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Empleados de Comercio: claves del acuerdo Junio 2024

28 junio, 2024 Por Ignacio 66 comentarios

Índice de Contenidos

  • Aumento no remunerativo del 13,5% TRIMESTRAL
  • Inforporación al básico
  • Adicionales de Convenio
  • Aportes y contribuciones a la obra social
  • Proporcional a la jornada
  • Liquidación en el Recibo de Sueldos
  • Incorporación sumas no remunerativas al básico
  • INACAP
  • Contribución a OSECAC
  • Cláusula de absorción
  • Revisión
  • Calculadora
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

La FAECyS acordó un 13.5% no remunerativo trimestral que se aplica de manera escalonada de junio a agosto.

Finalmente, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), suscribieron el acuerdo de revisión salarial en el marco de la paritaria 2024/2025 para la actividad mercantil.

El acuerdo, establece un 13,5% de aumento salarial no remunerativo que se aplicará de manera escalonada de junio a agosto.

Los detalles del acuerdo Junio 2024

El acuerdo salarial se aplica solamente a la rama general de Empleados de Comercio CCT 130/75, no aplica a rama acopio, centros de contacto ni turismo.

DESCARGAR ACTA ACUERDO JUNIO 2024

Aumento no remunerativo del 13,5% TRIMESTRAL

El aumento salarial es del 13,5% NO REMUNERATIVO que se pagará en TRES tramos:

  • 5% junio 2024
  • 4,5% julio 2024
  • 4% agosto

ATENCIÓN!

La base de cálculo son los básicos de convenio vigentes más las sumas no remunerativas de los acuerdo enero y febrero 2024. Es lo que dice el acta, pero me informan que se cambiaría e incluiría mayo, de ser así, cambia la base de cálculo. A esperar escalas oficiales!

VER ACLARACIÓN

Inforporación al básico

Acta complementaria

Adicionales de Convenio

Al igual que en el acuerdo anterior, las sumas no remunerativas pactadas serán tomados en cuenta para el cálculo de los adicionales:

  • Antigüedad
  • Asistencia y Puntualidad

Aportes y contribuciones a la obra social

Mientras mantengan su carácter no remunerativo, esta sumas únicamente generarán:

  • Aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles,
  • Aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75)

Proporcional a la jornada

Para el caso de los trabajadores que laboren a tiempo parcial o que hayan incurrido en ausencia por causas injustificadas, el monto a abonar por los incrementos pactados será proporcional a la jornada laboral cumplida.

Liquidación en el Recibo de Sueldos

El acuerdo se encuentra pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo, por lo tanto, se establece que hasta que esto sucede, las sumas acordadas se liquidarán con la mención “Pago anticipado a cuenta del acuerdo junio 2024.”

Luego, se deberán discriminar tanto la suma no remunerativa principal como los adicionales, de forma completa o abreviada, de la siguiente manera:

  • Incremento no remunerativo – Acuerdo Junio 2024
  • Acuerdo Junio 2024 No remunerativo Presentismo
  • Acuerdo Junio 2024 No remunerativo Antigüedad

Incorporación sumas no remunerativas al básico

Las partes acordaron incorporar a los básico de convenio a partir del mes de septiembre y en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas, es decir en septiembre, octubre y noviembre, los incrementos no remunerativos enero y febrero.

Por ejemplo, para un Maestranza A:

Partiendo del básico actual, tenemos que calcular la tercera parte de la sumatoria de los no remunerativos enero y febrero:

(88.222 + 77.635) / 3 = 55.285,67

A este tercio, lo sumamos al básico actual en los meses de septiembre, octubre y noviembre:

  • Básico Septiembre: 441.108,00 + 55.285,67 = 496.393,67
  • Básico Octubre : 496.399,67 + 55.285,67 = 551.679,34
  • Básico Noviembre : 551.679,34 + 55.285,67 = 606.965,01

INACAP

Las sumas no remunerativas, serán base de cálculo para la contribución patronal al INACAP.

Contribución a OSECAC

La contribución con destino a OSECAC por parte de los empleadores por cada empleado encuadrado en el CCT 130/75, pasará de $3.000 a $4.000.

Cláusula de absorción

Sólo podrán ser absorbidos hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores unilateralmente a partir del 1° de abril 2024.

Revisión

En septiembre 2024, las partes firmantes del acuerdo establecieron que se volverán a reunir para revisar el acuerdo pactado.

Por último, se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

Calculadora

Ya está actualiza la calculadora con este acuerdo salarial septiembre 2024.

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Publicado en: AFIP

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Comentarios

  1. -
  2. pamela dice

    12 julio, 2024 a las 9:40 am

    buen dia, para cuando se va a homologar el acuerdo este??

    Responder
  3. Laura dice

    12 julio, 2024 a las 9:35 am

    Hola que se sabe de la homologación?

    Responder
  4. ALVARIÑAS dice

    5 julio, 2024 a las 10:02 am

    HOLA, Entonces el ajuste es asi: se calcula el 5% solamente sobre los basicos de convenio? y nada mas? Gracias!!

    Responder
  5. VALERIA BOASSO dice

    3 julio, 2024 a las 12:08 pm

    EL SAC SE CALCULA SOBRE LO NO REMUNERATIVO TAMBIEN… COMO HACEMOS CON JUNIO QUE NO ESTA HOMOLOGADO

    Responder
  6. Julio yapura dice

    3 julio, 2024 a las 9:57 am

    Hojala algun sirvan para algo dan pena

    Responder
  7. Luchi dice

    1 julio, 2024 a las 11:12 pm

    Cuando van a sacar a este tipo, el se llena los bolsillos a costilla de los empleados .

    Responder
  8. GRACIELA dice

    1 julio, 2024 a las 12:48 pm

    En serio! vayan terminando con los NO REMUNERAT, uds sindicalistas reciben aportes de estos NO REM pero a nosotros los trabajadores y APORTANTES nos vá a faltar cuando nos jubilemos, vamos a cobrar la mínima como el que se jubiló y nunca aportó ni para jubilarse ni para uds sindicalistas…. no nos tomen por tontos

    Responder
  9. . dice

    30 junio, 2024 a las 8:31 am

    Que raro call Center siendo una vez más cagado
    No solo el sindicalista arregla migajas sino que además deja afuera a mucha gente
    ASCO DAN

    Responder
  10. Juan dice

    28 junio, 2024 a las 11:24 pm

    Hola, no tengo más renglones en los recibos de sueldos, porqué no la cortan con los no remunerativos de una buena vez. Salu2.

    Responder
    • Mario Héctor dice

      29 junio, 2024 a las 12:13 pm

      Comparto opinión Juan, además, hay que hacer un master para liquidar, más torcidos no pueden ser. Sl.ds

      Responder
    • Roxana dice

      4 julio, 2024 a las 12:53 pm

      Adhiero!!! No aclares que oscurece dice el refrán!!!

      Responder
  11. Javier Zambrano dice

    28 junio, 2024 a las 11:05 pm

    HOLA TAMBIEN SOY EMPLEADO DE COMERCIO. YO EN MANO.ME PAGAN $250.000 MENSUALES SIN BONOS NI AUMENTOS. SOY JAVIER ZAMBRANO .dni24843404. HACE 25AÑOS QUE TRABAJO.

    Responder
  12. Marcelo dice

    28 junio, 2024 a las 5:58 pm

    ME VOY A SUICIDAR

    Responder
    • ArmandoCavalleri dice

      29 junio, 2024 a las 12:03 pm

      Apúrate así tú lugar lo ocupa otro muchas gracias…

      Responder
      • Da id dice

        30 junio, 2024 a las 11:09 am

        Armando cuando vamos a tener un salario digno?, somos el sindicato más grande del país y hasta los de seguridad que siempre estuvieron más bajos que nosotros hoy van a tener un salario que pasa el millón de pesos?

        Responder
      • Da id dice

        30 junio, 2024 a las 11:23 am

        Armando cuando vamos a tener un salario digno?, somos el sindicato más grande del país y hasta los de seguridad que siempre estuvieron más bajos que nosotros hoy van a tener un salario que pasa el millón de pesos

        Responder
      • Patagónica dice

        30 junio, 2024 a las 9:45 pm

        Cobarde

        Responder
  13. Elmigue dice

    28 junio, 2024 a las 4:39 pm

    Jubilate garcalieri. Ya robaste demasiado!!!

    Responder
  14. Diego dice

    28 junio, 2024 a las 4:33 pm

    El SAC también se divide en Remunerativo y No Remunerativo. ???

    Responder
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Trackbacks

  1. Empleados de Comercio: Escalas Junio a Agosto 2024 dice:
    1 julio, 2024 a las 1:28 am

    […] Claves del Acuerdo Junio 2024 […]

    Responder
  2. Empleados de Comercio: liquidación junio 2024 con aumento del 5% dice:
    29 junio, 2024 a las 4:18 pm

    […] Realizadas estas aclaraciones, vamos con el ejemplo de liquidación de junio 2024. Para más detalles, pueden ver el artículo artículo sobre las claves del acuerdo. […]

    Responder

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