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Empleados de Comercio: Claves del acuerdo Abril 2026

27 marzo, 2026 Por Ignacio 108 comentarios

Índice de Contenidos

    • Aumento del 5% remunerativo escalonado
  • Sumas no remunerativas y recomposición
    • Aclaraciones sobre estos conceptos no remunerativos:
  • Proporcionalidad
  • Vigencia y cláusula de revisión
  • Excepción para Tierra del Fuego
  • No absorción y compensación
  • Recomendación para adicionales empresa
  • Aporte a OSECAC
  • Contribución extraordinaria a OSECAC
  • Ultraactividad
  • Homologación y pagos anticipados
  • Escala salarial estimada
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Acuerdo Paritario de Comercio abril 2026: FAECyS acuerda un 5% remunertivo trimestral más una suma fija no remunerativa de $20.000.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresariales del sector firmaron este jueves un el acuerdo de la paritaria 2026 que establece incrementos remunerativos y no remunerativos para el segundo trimestre del 2026. 

El acuerdo fue rubricado por el secretario general de la FAECyS, Armando Cavalieri, y representantes de la CAC, CAME y UDECA y está pendiente de homologación.

DESCARGAR

Puntos clave del acuerdo

Aumento del 5% remunerativo escalonado

Se acordó un incremento remunerativo 5% sobre las escalas básicas del CCT 130/75 vigentes a marzo 2026, tomando como base de cálculo el básico más las sumas no remunerativas, escalonado de la siguiente manera:

  • 2% a partir de abril 2026
  • 1,5% a partir de mayo 2026
  • 1,5% a partir de junio 2026

Base de cálculo: básicos convencionales de marzo 2026 + sumas no remunerativas vigentes a esa fecha, es decir $100.000.

Sumas no remunerativas y recomposición

Respecto a las sumas no remunerativas, se acordó lo siguiente:

a) Prorroga de sumas no remunerativas

Se prorroga la incorporación de las sumas fijas no remunerativas de $40.000 y $60.000 hasta junio 2026.

  • Se mantienen en iguales condiciones hasta ese mes.
  • Se extinguen mes a mes, excepto los últimos $100.000 ($40.000+$60.000) del mes de junio 2026, que se incorporan a los básicos en julio 2026 en su valor nominal.

Concepto en recibo:  “Incremento No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”.

b) Suma fija no remunerativa adicional

  • $20.000 por mes en abril, mayo y junio 2026 (única suma, no acumulativa).
  • Se extingue mes a mes, excepto los últimos $20.000 (junio 2026) que se incorporan a los básicos en julio 2026.

Concepto en recibo: “Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”.

Aclaraciones sobre estos conceptos no remunerativos:

En total, las sumas no remunerativas alcanzan los $120.000 y se pagarán de abril a junio, incorporándose a los básico de convenio recién en julio 2026.

  • Se toman en cuenta para calcular:
    • Presentismo (art. 40 CCT 130/75)
    • Antigüedad (art. 24 CCT 130/75)
    • SAC, indemnizaciones por despido incausado, horas extras y vacaciones.
  • No generan aportes ni contribuciones a la seguridad social, excepto:
    • Aportes y contribuciones a OSECAC
    • Aportes de los trabajadores previstos en arts. 100 y 101 del CCT 130/75
    • Aportes al INACAP 

Proporcionalidad

Para trabajadores con jornada reducida, tiempo parcial, tareas discontinuas o ausencias injustificadas, los montos se liquidan en forma proporcional a la jornada laboral.

Vigencia y cláusula de revisión

  • Vigencia: desde el 1 de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2031 (5 años).
  • Reunión de revisión: en junio 2026 (a pedido de cualquiera de las partes) para analizar escalas y sumas frente a variaciones económicas.

Compromiso: cualquier aumento futuro será no remunerativo y no acumulativo.

Excepción para Tierra del Fuego

  • Los incrementos no son vinculantes para acuerdos salariales en Río Grande, pero constituyen el mínimo convencional.
  • Se reitera el compromiso del acuerdo de 28/05/2019 de convocar a las partes locales para evaluar adicionales zonales.

No absorción y compensación

No podrán ser absorbidos ni compensados:

  • Incrementos sectoriales previos al acuerdo.
  • Bonificaciones o gratificaciones (fin de año, navidad, etc.).
  • Sí podrán ser absorbidos (hasta su concurrencia):
    • Importes otorgados unilateralmente por empleadores desde el 1 de diciembre de 2025.
  • Si el Estado dicta alguna norma que otorgue incrementos, bonos o sumas, se absorberán mediante negociación colectiva.

Recomendación para adicionales empresa

Se recomienda a las empresas que pagan suplementos fijos por encima del CCT 130/75 que negocien su adecuación tomando como referencia los incrementos del presente acuerdo.

Aporte a OSECAC

El acuerdo no renvó el aporte de OSECAC de $100 que vencía en marzo 2026 y que debían realizar todos los Empleados de Comercio bajo el CCT 130/75. Por lo tanto, el de marzo será el último pago de este aporte.

Contribución extraordinaria a OSECAC

La contribución adicional solidaria con destino a OSECAC que era de $8.500 pasa desde abril a $28.000 mensuales por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75.

  • Se abona mientras el trabajador mantenga el contrato vigente.
  • Debe declararse e ingresarse a OSECAC dentro de los 10 días posteriores al vencimiento de cada mes.
  • Vigencia: por todo el plazo del presente acuerdo colectivo.

Ultraactividad

Además, se ratifican la plena vigencia de todas las cláusulas del CCT 130/75 y aquellas incorporadas o modificadas por acuerdos posteriores, en sus términos, alcances y efectos, por el plazo del presente convenio, que es hasta el 31 de marzo 2031.

Homologación y pagos anticipados

Las partes solicitan la homologación ante la Secretaría de Trabajo de la Nación.

  • Si hubiera vencimientos de plazos antes de la homologación, los empleadores abonarán con la mención “Pago anticipado a cuenta…”.
  • Una vez homologado, esos anticipos se compensan con los rubros definitivos.

Escala salarial estimada

CategoríaBásicoIncremento No
Remunerativo
Acuerdo
Abril 2026
Recomposición No
Remunerativa
Acuerdo
Abril 2026
Maestranza A1.078.911100.00020.000
Maestranza B1.082.029100.00020.000
Maestranza C1.092.951100.00020.000
Administrativo A1.090.613100.00020.000
Administrativo B1.095.297100.00020.000
Administrativo C1.099.977100.00020.000
Administrativo D1.114.022100.00020.000
Administrativo E1.125.724100.00020.000
Administrativo F1.142.889100.00020.000
Cajeros A1.094.513100.00020.000
Cajeros B1.099.977100.00020.000
Cajeros C1.107.000100.00020.000
Personal Auxiliar A1.094.513100.00020.000
Personal Auxiliar B1.102.315100.00020.000
Personal Auxiliar C1.128.065100.00020.000
Auxiliar especializado A1.103.879100.00020.000
Auxiliar especializado B1.117.922100.00020.000
Vendedores A1.094.513100.00020.000
Vendedores B1.117.925100.00020.000
Vendedores C1.125.724100.00020.000
Vendedores D1.142.889100.00020.000

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Acuerdos Salariales, FAECYS, Paritarias

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Comentarios

  1. Diego dice

    10 abril, 2026 a las 10:14 am

    Buenos dias Ignacio, una consulta, la contribucion solidaria que paga el empleador de 28 mil por trabajador, ¿debe pagarse solo por lo empleados que tengan la obra social adherida 126205?
    Gracias

    Responder
  2. María dice

    9 abril, 2026 a las 11:49 am

    Hola, nosotros cobramos la suma no remunerativa de $60.000, el 30/12 el 10/01 el 10/02 y el 10/03 y ahora nos dicen que no corresponde, que vuelve con los recibos de abril, pagaderos en mayo, es correcto? cobramos menos sueldo este mes.

    Responder
  3. Vanesa dice

    6 abril, 2026 a las 4:00 pm

    Buenas tardes Ignacio. En el caso de la base del no remunerativo, entiendo que debería aplicarse también a feriados trabajados, ya que sigue vigente esa parte de acuerdos anteriores, no?
    Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      6 abril, 2026 a las 4:06 pm

      si, entiendo lo mismo

      Responder
  4. H dice

    1 abril, 2026 a las 4:29 pm

    Todos tienen que desafiliarse del sindicato. Es la unica manera de protestar contra los ladrones de los sindicatos.

    Responder
  5. Ricardo dice

    1 abril, 2026 a las 2:22 pm

    Hola Ignacio faltaría corregir en la Calculadora para que a partir de ABRIL ya no haga el descuento de los $ 100.-.

    Responder
    • Ignacio dice

      1 abril, 2026 a las 6:14 pm

      Proximam

      Responder
  6. TodoLlegara dice

    31 marzo, 2026 a las 10:09 am

    Amigos.. es que todavia no se dieron cuenta que los sindicatos toda la vida utilizo al trabajador como herramienta para ganar dinero? Jamas los acuerdos seran a favor del trabajador, siempre a favor de los sindicatos.
    Una persona en el gobierno lo vio hace años y por eso le pegan todo el tiempo. Pero claro, es mas facil tirar piedras e insultar al grito de viva P,,,,

    Responder
  7. Lorena dice

    31 marzo, 2026 a las 10:01 am

    El sueldo de abril se abona los primeros días de mayo

    Responder
  8. Maxi dice

    30 marzo, 2026 a las 4:00 pm

    Se cobra con el sueldo de Marzo? o con el de Abril.. en Mayo?

    Responder
    • Gonzalo dice

      31 marzo, 2026 a las 8:04 am

      Me parece que es sueldo de abril, es decir que se cobra en mayo.

      Responder
    • Alejandra dice

      31 marzo, 2026 a las 9:30 am

      Sueldo de abril, mayo y junio

      Responder
  9. M dice

    30 marzo, 2026 a las 2:17 pm

    Y CUANDO RECUPERAMOS LO PERDIDO EN ESTOS ÚLTIMOS MESES Y AÑOS?………..QUE POR LO MENOS DEBE SER ENTRE UN 15 Y UN 20%, COMO MÍNIMO……

    Responder
  10. Mariano dice

    30 marzo, 2026 a las 11:41 am

    El salario se reduce cada vez mas, y la inflación de los meses anteriores? debería haber sido un 10% el aumento y me quedo corto.
    Cavalieri debe recibir una buena tarasca por estos acuerdos miserables.

    Responder
    • andrea dice

      30 marzo, 2026 a las 7:01 pm

      totalmente de acuerdo, una burla los aumentos que dan

      Responder
  11. hernan dice

    30 marzo, 2026 a las 11:34 am

    Perdon pero no me sigue quedando claro, el incremento se cobra ahora los primeros dias de abril o los primeros dias de mayo?

    Responder
    • Alejandra dice

      31 marzo, 2026 a las 9:30 am

      Sueldo de abril, mayo y junio

      Responder
    • Vanesa dice

      5 abril, 2026 a las 9:05 pm

      El acuerdo se cobra en los primeros días de Mayo

      Responder
  12. Flor dice

    30 marzo, 2026 a las 9:21 am

    La contribución solidaria de $ 8.500 a $ 28.000? Tremendo. Ahí no aplicaron el 5% de aumento como para los empleados.. sin palabras…

    Responder
    • Marina Charras dice

      30 marzo, 2026 a las 1:39 pm

      Un asco el aumento… Los empleados son pobres con trabajo.. aumento la nazta ..

      Responder
    • jota dice

      30 marzo, 2026 a las 1:58 pm

      ya sale mas caro que una prepaga……

      Responder
  13. Luciano dice

    30 marzo, 2026 a las 8:31 am

    Buenas. No es claro cuando se va cobrar el incremento. Si se cobra en el sueldo que cobramos los primeros dias de Abril o con el sueldo de los primeros dias de Mayo. Serian tan amables de aclararlo. Gracias.

    Responder
    • Juan dice

      30 marzo, 2026 a las 9:30 am

      Hola, en el punto quinto menciona que es a partir de enero 2026.

      Responder
    • Juan dice

      30 marzo, 2026 a las 9:32 am

      El acuerdo menciona en el punto quinto que es a partir de abril 2026.

      Responder
    • Alejandra dice

      31 marzo, 2026 a las 9:31 am

      Si es claro.
      Sueldo de abril, mayo y junio

      Responder
  14. Gabriela dice

    30 marzo, 2026 a las 7:15 am

    Realmente, el sindicato mas vergonzoso de la Republica Argentina, venden humo, no hay aumento y además en redes venden un bono de 120.000, irreal, un aumento irreal, realmente señor Cavalieri, deje de hacernos creer que representa a los trabajadores, solo busca su conveniencia de negocio.

    Responder
    • Gabriela Piva dice

      30 marzo, 2026 a las 12:19 pm

      Buenas, los 60.000 se siguen pagando del 1 al 10?, es decir por ej. los 60.000 de abril se pagan del 1 al 10/04?

      Responder
      • Antonela dice

        31 marzo, 2026 a las 3:45 pm

        Hola! estoy con la misma duda, no encontré claridad en la respuesta que me dieron desde el sindicato, en cuanto al fecha de pago de los $60.000. Tenes alguna novedad???
        A las personas que ya tuve que entregar recibos decidí darles el pago por adelantado, avisando de los cambios, pero no se si es lo correcto!
        Te agradezco mucho!

        Responder
      • Silvia dice

        5 abril, 2026 a las 3:31 pm

        Tengo la misma duda, pero yo entiendo que no, que ahora se paga a mes vencido junto con el remunerativo. Es decir, creo que:
        – marzo ya se pagó del 01 al 10/03 y
        -abril se va a pagar en mayo, junto con el remunerativo y el resto de los NR, en el mismo recibo.
        No sé si estoy interpretando bien ¿alguien lo tiene claro?

        Responder
  15. Lucas dice

    29 marzo, 2026 a las 12:29 pm

    FAECYS vende un “bono” de $120.000 que no existe. El bono real es de $20.000. Los otros $100.000 ya eran sumas no remunerativas acordadas antes y jamás pasaron al básico. No aumentan aportes ni salario real. Y Cavalieri, otra vez, firma para la foto mientras el trabajador pierde.

    Responder
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