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Así se pagarán los 2.000 pesos a empleados en relación de dependencia

15 agosto, 2019 Por Ignacio 182 comentarios

Índice de Contenidos

    • Topes
    • Jornada Parcial o reducida
  • Otras medidas
    • Ganancias
    • Monotributo
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Durante dos meses no habrá aportes personales para la jubilación por hasta 2.000 pesos. Alcanzará a salarios que no superen los 60.000 pesos.

El Poder Ejecutivo Publicó hoy el decreto 561/19, que establece una serie de medias con el fin de aliviar la situación económica por la que atraviesan el país, y en especial los trabajadores.

Según el decreto, el aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia al SIPA, que se devengue durante los meses de agosto y septiembre del año 2019, será financiado por el estado en una suma equivalente a $2.000 mensuales o al 00% de su valor, lo que resulte menor

Lo que significa que los empleadores que tengan a su cargo el pago de la remuneración detraerán del descuento que les corresponda practicar del 11% de jubilación.

Recordemos que, todo asalariado, sin tener en cuenta aportes sindicales, aporta:

  • 11% de Jubilación <—
  • 3% de Ley 19.032
  • 3% de Obra social

Es el 11% el que no se retendría al trabajador, por lo cual tendría un mayor neto a cobrar.

Topes

Pero, la medida solo alcanzaría a quienes tengan salarios brutos de hasta $60.000 mensuales, con un tope de $2.000 en la exención.

Además, solo será para los meses devengados de agosto (se cobra en septiembre) y septiembre (se cobra en octubre).

Veamos un ejemplo, un empleado de comercio, en Septiembre 2019 tendría este recibo:

En este caso, el aporte del trabajador al SIPA es de $4.091,43 (37.194,80 x 11%). Sobre ese importe, hasta 2000 pesos, no se retendrán, por lo que el trabajador tendrá un ingreso neto de hasta 2.000 pesos.

Para este caso, el ingreso neto a cobrar pasaría de$ 29.841,81 a 31.841,81 pesos.

Por lo tanto, quienes tengan un bruto de 18.181,81 pesos o mas, tendrán un ingreso extra de hasta 2.000. Debajo de ese bruto, el ingreso será menor.

Liquidación de los 2.000 pesos decreto 561/19 – Quincena

Jornada Parcial o reducida

Para los contratos a tiempo parcial, el importe de 2000 pesos se proporcionará al tiempo trabajado considerando la jornada habitual de la actividad.

También deberá efectuarse la proporción que corresponda, en aquellos casos en que, por cualquier motivo, el tiempo trabajado involucre una fracción inferior al mes.

Por último, hay que tener en cuenta que la AFIP debe reglamentar la medida.

Otras medidas

Ganancias

Se incrementa en un 20% los importes de las deducciones contempladas en los incisos a) y c) del primer párrafo del artículo 23 de la ley de Impuesto a las Gannacias, vigentes para el período fiscal 2019.

La suma que resulte de comparar el importe efectivamente retenido hasta la fecha de entrada en vigencia de este Decreto con el que hubiera correspondido retener considerando la reducción de la base a la que se refiere el párrafo anterior, en su caso, se restituirá de acuerdo con las modalidades y plazos que establezca la AFIP.

Anticipos

Se reduce en 50% los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del Ejercicio 2019.

Monotributo

Se bonifica el impuesto integrado de septiembre de 2019, para los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) que hayan cumplido con el ingreso de las cuotas del impuesto de los períodos de enero a agosto de este año.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP

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Comentarios

  1. -
  2. Luis Anibal Fridrich dice

    20 agosto, 2019 a las 9:14 am

    Como liquido la detractacion en el 931 ?

    Responder
    • pablo dice

      20 agosto, 2019 a las 3:33 pm

      igual, la medida afecta la parte de aportes, no contribuciones

      Responder
  3. NESTOR dice

    19 agosto, 2019 a las 8:34 am

    LA VENTAJA DE SER EL SINDICATO MAS GRANDE, SIEMPRE NOS PERJUDICA. SE VE QUE ES DIFICIL ACOMODARNOS EL SUELDO. EN TODAS LAS PARITARIAS PERDEMOS, TODOS LOS AÑOS. HABER SI ALGUN DIA NOS ACOMODAN UN POQUITO EL SUELDO.

    Responder
  4. Jorge dice

    18 agosto, 2019 a las 9:21 pm

    No te regalan nada ya q los servicios estan dolarisados les estas delvolviendo lo q te dan para q les pagues a ellos ya q todos sabemos q macri tiene acciones en energia ya lo veras en tu proxima factura no te dejes engañar..

    Responder
  5. Natalia dice

    17 agosto, 2019 a las 6:34 pm

    Consulta en un sueldo bruto de 80.000 solo puedo detraer 2000 o directamente nada

    Responder
  6. elisabet dice

    17 agosto, 2019 a las 11:53 am

    Se sabe algo como se va abonar las cargas sociales? Eso lo implentara la AFIP?

    Responder
  7. Florencia dice

    16 agosto, 2019 a las 7:58 pm

    Consulta este decreto alcanza a lxs empleadxs domesticxs? Cómo se aplica?? Gracias

    Responder
    • OSvaldo dice

      19 agosto, 2019 a las 10:09 am

      LAs empleadAs domésticAs no tienen descuento de aportes, solo se pagan las contribuciones por parte de su empleador.

      Responder
      • Ignacio dice

        19 agosto, 2019 a las 12:44 pm

        no

        Responder
    • Nadia dice

      31 agosto, 2019 a las 11:58 am

      Hola ! Me encuentro de licencia por art ..me corresponde cobrar este decreto?

      Responder
  8. Silvina M G dice

    16 agosto, 2019 a las 4:36 pm

    En el decreto 561/2019 dice ” tambien deberá efectuarse la proporcion que corresponda, en aquellos casos en que, por cualquier motivo, el tiempo trabajado involucre una fracción inferior al mes.”
    Al hablar de cualquier motivo y tiempo trabajado, si tuviera un empleado licencia por vacaciones o enfermedad entonces sobre esos conceptos no contarían para el beneficio??????

    Responder
    • Ignacio dice

      16 agosto, 2019 a las 7:55 pm

      La licencia por vacaciones, no se debería dar en agosto o en septiembre.
      De todos modos, licencia por vacaciones y por enfermedad inculpable, son remuneradas y alcanzadas por el 11%, por lo tanto se toman

      Responder
  9. Franco dice

    16 agosto, 2019 a las 3:19 pm

    Buenas tardes.
    Lo que me preocupa de todas estas medidas es como llevarlas a la práctica en los diferentes sistemas y procesos, teniendo en cuenta el poco tiempo que tenemos para su implementación, Son muchos los cambios a aplicar y es muy corto el período de vigencia de las medidas adoptadas.
    Lo que se ocurre para el cálculo de la jubilación sería lo siguiente: calcular el aporte como siempre para no tener que modificar el concepto en los sistemas, y agregar un nuevo concepto dentro de los descuentos (ej. “Devolución aporte jub.”, con el signo cambiado (-) que tome como base de cálculo $18.181,81 y sobre esa base calcule el 11%. De esta forma se descontaría el importe correcto y por el nuevo concepto se devolvería el “beneficio” con el tope de $2.000.
    En los casos de tiempo parcial habría que modificar solo la base de cálculo.
    Con esto lograríamos liquidar el aumento establecido y además quedaría expuesto en los recibos para evitar las dudas de nuestros clientes y de sus empleados.

    Responder
  10. Maria dice

    16 agosto, 2019 a las 2:45 pm

    Con respecto a las quejas sobre los sindicatos quiero creer que se refieren a Bs.As. por qué yo te puedo asegurar que en el interior por lo menos donde yo vivo el sindicato de comercio es el que más servicios le da a los afiliados. Si estoy de acuerdo con lo de las paritarias que son un desastre pero eso depende del señor que está atornillado en sillón del sindicato de Capital.

    Responder
  11. silvina dice

    16 agosto, 2019 a las 12:21 pm

    Consulta, son $ 2000 o es el 11% de $ 2000, es una duda existencial que me surgió

    Responder
    • Ignacio dice

      16 agosto, 2019 a las 7:53 pm

      2.000 ´pesos de tope

      Responder
  12. Ana dice

    16 agosto, 2019 a las 11:49 am

    Hola Ignacio, en el tope de $60000 estan incluidos los conceptos NO remunerativos Ej los acuerdos de comercio? porque en algunos casos si tomo los valores No remunerativos supero el tope

    Responder
    • Ignacio dice

      16 agosto, 2019 a las 7:52 pm

      solo los conceptos sobre los que se aplica el 11%, que no incluye no remunerativos Ana

      Responder
      • joaquin dice

        27 agosto, 2019 a las 11:05 am

        otra consulta acerca del tope, tengo dos empleados uno jornada completa que supera los 60000 y otro jornada reducida que obviamente no lo supera, el tope de la jornada reducida es 60000? o su proporcional?

        Responder
  13. Dario dice

    16 agosto, 2019 a las 10:39 am

    Una duda, Es con los haberes de Agosto? yo pago el 31/08 entonces no se si en el pago te referis a haberes o a CCSS, gracias

    saludos,

    Responder
    • Roberto dice

      16 agosto, 2019 a las 10:56 am

      ARTÍCULO 4º.- El ESTADO NACIONAL financiará el aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia a que se refiere el inciso a) del artículo 10 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que se “”devengue”” durante los meses de agosto y septiembre del año 2019, en una suma equivalente a PESOS DOS MIL ($2.000) mensuales o al CIEN POR CIENTO (100%) de su valor, lo que resulte menor

      Responder
  14. Georgina dice

    16 agosto, 2019 a las 10:25 am

    Hola, alguno sabe si este beneficio es tambien si esos aportes jubilatorios es a una caja provincial? no a ANSES?

    Responder
    • Ignacio dice

      16 agosto, 2019 a las 7:51 pm

      Aportes al SIPA solamente

      Responder
      • marcelo dice

        12 septiembre, 2019 a las 8:43 pm

        hola buenas noches..mi mujer trabaja 16 hs semanales como empleada domestica..y esta en blanco..le corresponde cobrar los 2.000 $ de setiembre y octubre? si es asi cuanto le corresponderia? gracias ..saludos..atte..Marcelo

        Responder
  15. Nadia dice

    16 agosto, 2019 a las 9:23 am

    Buenos Días, hoy tengo que empezar a liquidar quincenales y no termino de entender como implementar el descuento de los $2000. Se restan de Jubilación? o van en concepto aparte? además la mayoría de los empleados en la primer quincena no llega a ese importe,

    Responder
  16. Verónica dice

    16 agosto, 2019 a las 8:38 am

    Tengo la misma consulta, si en las deducciones voy a tener $ 2.000 menos, va a tributar más impuesto a las ganancias, porque las tablas con el MNI mayor rigen para los sueldos de septiembre, Es decir en agosto tributa más ganancia y le devuelvo en septiembre?? una Locura!!!
    Yo voy a hacer un renglón en el recibo de sueldo con el concepto Beneficio Dto.561/2019 y los $ 2.000 restado. (después veremos como cargar el 931) …lo que estamos tratando de definir es la deducción para ganancias. Si va a tener menos jubilación, le va a dar mayor impuesto, Que opinan? es correcto? No lo deben haber tenido en cuenta al sacar el beneficio este tema,,,,,

    Responder
    • Pablo dice

      22 agosto, 2019 a las 12:35 pm

      Es correcto lo que decís. las retenciones de $2000 van a impactar en contra sobre el calculo de ganancias.

      Responder
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