misma pantalla. Tampoco me deja sacar el saldo de mi cuenta, ya que al tener una deuda quiero saber cuanto es. Si me poden ayudar con alguna solución se lo agradecería. Gracias
Mi consulta es la siguiente.
Estaba en la categoría I, facturaba a través de factura electrónica. Bajé a la categoría G. Tengo que volver a la facturación manual??
Gracias.
Alguien pudo hacer la recategorización? Hace días que lo intento y no puedo ni siquiera entrar a generarlo.
Hola, me pasaba lo mismo y llamé a la Afip, me dijeron que era un problema de compatibilidad con Internet Explorer. Seguí las indicaciones y pude generar la Declaración Jurada para recategorizarme con éxito. Al poner el URL de la Afip, después de la lupa hay una especie de cuadradito partido al medio, hacer clic ahí y luego entrar con la clave fiscal.
Una consulta, un sujeto que siempre estuvo como responsable en iva podria tambien optar por cambiarse si cumple con los requisitos!? y un sujeto que sea director de 2 sociedades y ademas alquila dos locales, cual seria el tratamiento!?
Marcela: la actividad de Director queda excluida del Monotributo por lo que deberá ingresar o permanecer en el Régimen General de Ganancias y Autónomos, con independencia de ser también Monotributista por el alquiler de hasta 3 unidades de explotación.
Una consutla, si un sujeto estuvo inscripto siempre en iva y ahora le dan los parametros para pasarse a monotributo puede hacerlo?!
y que pasa si un sujeto estuvo inscripto en iva, puede pasarse a monotributista, pero tiene saldos a favor en el iva, ?!
Lo mismo!!!!!
se ve que es un fallo comun porque a todos los que quise hacerle la djj cuatri me sale ''categoria no vigente'' que se hace al respecto?
Me pasa lo mismo con la DJ pero pude recategorizar sin problemas
Me pasa lo mismo con la DJ informativa pero me permite recategorizar. Alguien puede ayudar
Hola estoy en la G y me sale tambien categoría no vigente. tampoco me permite recategorizarme. Por que ?
Hola. Me pasa lo mismo. Al intentar generar la declaracion informativa no permite acceder y emite CATEGORIA NO VIGENTE. Lo he intentado con varios CUITs y en todos pasa lo mismo independientemente de la categoria. Creo que es un problema de AFIP. Saludos. Diego . BsAs.
Hola, estoy intentando hacer la Declaración del Monotributo Informativa y me está pasando exactamente lo mismo que a Ariel. Ayuda por favor!!! A alquien más le pasa esto?
Estoy en la categoría F , trato de entrar en Declaración del Monotributo Informativa y me sale un mensaje de "categoría no vigente" y no me deja entrar.. ¿Cómo soluciono esto?. ¿Tiene algo que ver el cambio este?