Contribuciones patronales: Siguen vigentes durante el año 2022 las alícuotas y montos de detracción de la ley 27.541 de $7.003,68 y $17.509,20.
Siguen vigentes durante el año 2022 las alícuotas y montos de detracción vigentes sobre remuneración imponible de las contribuciones patronales.
Como recordarán, la Ley 27.541 Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que, sobre la remuneración imponible sujeta a las contribuciones de la Seguridad Social se detrae mensualmente, por cada uno de los trabajadores, un importe de pesos siete mil tres con sesenta y ocho centavos ($7.003,68) en concepto de remuneración bruta.
Si bien la ley 27.541, derogó el decreto 814/01 y el decreto 1009/01, mantuvo el mínimo no imponible de $7.03,68, y la alícuotas vigentes del 18% y 20,4% vigentes a ese momento.
- Ley 27541 artículo 19 inciso a) alícuota del 20.40%
Para los empleadores perteneciente al sector privado cuya actividad principal encuadre en el sector “Servicios” o en el sector “Comercio” siempre que sus ventas totales anuales superen, en todos los casos, los límites para la categorización como empresa mediana tramo 2, con excepción de los comprendidos en la leyes 23.551, 23.660 y 23.661.
- Ley 27541 artículo 19 inciso b) alícuota del 18%
Para el resto de los Empleadores del sector privado. La alícuota del 18% también se aplicará a las entidades y organismos del sector público.
Detracción ampliada
La detracción ampliada de $ 17.509,20 para las actividades de economías primarias, textiles, calzados y sanidad, establecidas en el decreto 1067/18, el decreto 128/19 y el Decreto 688/19 vencieron el 31/12/2021.
- Decreto 1067/18: Empleadores de los sectores textil y de confección, calzado y marroquinería.
- Decreto 128/19: Empleadores de los sectores primario agrícola e industrial.
- Decreto 688/19: Empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.
Según la ley 27541, “los empleadores comprendidos en los decretos 1.067 del 22 de noviembre de 2018, 128 del 14 de febrero de 2019 y 688 del 4 de octubre de 2019 y su modificatorio, con los requisitos y condiciones previstos en esas normas, deberán considerar que la suma a la que se refiere el primer párrafo de este artículo es, a partir de la entrada en vigencia de esta ley, de pesos diecisiete mil quinientos nueve con veinte centavos ($17.509,20), la que no sufrirá actualización alguna.”
Importante
Hay diferencias de interpretación entre los organismos, pero es posible que sigua vigente la detracción de detracción ampliada. Esperen para presentar la DDJJ.
ACUALIZACIÓN: la interpretación que se ha dado desde el Ministerio es que la ley le ha dado carácter permanente a la detracción ampliada de $17509,20, por lo tanto sigue vigente y sin vencimiento.
El aplicativo Declaración en Línea ya tiene incorporado los código, falta que lo hagan en el Libro de sueldos Digital.
Detracción de $10.000
Además, también sigue vigente la detracción de $ 10.000 mensuales, aplicable sobre la totalidad de la base imponible, para los empleadores que tengan una nómina de hasta 25 empleados. (Artículo 23 Ley 27.541).
Asimismo, mediante el decreto 12/2022, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022 la reducción en las contribuciones patronales para los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada.
Fondo Fiduciario $100
Para cerrar, recuerden cambiar el monto fijo de la alícuota con destino a la Aseguradora del Riesgos del Trabajo (ART), Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) que desde el devengado de enero es de $100.




Pregunto si los beneficios para los mayores de 60 años no corren más. Desapareció en Declaración en línea la situación de revista 50.
Buenas noches.
Consulta. ¿La detracción de $10000 es aplicable para empleadores que tenían el beneficio del la ley 26940 Art 19 que venció en diciembre 2021?
Buenas tardes! Consulta, la detracción de la ley 27.541 por $7.003,68 (y posible nuevo monto), no se vence a los 24 meses de haber formalizado el puesto (o eso es de la vieja Ley 27.430).
Gracias!
Slds
Hola, no, no tiene vencimiento
Muchas gracias!
Consulta; para realizar el 931 correspondiente al Sueldo del mes de Enero, el importe de la detracción se tiene en cuenta en la remuneración 10?
Buenos días! Estoy intentando hacer el F931 de enero correspondiente a un empleado rural, no me toma la detracción de $17.509,20. Probé con varios códigos y me sale que no corresponde informar importe a detraer. Alguien tiene caso similar y lo pudo resolver?
Tenés la caracterización y el código correspondiente aplicado?
Hasta diciembre se venía haciendo el 931 con actividad 001 (producción primaria, excepto actividad agropecuaria) y lo mismo en actividad en perfil del trabajador y permitía tomar la detracción, ahora no me permite. Intenté con el código 122 y tampoco. No me doy cuenta si hay algo más que modificar. Tipo de empleador Dec. 814/01 art, 2 inc b / ley 27541 art. 19 inc b.
BUENAS TARDES.. LA DETRACCIÓN DE LOS $7003.68 , ES APLICABLE PARA NUEVOS EMPLEADORES? MUCHAS GRACIAS
si
Gracias crack!
Buenos dias, si un cliente tiene un policlinico con un solo personal, de cuanto seria el monto a detraer para enero 2022?
Hola! Hay alguna comunicacion oficial de que se pueda utilizar la detraccion de 17.509,20? (Mas alla de qie ahora figura en la pagina el cod 125 nuestros asesores nos dicen que por el vto del dec 688/19 no correponderia) gracias!
No, no la hay por el momento
BUENAS TARDES.. LA DETRACCIÓN DE LOS $10000 DE LA BASE DE CALCULO PARA LAS CONTRIBUCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ES APLICABLE PARA NUEVOS EMPLEADORES? O SOLO LOS QUE ERAN EMPLEADORES CUANDO SALIO LA LEY? MUCHAS GRACIAS
a nuevos también se aplica
Entiendo que quienes tenían el beneficio de la ley 26940, ahora pueden hacer uso de los del Art. 22 y 23 Ley 27541
Sigue vigente el codigo de actividad 125? LSD no lo toma como valido.
si, sigue vigente, hay que esperar a que AFIP lo actualice
Buen dia! en LSD para empleador de Salud ya esta para utilizar el codigo 125.
Pudieron resolver esto? estoy en la misma! no me sale la actividad 120 para el 128/19. entiendo que tambien fue extendida la utilizacion de la detraccion ampliada.
se sigue aplicando no hubo derogación por otra norma
buen día
cómo aplica para el 2022 el art 21 de la ley 27541, continúa vigente? hasta cuándo? por qué norma?