• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Claves del acuerdo salarial de Empleados de Comercio “segundo semestre”

20 octubre, 2016 Por Ignacio 109 comentarios

Lo que hay que saber del nuevo acuerdo salarial, donde pactó un 19% en dos tramos, el primero será del 12% desde octubre y el 7% restante desde enero. 

Designed by Rocketpixel / Freepik

Finalmente, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas COMERCIALES ARGENTINAS (UDECA) y Confederación Argentina de la Media Empresa (CAME), y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) acordaron el incremento salarial para los empleados de comercio bajo el CCT 130/7.

Los puntos destacados del acuerdo son:

INCREMENTO SALARIAL DEL 19%

El acuerdo establece un aumento salarial del 19% calculable sobre los haberes básicos fijados al mes de noviembre de 2015 (los mismos que marzo 2016), que se agrega de forma no acumulativa al 20% otorgado en abril último, completando así un alza de 39%. El primer tramo de este nuevo aumento, de 12%, tendrá vigencia desde octubre con carácter no remunerativo durante toda la vigencia del actual convenio (será incorporado a los básicos convencionales en el mes de abril de 2017, por su valor nominal). El segundo tramo, en tanto, de 7%, tendrá carácter remunerativo desde su incorporación, en enero de 2017. 

12% NO REMUNERATIVO
El 12% será de carácter no remunerativo hasta el mes de marzo de 2017, y pasará al básico por su valor nominal a partil de abril de 2017.

La mencionada suma se pagará bajo el nombre “Acuerdo Octubre 2016.”

Se tendrá en cuenta para adicionales fijos de convenio, presentismo, licencias por enfermedad, SAC (aunque proporcional), horas extras, feriados, licencia por maternidad.

Sobre esa suma se descontara:

  • Cuota solidaria 
  • Cuota afiliados al sindicato
  • FAECyS
  • OSECAC
7%  REMUNERATIVO

El 7% será de carácter remunerativo desde su aplicación, en enero de 2017.

Tanto para el 7% como el 12% se tomarás escalas salariales del mes de marzo de 2016.


ADICIONALES DE CONVENIO
El incremento del 19% a partir de Abril se aplicará también sobre los adicionales de convenio:
  • Vidrieristas
  • Cajeros
  • Choferes y Ayudantes de Choferes
ADICIONAL CAJEROS
El adicional especial previsto en el art. 18 del AcuerdoColectivo2011, se establece en $ 7.845,55 anuales a partir del mes de octubre de 2016, y de $ 8.261,60 a partir de enero 2017.

Dicho adicional corresponde a:

Cajeras/os que se desempeñen en empresas de cadenas de supermercados, hipermercados, autoservicios de comestibles y supermercados mayoristas; autoservicios de materiales de construcción que además comercialicen pinturas, herramientas, artículos de ferretería, materiales para electricidad.
Solo quedarán alcanzadas por la obligación establecida en el acápite precedente aquellas empresas allí nominadas, cuya facturación anual sea mayor a la establecida para la mediana empresa de comercio por el art. 1 de la Res. S.P. y M.E. y D.R. 21/10 o aquella que en el futuro la reemplace.
CLÁUSULA DE ABSORCIÓN 
Además se estableció una amplia cláusula de absorción de los aumentos que las empresas hubieren otorgado a cuenta del nuevo convenio: podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores a partir del 1º de abril de 2016 hubieren sido abonados a cuenta de los aumentos que determine el nuevo acuerdo colectivo, cualquiera sea la denominación utilizada

APORTE OSECAC $100
Sigue vigente el aporte solidario de $100 mensuales a cargo de los trabajadores del CCT 130/75 que estén afiliados a OSECAC.  No corresponde realizar el aporte a empleados que hayan optado por otra obra social o una empresa de medicina pre-paga.

NO HABRÁ BONO

El bono propiciado por el gobierno nacional, queda absorbido por el aumento pactado en este acuerdo. Por lo tanto no habrá bono alguno para empleados de comercio.
VIGENCIA 
El presente Acuerdo Colectivo tendrá vigencia hasta el 31 de marzo de 2017.

Archivos adjuntos


– ACUERDO OCTUBRE 2016

– HOMOLOGACIÓN 

– ESCALAS ENERO/2017 A MARZO/2017
– ESCALAS ABRIL/2017
– MODELO DE RECIBO OCTUBRE 2016
Ver ejemplo de liquidación aquí

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: 2016, CCT 130/75, FAECYS, Paritaria Comercio, Segundo semestre

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    26 octubre, 2016 a las 11:31 am

    dios como nos cogen de parado nomas ! todo aumenta por la loma de la.mierda y a nosotros nos aumentan de a pucho un 12, hoy mas un 7 mañana los acuedos son semestrales ahi lo esta moviendo cada 3 meses casi . se comen un 7% desde octubre hasta enero…si nos aumentan un 19 % desde ya seria otra cosa. como me gustaria un sindicato con mas huevos !

    Responder
  3. Anónimo dice

    26 octubre, 2016 a las 11:16 am

    Ya está homologado y cuando se hace efectivo el pago del aumento

    Responder
  4. Anónimo dice

    26 octubre, 2016 a las 11:15 am

    Cuando se cobra el aumento?

    Responder
  5. Anónimo dice

    26 octubre, 2016 a las 2:54 am

    Si una empresa lo quiere pagar al 12% remunerativo se puede? Se hace acrecrentamiento.

    Responder
  6. Valeria dice

    25 octubre, 2016 a las 7:40 pm

    Hola Ignacio, como siempre toda tu informacion y tu pagina IMPECABLE, no sabes la ayuda que significas!!! GRACIAS POR COMPARTIR. Ahora una pregunta, el aumento va sobre las sumas a cuenta de futuros aumentos o adicionales, como quieras llamarlas, que pagan algunas empresas por sobre los minimos de convenio?

    Responder
  7. Anónimo dice

    24 octubre, 2016 a las 10:14 pm

    Ignacio, muy buenas tardes.
    Si el empleado NO tiene OSECAC, sino otra Obra Social, ej. OSDE ú otra cualquiera, también se toma (incluye) el NO REMUNERATIVO como base de cálculo para aplicar el 3% de Obra Social? MUCHAS GRACIAS

    Responder
  8. Anónimo dice

    24 octubre, 2016 a las 6:30 pm

    DEFINITIVAMENTE UNA VERGUENZA QUE AL FRENTE DE ESTE GREMIO ESTE EL PAYASO ESTE …CIRQUERO Y LA RPMQTP….MORITE CAVALIERI!!!! Y DALE PASO A ALGUIEN QUE DE VERDAD NOS DEFIENDA. GRACIAS IGNACIO!!

    Responder
  9. Anónimo dice

    24 octubre, 2016 a las 3:48 pm

    Consulta, se pueden absorber los aumentos que haya dado la empresa por su cuenta y que estuvieran reflejados en el famoso "a cuenta de futuros aumentos"? Y si tienen sueldos mayores a los del convenio, el aumento se puede calcular sobre el sueldo que debiera cobrar o calculo el 12% sobre lo real?
    No aclaran nada de estas cuestiones.
    Saludos
    Nadine

    Responder
  10. Lucia dice

    24 octubre, 2016 a las 3:16 pm

    Como queda el aumento del adicional de cajero del ART. 30?
    Gracias!

    Responder
  11. Luciana dice

    24 octubre, 2016 a las 2:59 pm

    Ignacio como estas? Una consulta, no me queda claro, si tengo a una persona con el concepto de futuros aumentos, lo tomo para el calculo del NR? Gracias!!

    Responder
  12. anonimo dice

    24 octubre, 2016 a las 2:35 pm

    Cuando decis que lleva antiguedad y zona te basas en el art 5to del acuerdo?
    Gracias, bendiciones!

    Responder
  13. Unknown dice

    24 octubre, 2016 a las 2:33 pm

    Cuando decis que lleva antiguedad y zona, tomas como base el articulo quinto del acuerdo? gracias!

    Responder
  14. Anónimo dice

    24 octubre, 2016 a las 2:07 pm

    mi consulta es se le aplica zona desfavorables al presente acuerdo

    Responder
  15. Anónimo dice

    24 octubre, 2016 a las 12:39 pm

    El adicional de cajero del art. 30, en cuanto queda ahora el importe?

    Responder
  16. Anónimo dice

    24 octubre, 2016 a las 1:49 am

    La verdad una vergüenza total vallansen todos caraduras no les cae la cara siempre nos cojen de parado no me siento identificado por el gremio una gran vergüenza siempre se venden por plata desde el cabesilla hasta el más chico una vergüenza hay que hacer paro como hacen los banqueros ellos tienen un gran gremio no un gremio de mierda como el que tenemos que se bajan los pantalones no tienen huevo escuchen no tienen huevo y jamás lo van a tener porque hay plata de por medio por eso hicieron ese acuerda en contra del trabajador y a favor del empresario cavallieri y Pereyra son unos caraduras ya vendrán por votos mierda los voy a votar vendidos de mierda todos sabemos que esto es plata para todos menos para los trabajadores de comercio no hay que darle más votos cuando vengan a buscarnos para votar lo más chistosos es que solo esta el nada más jajajajajaja una gran vergüenza ya está se les calló la careta hdp

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d