Los empleados mercantiles percibirán un incremento del 27% y dos cifras no remunerativas de $1200.
Según fuente del gremio, luego de semanas de reuniones con las cámaras empresarias del sector, la dirigencia sindical de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), encabezada por Armando Cavalieri, selló un acuerdo la semana pasada por un incremento salarial del 27%, más el pago de dos adicionales no remunerativos de $ 1.524 cada uno. Esta cifra surge de aplicar el 27% a los 1200 que se reclamaban inicalmente.
Según confirmaron las fuentes sindicales, al acuerdo se llegó tras una reunión realizada en el Ministerio de Trabajo entre la FAECYS y los representantes empresarios de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa que lidera Osvaldo Cornide y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) que preside Carlos De la Vega.
Las partes fueron citadas nuevamente para este jueves en la sede de la cartera laboral, para firmar el acuerdo definitivo. Por lo tanto, se cancela la movilización que el gremio tenía planificada en su propia sede para este jueves.
son acumulativas los porcentajes 17 y 10???
no
no, el 10 se calcula sobre el sueldo de marzo
El titulo de la nota es engañoso!!!
QUE QUEDE CLARO 17% en abril + 10% no acumulativo 7 meses después no es igual al 27%.
Ej: Sueldo de $10.000×1,27x7meses= ———————————–$88.900
Sueldo de $10.000×1.17x7meses= $81.900 + (2x$1.524) = $84.948
Son, $3.952 / 7 meses= $554.57.
O sea un 5,54% menos, o sea 27% menos 5,54% = 21,46%
Conclusión, el aumento real desde abril a noviembre es de 21,46%. De ahí en más, sumado el aumento restante, si es un 27%. Peeeero mientras tanto, ese 5.54% multiplicado por los millones de empleados de comercio…..
Se olvidaron de informar en la nota cuantos diputados para Cavallieri!,,,,
El acuerdo del año pasado fue el mismo, menos perjudicial dado que el 10% restante se percibía en septiembre. Ahora deberían explicar Cavallieri, Kicillof y compañía como hacemos para sobrevivir con un sueldo irrisorio y un aumento del 17% hasta noviembre en un país donde la inflación anual es del 40% …
Me explicas lo del retroactivo? Soy administrativo categoria c
Hola Ignacio: este aumento retroactivo de abril significa que con el sueldo de mayo, que cobraré en junio deberán pagarme por única vez un 34% y luego con el sueldo de junio, a cobrar en julio cobraré el 17% normalmente? Grcias por la paciencia…
Si
asi es
BUENAS NOCHES TE CONSULTO:
¿QUE SIGNIFICA QUE SEA RETROACTIVO A ABRIL?
YA ME PAGARON ABRIL SIN NINGUN CAMBIO A LOS MESES ANTERIORES.
¿LA VERSION DE QUE UN PAGO UNICO IBA DESTINADO EN CUOTAS A LA O.S.E.C.A.C SIGUIÓ VIGENTE?
DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR TU INFORMACION, MUY UTIL TODA LA INFORMACION QUE NOS BRINDAS.
SALUDOS.
Q te tienen q pagar el 17% del mes anterior
Tienen que liquidarte el retroactivo del mes de Abril 2015 con el mes de MAyo. LAs dos cuotas de los no remunerativos son de $ 1524 cada una. El aporte extraordinario a Osecac todavía no definieron el importe.
En el recibo de mayo te tienen que abonar lo que te deben de abril .
Es decir, que el aumento tiene vigencia desde ABRIL. Es decir que con el sueldo de MAYO (que se cobra los primeros dias de Junio) te deben pagar un ajuste por el sueldo de Abril, ya que te pagarn sin el aumento correspondiente.
SUELDO de ABRIL con AUMENTO "menos" SUELDO de ABRIL sin AUMENTO = AJUSTE MES ABRIL.-
significa q este mes vas a cobrar el proporcional del aumento del mes de abril y lo osecac aun no esta confirmado
Hola! Los sumas fijas se abonan con el sueldo de junio o con el sueldo de julio?
Nos cagaron una vez más.
La suma fija se abonaría en julio o en agosto? (Es decir, con el sueldo de junio o con el sueldo de julio)? Gracias!
Ignacio, acabas de actualizar la noticia ?? no era un 20% y un 7% ?? me habia puesto re contento
Y los $1.200 para el gremio a pagar en 12 cuotas?
hola igancio no quedo claro donde dice "más el pago de dos adicionales no remunerativos de $ 1.500/1524 cada uno (1200 + 27%).", osea es uno de 1500 y otro de 1524 o son de 1200?
"… se convino el pago de una suma fija, extraordinaria, excepcional, por única vez, no habitual ni permanente, de $3048, de carácter no remunerativo. La misma, que no tendrá ningún tipo de descuento, se abonará en dos cuotas iguales de $1524 cada una en los meses de julio y septiembre.
[…] Jornada parcial. Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida, el monto de la asignación resultante será proporcional a la jornada laboral cumplida. También serán proporcionales a la jornada cumplida los básicos y los adicionales resultantes de los mismos."
"… se convino el pago de una suma fija, extraordinaria, excepcional, por única vez, no habitual ni permanente, de $3048, de carácter no remunerativo. La misma, que no tendrá ningún tipo de descuento, se abonará en dos cuotas iguales de $1524 cada una en los meses de julio y septiembre.
[…] Jornada parcial. Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida, el monto de la asignación resultante será proporcional a la jornada laboral cumplida. También serán proporcionales a la jornada cumplida los básicos y los adicionales resultantes de los mismos."
otra consulta…. me llegó la información de que no es obligatorio el aporte a la deplorable obra social…..y que puede no descontarse a empleados que se "aviven" esto es así???????
seria importante saberlo de buena fuente para que no nos agarren de giles….saludos compañeros…..
hola….. las sumas fijas con el sueldo de julio y septiembre son por empleado, por jornada completa o jornada parcial ? Otra consulta, en otros medios aseguran que el monto de aumento retroactivo a abril es del 17%……cual es la verdad? desde ya gracias por responder…..