Se crean 12 nuevas escalas para ingresos superiores a $15.000 y hasta 25.000 pesos. Los cambios son retroactivos al 1ro de enero. La diferencias a favor de los trabajadores se harán en 5 cuotas.
Con la publicación de la Resolución General 3770, la AFIP oficializó el beneficio en Impuesto a las Ganancias anunciado días atrás por el ministro de Economía, Axel Kicillof.
BENEFICIO
- de 15.000 a 18.000 pesos: 25% de incremento
- de 18.000 a 21.000 pesos: 20% de incremento
- de 21.000 a 22.000 pesos: 15% de incremento
- de 22.000 a 23.000 pesos: 10% de incremento
- de 23.000 a 24.000 pesos: 7,5% de incremento
- de 24.000 a 25.000 pesos: 5% de incremento
ALCANZADOS POR EL BENEFICIO
VIGENCIA
DEVOLUCIÓN
Se hará en 5 cuotas. Dicha devolución deberá estar consignada “en el respectivo recibo de sueldo o comprobante equivalente, identificándolo con el concepto “Devolución Ganancias – R.G. AFIP N° 3770”.
Se crearon 12 nuevas escalas. Ver escalas
Anónimo dice
Consulta, los que ingresaron luego del 1/09/2013 y estaban exentos del pago de ganancias porque al momento de ingreso percibian un sueldo menor a 15000, hoy teniendo en cuenta que hay que ver las remuneraciones actuales, comienzan a tributar ganancias o siguen quedando exentos?
BUENOS DIAS IGNACIO. TENGO UNA DUDA RESPECTO AL PERIODO SOBRE EL QUE SE DEBE EFECTUAR EL RECALCULO Y DEVOLUCION: SE REALIZA EL RECALCULO DE ENERO A ABRIL Y SE COMPARA CON LO RETENIDO EN IGUAL PERIODO Y ESE ES EL SALDO A DEVOLVER EN 5 CUOTAS? DESPUES LA RETENCION DE MAYO SE CALCULARIA CON LOS NUEVOS ACUMULADOS Y MONTOS SIN HACER INCIDIR DICHO SALDO A FAVOR?.. O SE CALCULA LA RETENCION DE ENERO A MAYO CON LOS NUEVOS PARÁMETROS DIRECTAMENTE, SE LE DESCUENTA LO RETENIDO EN PERIODOS ANTERIORES Y SI DE DICHA SUMATORIA SURGE SALDO A FAVOR DEL EMPLEADO, ESE EL IMPORTE A DEVOLVER?MUCHAS GRACIAS. SALUDOS
Hola Ignacio, buenas noches. Quería hacerte dos consultas, la primera de ellas referida al cuadro explicativo que acompaña esta publicación, cuando hace referencia a quienes ingresaron luego de agosto 2013 con un primer sueldo superior a 25000, no debería decir 15000?
La segunda consulta es respecto de quienes ingresaron con posterioridad a agosto 2013 cuyo primer sueldo fue inferior a 15000 y no era considerado hasta la fecha como sujeto pasible, pero que con los sucesivos aumentos de sueldos supera, desde enero de 2015 inclusive, los 15000. A partir de esta resolución debo retenerle? Es lo que no me queda muy claro de la norma.
Desde ya muchas gracias!! Saludos!!
Hola, la tercera es la vencida! Mi consulta es la siguiente, para los salarios del 2013 no se tiene que tener en cuenta el SAC, es asi no?
Además quisiera saber ya que tengo unos ajustes en el mes de Julio los cuales son: ajuste de sueldo, ajuste de horas extras y ajuste del SAC. Estos ajustes están contemplados en la reglamentación dispuesta ya que debido a estos mi salario exedió del tope reglamentado. Los ajustes fueron retroactivos al mes de Abril.-
Quedo a la espera de sus comentarios y desde ya gracias por todos los aportes brindados!
Quisiera saber si esta situacion entraria para pasar el tope de los 15000. Tengo entendido que el SAC no entra a la sumatoria del 2013, es decir que ese mes lo doy por cerrado, creo que es asi no?
Ahora al mes siguiente cobre unos ajustes los cuales son: ajuste de sueldo, ajuste de horas extras y ajuste del SAC. Todo esto retroactivo al mes de Abril, estos ajustes estan contemplados en la reglamentacion, ya que debido a estos superé el tope de 15000.
Quedo a la espera de sus comentarios y saludos!
hola! mi duda es en el caso de nuevo empleado, con ingreso posterior a agosto de 2013, con primer sueldo menor a 15000, si hoy gana:
-15000 ?
entre 15000 y 25000?
más de 25000?
y si el nuevo empleado, con ingreso posterior a agosto de 2013, con primer sueldo mayor a 15000 pero menor a 25000??
Hola. Consulta: cómo se interpreta el artículo 5? qué pasa con aquellos que ingresaron a partir del 01/09/2013? en su momento se determinaba en qué grupo se incluían tomando el sueldo mensualizado del mes de ingreso, pero ahora se dice que hay que tomar sus ingresos a partir del 01/01/2015 aplicando la misma metodología que para calcular el ingreso entre enero y agosto de 2013. Dice a partir del 01 de enero pero no hasta qué mes. Podrás aclarar algo de esto? muchas gracias. Saludos.
Entiendo que se refiere a aquellos sujetos que durante ene-ago 2013 percibían un bruto mayor a $25.000 y que con posterioridad a esa fecha, se redujo su ingreso por debajo del mencionado límite. En ese caso, se toma como referencia el sueldo al 01/01/15.- Eso interpreto…
Germán.
Ignacio, si entre enero de 2013 y agosto de 2013 estoy en el grupo de los de 15.000 a 25.000 estoy alcanzado por el beneficio, aunque en 2015 mi bruto supere los 25.000?
Ignacio: Quienes no se encontraban beneficiados por el Dto 1242, como se sabe si tienen el beneficio del 20%? Se ve mes a mes? Se espera, por lo menos 6 meses para ver la retribución normal y habitual?
Eso es lo que no me queda en claro de la 3770
Como es??