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Empleados de Comercio: liquidación junio 2024 con aumento del 5%

29 junio, 2024 Por Ignacio 26 comentarios

Índice de Contenidos

  • Resumen del acuerdo
    • Aumento del 13,5% no remunerativo
    • Base de cálculo
  • Adenda aclarativa.
  • Básico $ 445.901
  • Antigüedad: $ 44.590,15
  • Asistencia y Puntualidad: $ 40,874.30
  • Suma no remunerativa enero 2024
  • Suma no remunerativa febrero 2024
  • Suma no remunerativa abril 2024
  • Suma no remunerativa junio 2024
  • Descuentos sobre sumas no remunerativas
  • Otros temas relacionados
    • Newsletter
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Nuevo Acuerdo de Revisión Salarial Empleados de Comercio: Liquidación de sueldos Empleados de Comercio junio 2024.

El 27 de junio se firmó el acta de revisión salarial en el marca de la paritaria 2024-2024 de Empleados de Comercio Rama General CCT 130/75.

Resumen del acuerdo

Aumento del 13,5% no remunerativo

Las partes pactaron un incremento salarial de 13,5% no remunerativo que se abonará en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos:

  • 5% desde junio,
  • 4,5% desde julio y
  • 4% desde agosto.

Base de cálculo

En este punto, se generó una controversia por la mala comunicación de la base de cálculo por parte de los firmantes del acuerdo. Tanto en el comunicado de las cámaras, como en el acta acuerdo, la base de calculo informada es del 13.5% es:

“Todos los incrementos porcentuales se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de marzo de 2024 con más las sumas de carácter no remunerativos a dicha fecha.“

En cambio, la FAECyS no informó la base de cálculo del incremento no remunerativo, sino que informó el básico conformado la mes de agosto, el cual sería de $858.200, y para llegar a el es necesario tomar las sumas no remunerativas vigentes a mayo 2024.

Entonces, ¿Cuál es la base de cálculo? ¿marzo o mayo?

Para aclarar, esperemos de manera definitiva, la Cámara Argentina de Comercio (CAC) emitió un parte de prensa donde se comunicó la siguiente aclaración:

Adenda aclarativa.

Con relación al acta paritaria salarial suscripta con fecha 27 días del mes de junio de 2024, las partes de común acuerdo pactan la siguiente adenda aclarativa del punto SEGUNDO:

“Que con relación a los incrementos porcentuales no remunerativos acordados, los mismos se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de marzo de 2024 con más los incrementos de carácter no remunerativo a dicha fecha, dejando aclarado que se computarán asimismo los incrementos no remunerativos otorgadas durante los meses de abril y mayo de 2024, los cuales se adjuntan y forman parte integrante del presente”.

(Era más sencillo el básico y los incrementos no remunerativos vigentes a mayo.)

Esta adenda, firmada por las partes, todavía no se ha publicado, pero se publicaría la semana próxima.

Realizadas estas aclaraciones, vamos con el ejemplo de liquidación de junio 2024. Para más detalles, pueden ver el artículo artículo sobre las claves del acuerdo.

Ejemplo

Ahora, veamos un ejemplo de como se aplica el acuerdo, para lo cual utilizaremos los siguientes datos:

– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriados: 3 no trabajados

Cálculos de la liquidación

Básico $ 445.901

El básico no tiene modificaciones, es el mismo que se pagó en enero pasado, pueden ver los básicos de convenio de comercio para cada categoría.

Antigüedad: $ 44.590,15

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.

Entonces: 

445.901 x 10 x 1% = 44.590,10

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $ 40,874.30

El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(445.901,45+ 44.590,15) / 12 = 40,874,26

Feriados

Este mes tenemos tres feriados, 17 Paso a la Inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes, 20 Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano y el 21 Feriado con fines turísticos.

    Veamos como calcularlos.

    Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, se trabaje o no. Además, el artículo 169 de la LCT establece que “Para liquidar las remuneraciones se tomará como base de su cálculo lo dispuesto en el artículo 155.”

    El artículo 155 LCT se refiere a la forma de retribución de las vacaciones:

    “a) Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento.“

    Por lo tanto, los feriados no trabajados se pagan en base 25, entonces:

    Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:

    (445.901+ 44.590,10 + 40,874,26) / 30 = 17.712,18

    Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no, pero se bajan en base 25 en vez de base 30:

    Veamos como hacer el cálculo:

    (445.901+ 44.590,10 + 40.874,26) / 25 = 21.254,61

    Donde $ 21.254,61 es el valor del día del Feriado no trabajado. En este caso, como son dos días lo multiplicamos por 3 y nos da $ 63.763,83.

    La diferencia entre estos dos valores 21.254,61 – 17.712,18 = 3.542,43 es el plus por feriado.

    A TENER EN CUENTA: también puede ver que se liquide el plus, si restar el día en base 30. Y, otro criterio, es pagar el feriado en base 30, sin el plus.

    Suma no remunerativa enero 2024

    La de enero, es el 20% sobre el básico, entonces, el cálculo sería:

    445.901 x 20% = 89.180

    Además, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

    Antigüedad sobre no remunerativo:

    89.180 x 10 x 1% = 8.918

    Presentismo sobre no remunerativo:

    (89.180+ 8.918) / 12 = 8.174,83

    Estos adicionales no remunerativos, y se deberán liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Enero 2024
    • Acuerdo Enero 2024 No Remunerativo Antigüedad
    • Acuerdo Enero 2024 No Remunerativo Presentismo

    Suma no remunerativa febrero 2024

    Además, en febrero, por el nuevo acuerdo de este mes, tenemos otra suma no remunerativa, que es el 17.60% sobre el básico de convenio de enero 2024, es decir la misma base de calculo que la suma no remunerativa acordad en enero, entonces:

    445.901 x 17,60% = 78.479

    Además, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

    Antigüedad sobre no remunerativo:

    78.478 x 10% = 7.847,90

    Presentismo sobre no remunerativo:

    (78.478 + 7.847,90) / 12 = 7.193,91

    Estos adicionales no remunerativos, y se deberán liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Febrero 2024
    • Acuerdo Febrero 2024 No Remunerativo Antigüedad
    • Acuerdo Febrero 2024 No Remunerativo Presentismo

    Suma no remunerativa abril 2024

    En abril, se había acordado un incremento no remunerativo del 15%, en dos tramos, el primer tramo del 8% se aplica desde abril, y la segunda del 7% que se aplica desde mayo.

    Pero a diferencia de las dos anteriores, esta suma no remunerativa se calcula sobre otra base, el básico de convenio más las sumas no remunerativas enero y febrero, entonces el cálculo sería:

    ( 445.901 + 89.180 +78.479 ) x 15% = 92.034

    Al igual que las anteriores, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

    Antigüedad sobre no remunerativo:

    92.034 x 10% = 9.204,40

    Presentismo sobre no remunerativo:

    (92.034 + 9.203,40) / 12 = 8.436,45

    Estos adicionales no remunerativos, deberán ser liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Abril 2024
    • Acuerdo Abril 2024 No Remunerativo Antigüedad
    • Acuerdo Abril 2024 No Remunerativo Presentismo

    Suma no remunerativa junio 2024

    Ahora, en junio, se aplica el primer tramo de aumento no remunerativo, según el nuevo acuerdo firmado que vimos al comienzo del artículo. Se trata de un 5% tomando como base de cálculo el básico más todas las sumas no remunerativas vigentes.

    ( 445.901 + 89.180 +78.479 + 92.034 ) x 5% = $ 35.280

    Esta suma, se liquidará como “Incremento No Remunerativo – Acuerdo junio de 2024”, en forma completa o abreviada.

    Al igual que las anteriores, esta suma se tiene en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, por lo tanto, debemos calcularlos:

    Antigüedad sobre no remunerativo:

    35.280 x 5% = 3.528

    Presentismo sobre no remunerativo:

    (35.280 + 3.528) / 12 = 3.234

    Estos adicionales no remunerativos, deberán ser liquidar en el recibo bajo las denominaciones:

    • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Junio 2024
    • Acuerdo Junio 2024 No Remunerativo Antigüedad
    • Acuerdo Junio 2024 No Remunerativo Presentismo

    Descuentos sobre sumas no remunerativas

    Las sumas No remunerativas, no serán contributivas a ningún efecto ni generarán aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con excepción de:

    • Aportes y Contribuciones a OSECAC
    • Aporte del trabajador establecido en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75.

    Recibo

    El recibo de sueldos, quedaría así:

    Modelo Recibo de Sueldos: Nuevo Acuerdo de Revisión Salarial Empleados de Comercio: Liquidación de sueldos Empleados de Comercio junio 2024.

    Calculadora

    Por último, ya está actualizada la Calculadora hasta agosto 2024.

    Otros temas relacionados

    • Empleados de Comercio: Claves del acuerdo salarial abril 2024

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    Publicado en: Empleados de Comercio

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    Comentarios

    1. -
    2. Victor dice

      22 julio, 2024 a las 4:49 pm

      Ya está terminando el mes de Julio y aún no se ha homologado el acuerdo, por lo tanto muchas Empresas no han pagado hasta la fecha el aumento acordado.

      Responder
    3. Nicolas dice

      19 julio, 2024 a las 9:54 am

      Se sabe porque todavía no se homólogo el acuerdo, porque estamos a mitad de julio y en mi caso no me pagaron el aumento

      Responder
    4. Alejandro Darío Ibañez dice

      18 julio, 2024 a las 8:24 am

      la mayoria de las empresas ,NO PAGARON EL ACUERDO JUNIO 2024 ,POR QUE, ESPERAN LA HOMOLOGACION DE ACUERDO !!!

      Responder
    5. Elisa dice

      16 julio, 2024 a las 2:11 pm

      Buenas tardes! Cobre en julio lo mismo que en junio exactamente, separando el aguinaldo por supuesto. No me pagaron el aumento, que debo hacer? ?

      Responder
    6. nestor dice

      13 julio, 2024 a las 12:46 pm

      Buenas Tardes, Consulta usted sabe cuando impactaría al basico ? todos lo aumentos
      ‘ gracias

      Responder
    7. Rosa dice

      11 julio, 2024 a las 10:38 pm

      Buenas noches, estos NR son tenidos en cuenta para liquidar vacaciones?

      Responder
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