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Empleados de Comercio: Cavalieri acordó suspensiones con reducción salarial en grandes empresas

24 abril, 2020 Por Ignacio 40 comentarios

Se trata de acuerdo por empresa, entre las que se encuentran Falabella, Musimundo, Lacoste y la cámara de Call Centers, entre otras.

El gremio de empleados de comercio, que lidera Armando Cavalieri, acordó este suspensiones con reducción salarial en grandes empresas.

Se trata de acuerdo por empresa, entre las que se encuentran CMR Falabella, Gerenciar, Bazar Avenida, Avenida, Consumo, Tinsa, Total Suport, CFN y Conmega.

El gremio de comercio, acordó que se pagará el 70 y el 80% de la remuneración neta con el compromiso de mantener el empleo por hasta tres meses.

El titular del sindicato de los Empleados de Comercio, Armando Cavalieri, y los representantes de las empresas enmarcaron estas condiciones bajo el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, un mecanismo que permite el pago de sumas no remunerativas.

Art. 223 BIS. Se considerará prestación no remunerativa las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral y que se fundaren en las causales de falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada, pactadas individual o colectivamente y homologadas por la autoridad de aplicación, conforme normas legales vigentes, y cuando en virtud de tales causales el trabajador no realice la prestación laboral a su cargo. Sólo tributará las contribuciones establecidas en las Leyes Nros. 23.660 y 23.661.


“Les informamos que se han firmado varios acuerdos que se enmarcan en el contexto del artículo 223 bis con el fin de mantener las fuentes de trabajo, sin suspensiones y sin despido”, informó un comunicado que lleva la firma de Cavalieri.

En los Call Center, se acordó el pago del 80% del salario neto por tres meses para los trabajadores suspendidos de todo el país, con excepción de la provincia de Córdoba en donde rige otro convenio con el sindicato ATTAC. Mientras que en las otras empresas, dependiendo el caso, se pagará el 70% del neto por dos meses, informaron en iProfesional.

Acuerdo marco para todo los trabajadores mercantiles

Además, Cavalieri estaba negociando con la Cámara de Comercio (CAC) y la Cámara de la Mediana Empresa (CAME) un convenio marco para pactar cláusulas similares para el resto de los Empleados de Comercio.

Pero las conversaciones se habían suspendido con el lanzamiento del programa de asistencia a las empresas, por el que el Estado paga un salario complementario a los trabajadores del 50% del neto de febrero, con un piso de $16.875 y un tope de $33.750.

Ahora, el gremio busca mejorar la propuesta de manera de que el impacto sobre los salarios sea el menor posible. “Se está replanteando, lo que no se quiere es firmar acuerdos con la plata del Estado y que las empresas no aporten nada”, dijeron desde el entorno de Cavalieri.

Acuerdo con CMR Falabella

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Archivado en:Empleados de Comercio

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Mauricio dice

    24 abril, 2020 en 1:16 am

    Esto afecta a todas las empresas ? Lo que no me queda claro ignacio es la parte no remunerativa que dice que realmente no cobrariamos menos de lo que venimos cobrando.

    Responder
    • a dice

      24 abril, 2020 en 8:12 am

      Mauricio…van a cobrar menos pq se pagara el 80% del neto que venian cobrando.

      Responder
    • Mariela dice

      24 abril, 2020 en 8:56 am

      Al ser todo no remunerativo y solo tendrás en el.bono descuentos de obra social por lo cual el sueldo en mano será mayor pero lo que paga el empleador en su 931 será menor ya que solo estaría pagando obra social y art. Eso es lo qu entendí. Por la aplicación del art 223 bis de la lct

      Responder
      • agustin dice

        24 abril, 2020 en 1:20 pm

        De donde sacas que el sueldo en mano sera mayor? Van a pagar el 70% o el 80% del sueldo neto…y no lleva ningun descuento, solo contribuciones a la OS.

        Responder
      • Elisabet dice

        27 abril, 2020 en 7:06 pm

        esa es una duda que tengo: la ley habla de contribuciones de las leyes 23.660 y 23.661 pero… al confeccionar los recibos de haberes: va o no va el descuento en calidad de “aporte” del empleado a la obra social?
        la verdad es que nunca liquidé sueldos con aplicación del 223 bis.

        Responder
        • Daniel dice

          30 abril, 2020 en 12:09 pm

          Buenas Ignacio, soy uno de los suspendidos, hay que firmar algo o no con la empresa que nos suspe nde?

          Responder
    • Fabiana dice

      24 abril, 2020 en 10:49 am

      No, fijate que habla de Falabella, Cmr , Musimundo, Lacoste, y los call Centers, son empresas que por lo visto tienen arriba de 1000 trabajadores, para todo el resto de las empresas funcion el pago complementario del 50% , del DNU 376/20, si no me equivoco.
      Saludos y suerte.

      Responder
  2. Ivonne García dice

    24 abril, 2020 en 1:31 am

    A mí ya me suspendieron, desde el 17-04 hasta el 02-05. Cómo es en ese caso??

    Responder
  3. Gustavo dice

    24 abril, 2020 en 9:18 am

    Ignacio, ahora en Abril se incrementa al Básico el 3% del No Rem respecto a Marzo 2018, el cálculo del No remunerativo se aplica con ésta liquidación o a la de Marzo 2020??… o Abril/20 se liquida con el Básico del mes anterior???

    Responder
  4. Ruben dice

    24 abril, 2020 en 10:03 am

    No se olviden de que si se aplica el art 223 bis ‘, suspension con pago del 70% por ejemplo del neto deduciendo solo la obra social, el subsidio complementario que paga el Anses’, en los primeros dias de abril , de acuerdo al DNU se reduce al 25%. Me parece que todos se estan olvidando de ese detalle

    Responder
    • agustin dice

      24 abril, 2020 en 1:19 pm

      Es verdad, pero si la empresa paga de sueldo el 80% del neto, se ahora mas de la mitad del costo laboral, y eso mejor que el subsidio complementario (si es que te lo pagan)

      Responder
  5. Fernando dice

    24 abril, 2020 en 10:09 am

    La verdad una vergüenza , hay q suspender entonces los descuentos aberrantes desde el sindicato, q no los sirve para nada, por q no se reduce esta persona el 50 por ciento, y los políticos mal agradecidos, q les damos de comer, y lo único q hacen es

    Responder
  6. Rober dice

    24 abril, 2020 en 10:31 am

    Los que trabajamos para una pymes chica comercio a la calle Con No más de 3 empleados rige por igual ?

    Responder
    • Cristian dice

      24 abril, 2020 en 5:10 pm

      La parte de la nota donde habla de “acuerdo marco” es en donde se refiere a eso justamente.

      Responder
  7. pablo dice

    24 abril, 2020 en 1:08 pm

    la verdad no se entiende un carajo que pasa con las paritarias 2020 eso es lo que interesa cual va a ser el aumento vos cavagarcha hijo de puta

    Responder
    • mariano dice

      24 abril, 2020 en 3:03 pm

      Jajaja.. No te van a pagar el 100% del sueldo y queres aumentos??

      Responder
  8. C dice

    24 abril, 2020 en 2:31 pm

    Cómo se deberían liquidar las comisiones? Comisiones proporcional o compensatorias o es legal que no te paguen nada de comisiones? En muchos casos esto es muchísimo más que el básico.

    Responder
  9. María de los Angeles dice

    24 abril, 2020 en 3:08 pm

    Si se declara todo el mes de marzo como no remunerativo por el art. 223 bis, los empleados no van a cobrar la asignación familiar, ya que no devengaran remuneraciones, por lo que muchos casos el impacto en la disminución de su ingreso mensual será superior al 30%.

    Responder
  10. María de los Angeles dice

    24 abril, 2020 en 3:09 pm

    * perdón sería el mes devengado de abril

    Responder
  11. Cristian dice

    24 abril, 2020 en 5:06 pm

    La nota es bastante clara, habla de las cadenas que se mencionan en un principio y call center y otras de similitud se entiende.

    En donde se refiere a las demás empresas, es en donde dice “acuerdo marco”, y también aclara que en principio dieron marcha atrás con la medida por lo que dispuso el gobierno que abonará hasta el 50% del salario. Solo por eso fue que suspendieron de hacerlo para el resto por el momento.

    Y también aclara luego, que están viendo desde el gremio, como hacen para que el trabajador no solo reciba lo que aporta (abona) el estado. Se entiende ahora?

    Espero haber aclarado dudas.

    Responder
  12. Sofia dice

    24 abril, 2020 en 6:28 pm

    Para el rubro de turismo es igual ? Ya que acá en rosario somos de empleados de comercio

    Responder
  13. Gonzalo dice

    24 abril, 2020 en 11:31 pm

    Buenas, hay empresas del rubro que suspendieron empleados hasta el 30 de septiembre con una reducción del 50% del sueldo neto. Por lo que entendí estos casos son completamente ilegales según el acuerdo firmado no es así ?

    Responder
    • silvia dice

      7 mayo, 2020 en 1:00 pm

      En este país todo es ilegal . Debemos aprender a vivir en ella , sino nos hacen carne picada

      Responder
  14. VILLAR OLGA SUSANA dice

    25 abril, 2020 en 9:46 am

    Para un comercio con 15 personas, entonces, en nuestro caso, si el gobierno paga el 50% de los sueldos, depositando el dinero en las cuentas de los empleados, como liquidaria entonces la empresa, el recibo de sueldo de abril??? porque hasta que no esten acreditados los SMVM , la empresa no sabria cuanto le depositaron a cada uno, y que parte le tiene que liquidar por recibo.

    Responder
  15. hernan dice

    25 abril, 2020 en 1:42 pm

    Consulta;
    Trabajo en una empresa minipyme de 6 empleados en Abril cobre un 30% menos del sueldo de Marzo, según la empresa el gobierno va a “aportar” 10 mil en concepto de ayuda pero esto aun no ocurrió, es así? o no corresponde?
    Por otro el pago del sueldo correspondiente a Abril (que sera en Mayo) seria 50% ayuda del estado y el 50% restante el empleador?

    gracias!

    Responder
  16. Cesar dice

    25 abril, 2020 en 1:58 pm

    Si, pero tengan en cuenta que con mucha suerte y de acuerdo a los ATP que adjudicó ayer el estado resultan un 20% de los pedidos por las empresas, calculando otra vuelta mas de beneficios que verán a partir del lunes se llegará como máximo a un 40% de empresas que obtengan el beneficio de pago del 50% de Salarios Complementario a sus empleados. Así que deberán abrir estos acuerdos marcos a todas las empresas cualquiera sea su cantidad de trabajadores por lo menos para disminuir las cargas sociales de los empleadores.

    Responder
  17. Pato dice

    25 abril, 2020 en 3:54 pm

    Consulto to trabajo para call peri nunca deje de trabajar ya q hacemos trabako home office. En ese caso q harian?

    Responder
  18. cesar dice

    27 abril, 2020 en 7:56 pm

    EL GREMIO CUANTO LE APORTA A CADA TRABAJADOR ????
    YA QUE APORTAMOS RELIGIOSAMENTE
    ELLOS NOS DARAN ALGUN RESPALDO ECONOMICO PORQUE TIENEN PLATA QUE NOSOSTROS APORTAMOS PARA QUE NOS DEFIENDAN .ENTONCES DE CUANTO SERA LO QUE NOS DARIAN ELLOS( CAVALIERI) . PORQUE EL RESPONDE POR NOSOTROS HASTA NO SE DONDE …..
    SALUDOS DESDE TUCUMAN

    Responder
  19. Jorge dice

    27 abril, 2020 en 8:51 pm

    Buenas noches !
    Si un mayorista o Supermercados debe suspender empleados,alguien sabe si se va suspendiendo por antigüedad?

    Responder
  20. Florencia dice

    27 abril, 2020 en 10:16 pm

    Hola, Trabajo en el rubro juguetería en Caba, desde el 20 de marzo el comercio está cerrado por no ser dentro del rubro de esenciales, por lo cual no estoy trabajando, no porque no quiera sino porque el comercio está cerrado. También me tienen que descontar el 25 % del sueldo?

    Responder
  21. Liliana dice

    29 abril, 2020 en 1:07 pm

    CONSULTA: Buen dia Ignacio, Sobre esta prestacion no remunerativa, se abona ART

    Responder
  22. Luciano dice

    29 abril, 2020 en 5:45 pm

    Jajaja aumento? Cómo mínimo vas a cobrar 8 Lucas menos

    Responder
  23. M dice

    30 abril, 2020 en 10:26 am

    Buen día! Ahora vi que se firmó un acuerdo con reducciones de hasta 25% en caso de suspensiones. Trabajo en un call center de cobranzas de una financiera. Cómo o qué porcentaje sería el correcto si me suspendrn desde el 4 de mayo? Gracias

    Responder
  24. Patricio dice

    1 mayo, 2020 en 4:06 pm

    Buenas tardes, les dejo una consulta. Me suspendieron del 21/04 al 30/04, y ahora por 15 días mas, ambos casos segun RRHH sin goce de sueldo. A principio de abril comercio saco un decreto con la nulidad para suspenciones y despidos por 60 días, esto, sigue vigente?

    Responder
  25. Adrián dice

    5 mayo, 2020 en 10:11 am

    Para acogerse al acuerdo firmado por Faecys sobre el pago del 75% o más del neto de lo que cobrarían, con condición de mantener los puestos de trabajo. Es necesario notificar al Ministerio que la empresa adhiere al acuerdo ó es automática la adhesión y no supone ningún trámite adicional?
    El cálculo sería el 75% de lo que cobraría, y a eso se le descontaría obra social y sindicato ?
    Gracias

    Responder
  26. Miguel dice

    5 mayo, 2020 en 5:54 pm

    Lindos nenes, el sindicatos se bajó los lienzo enseguida,

    Responder
  27. silvia dice

    7 mayo, 2020 en 12:56 pm

    Es una vergüenza , aumentos que son una chiste ,,,,,
    a las empresas las ayuda el EStado las ayudan los sindicatos.
    Cuánto dinero habrán recibido esta gente !! Me voy a poner una empresa me la financia el estado , los bancos y los empleados …

    Responder
  28. Iva dice

    8 mayo, 2020 en 11:49 am

    En la empresa donde trabajo, solo nos depositaron el porcentaje de anses. La empresa no pago nada.

    Responder
  29. Rosa dice

    27 octubre, 2020 en 2:15 pm

    Estando embarazada me pueden suspender y bajar el sueldo? No hay alguna ley que me ampare?

    Responder
    • Ignacio dice

      27 octubre, 2020 en 4:04 pm

      suspender por qué motivo?

      Responder

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