• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escala Vigente
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2026
  • Planillas
  • Reforma Laboral

Bono confirmado: será de $24.000 para trabajadores que cobren hasta $185.000

14 diciembre, 2022 Por Ignacio 248 comentarios

Los trabajadores formales y los titulares del programa Potenciar Trabajo cobrarán un bono de fin de año.

El Gobierno nacional anunció este miércoles un bono de fin de año de $24.000, en un pago y por única vez, en diciembre para asalariados privados que cobren hasta $180.000.

Los trabajadores formales y los titulares del programa Potenciar Trabajo cobrarán un bono de fin de año.

En el primer caso, la bonificación ascenderá a los 24 mil pesos en una cuota, mientras que los beneficiarios del plan social cobrarán 13.500 en dos tramos. El anuncio lo realizaron las ministras de Trabajo y Desarrollo Social, Raquel “Kelly” Olmos y Victoria Tolosa Paz.

De cuánto será el bono

Será de 24.000 pesos para todos los trabajadores privados que estén bajo el régimen de la ley de Contrato de trabajo.

Alcanzará a quienes cobren hasta 3 Salarios Mínimo Vitales y Móviles, es decir unos $185.859, sin tener en cuenta el aguinaldo.

¿185 mil Bruto o neto?

No fue aclarado correctamente en la conferencia de prensa, pero según lo informado por el Presidente Alberto Fernández, sería neto.

Yo entiendo que si se toma el SMVM como parámetro, debería ser bruto, pero esperemos para ver que dice el decreto.

¿Cuándo se pagará?

Se deberá pagar durante el mes de diciembre en un sólo pago.

¿Quién pagará el bono?

Lo pagará el empleador, y el estado financiara el 50% del costo, que podrá ser compensado en el anticipo de ganancias en el caso de las pymes.

Compensación

El bono podrá compensarse acuerdo salariales de cada sindicato, si es que así lo hubieren previsto. Hay acuerdos que tienen cláusulas de compensación. Este es un detalle de importancia.

Trabajadores excluidos

Según lo anucado por la Ministra de Trabajo, la medida solo alcanza a trabajadores privados registrados bajo la ley de contrato de trabajo, por lo tanto quedan fuera las empleadas de servicio doméstico.

Potenciar Trabajo

En el caso de los titulares de Potenciar Trabajo cobrarán un bono de 13.500 pesos en dos cuotas: una previa a la Navidad, el 21 de diciembre, por 6.750 pesos, y la parte restante equivalente el 6 de enero, para la Noche de Reyes, y cuando “esté validada la identidad”, aclaró Tolosa Paz.

Para más detalles, habrá que esperar a la publicación del decreto y de la reglamentación de AFIP.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Publicado en: AFIP Etiquetado como: bono, bono de fin de año

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Ramiro dice

    15 diciembre, 2022 a las 2:33 pm

    Ignacio, para los empleados de Comercio, no hay nada?

    Responder
  2. Griselda Sanchez dice

    15 diciembre, 2022 a las 2:13 pm

    La misma pregunta que la mayoria, para Comercio el bruto se considera tomando tanto remunerativo como no remunerativo?

    Responder
    • Matias dice

      15 diciembre, 2022 a las 2:56 pm

      Entiendo que si se toma Neto, no influye este tema, pero si es Bruto, entiendo que se deberia tomar la sumatoria de todos los itmes No remunerativos y los Remuneerativos + sus descuentos que figuran discriminados en Recibo de Sueldo, y eso te daria la suma de referencia. total.

      Sa.ludos

      Responder
      • Ignacio dice

        15 diciembre, 2022 a las 9:55 pm

        Esperemos el decreto

        Responder
    • raul33865 dice

      15 diciembre, 2022 a las 6:44 pm

      buenas, si exactamente el sueldo bruto es lo remunerativo, mas l0 no remunerativo.
      El sueldo neto o de bolsillo es el que te da de restar el bruto menos las deducciones(descuentos).

      Responder
    • SerHer dice

      15 diciembre, 2022 a las 6:58 pm

      Es NETO. YA FUE CONFIRMADO. SI GANAS DE BOLSILLO 185 LUCAS O MENOS, TE LO DEBEN PAGAR.

      Responder
  3. Alexia dice

    15 diciembre, 2022 a las 2:04 pm

    Nos corresponde a los que somos de utedyc también?

    Responder
    • Matias dice

      15 diciembre, 2022 a las 2:57 pm

      Es para todos los empleados registrados, que entren en ese techo de haberes,

      Responder
  4. Alexi dice

    15 diciembre, 2022 a las 2:03 pm

    Nos corresponde a los que somos de utedyc también?

    Responder
  5. Julio dice

    15 diciembre, 2022 a las 1:44 pm

    Te molesto Ignacio,veo en Ámbito financiero,que la ministra Kelly ,habla de plata en mano (neto)
    Y de un proporcional ,si se pasa de los 185000
    Sabes algo?
    Gracias

    Responder
  6. Roque palacios dice

    15 diciembre, 2022 a las 1:23 pm

    Hola ignacio este bono le corresponde alos enpleados de la construcción

    Responder
  7. Maximiliano dice

    15 diciembre, 2022 a las 12:50 pm

    Hola Si cobramos el bono de supermercados de 30000$ también cobramos este bono de 20000$ que da el gobierno?

    Responder
  8. Estebanquito dice

    15 diciembre, 2022 a las 12:50 pm

    Hola!! Quería saber si el Dany cobra el bono, trabaja en la rambla, empleado de comercio

    Responder
  9. Eugenia dice

    15 diciembre, 2022 a las 12:50 pm

    Buenas, los que figuramos como personal jerarquico (pero en realidad no lo somos) quedamos exeptuados?

    Responder
  10. Maximiliano dice

    15 diciembre, 2022 a las 12:46 pm

    Hola este bono entrará para los empleados de comercio ?

    Responder
  11. Verónica dice

    15 diciembre, 2022 a las 12:37 pm

    Hola trabajo en maestras 24 hs semanales y el sueldo es bajo yo cobro el bono .

    Responder
  12. ESTUDIO CONTABLE dice

    15 diciembre, 2022 a las 12:30 pm

    UNA CONSULTA, ES PROPORCIONAL A LA JORNADA DE TRABAJO? ES REMUNERATIVO O NO REMUNERATIVO?

    Responder
  13. silvana dice

    15 diciembre, 2022 a las 12:10 pm

    es un pago remunerativo? o no ?

    Responder
  14. rocio dice

    15 diciembre, 2022 a las 12:04 pm

    Por lo que entiendo los trabajadores rurales estarían en la misma condición que el servicio domestico no?

    Responder
  15. Silvina dice

    15 diciembre, 2022 a las 12:03 pm

    Ya salio la normativa?

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Listo para liquidar sueldos

Copyright © 2026 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2026 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d