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El borrador del decreto, establece que será a cuenta de paritarias y las empresas en problemas podrán negociar extensión de plazos para abonar la compensación.
Según el borrado del decreto que el gobierno giró a la CGT y empresarios para su análisis, se dispone que el bono de 5000 pesos que se pagará en dos cuotas, y los empleadores que no puedan afrontarlo por la caída de actividad podrán negociar condiciones especiales para saldarlo en más pagos.
También, y este no es un punto menor, señala que el pago será a cuenta de la revisión de paritarias 2018, salvo que las partes expresen lo contrario.
Además, obliga a las compañías a dar aviso al Ministerio de Producción y Trabajo diez días antes de despedir personal.
Detalles del borrador del decreto:
¿Quiénes lo cobrarían?
El pago del bono será obligatorio para el sector privado, mientras que los trabajadores del sector público quedan fuera del proyecto actual, pero negociarán aparte. Tampoco incluiría a Trabajadores Rurales y Empleados de Casas Particulares.
“Quedan excluidos del alcance del presente decreto los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal, cualquiera sea su modalidad de vinculación o el régimen laboral aplicable”, dice el borrador del DNU.
¿Cuánto y cuándo se cobraría?
Según el borrador del DNU, el monto a pagar será de $ 5.000 en dos cuotas $2.500 que se pagarán con los salarios de noviembre y de enero, pero abre la posibilidad a que se negocie otro mecanismo si la empres está en crisis:
“podrán adecuar la implementación de lo dispuesto en el presente decreto en materia de plazos y montos para aquellas actividades o sectores que se encuentren especialmente en crisis o en declinación productiva”
A cuenta de paritaria
Además, el borrador establece que los acuerdos salariales que ya fueron cerrados a lo largo del año y hayan pactado una revisión “podrán compensar el aumento” excepto que las empresas y los gremios acuerden “expresamente” su no absorción.
Jornada parcial
En caso de jornada parcial, el bono será proporcional
Aviso antes de despedir
Junto con el pago del bono, se establece en el borrador que hasta marzo del año que viene, las empresas deben avisar a la Secretaría de Trabajo 10 días antes de despedir empleados.
“Establécese hasta el 31 de marzo de 2019 un procedimiento por el cual los empleadores, antes de disponer despidos sin justa causa, deberán comunicar la decisión al ministerio de Producción y Trabajo con una anticipación no menor a diez días hábiles de hacerla efectiva”
Por el momento, es solo el DNU del borrador, y dependerá las observaciones que realicen gremios y cámaras empresarias.
Liliana dice
Hola, soy monotributista y tengo un emprendimiento de atención telefonica con tres empleadas. Debo pagarles el bono?
daniel dice
corresponde a la uocra tb este bono?
Jose dice
Buenas noches. En el caso de Jornada reducida, la proporcionalidad se calcula en base a las horas día o semanales ?, Por ej: Jornal de 6Hs es 75% de Jornal 8Hs, Pero si tomamos la semana:: Planificación 30hs/semana es el 62.5% de 40hs/semana. Entonces cual se tiene en cuenta a la hora de calcular el proporcional?
Ignacio dice
En la misma forma que proporcionaste el salario debería proporcionar el bono
Ignacio,
¿Aplica para empleados que se encuentren fuera de convenio?
si
Desde octubre estoy de licencia de maternidad me corresponde igual?
Ignacio, si en ncoviembre comencé la licencia x maternidad. Me correspondería este bono?
Yo pienso que te corresponde 100% ya que si bien vos estas de licencia seguís en relación de dependencia. Ignacio? que opinas?